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Sala de Togas, revista del Ilustre Colegio de la Abogacía de Almería

ARTÍCULOS DE OPINIÓN

Justicia lenta que beneficia delitos como los del caso Poniente

Sala de Togas n.º 92, , página 10–12

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JUSTICIA LENTA QUE BENEFICIA DELITOS COMO LOS DEL CASO PONIENTE No es una paradoja, es una evidencia, una justicia lenta beneficia al delincuente. Los juzgados de la provincia de Almería han acelerado el ritmo de tramitación de asuntos durante el primer semestre del año, aunque el atasco judicial continúa siendo una realidad estructural difícil de revertir. Así lo confirma el informe mas reciente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), elaborado hace apenas unos meses, que cifra en 78.626 los expedientes actualmente en curso. Si bien la cifra resulta elevada, no alcanza el volumen con el que comenzó el año judicial: más de 83 mil asuntos pendientes entre los distintos partidos judiciales y la Audiencia Provincial. El documento del CGPJ muestra además que el número de expedientes abiertos supera en más de seis mil casos el registrado al cierre del segundo trimestre del año 2024, lo que evidencia una presión sostenida sobre el sistema judicial almeriense. En la provincia operan 64 órganos judiciales, siendo la jurisdicción civil la que soporta el mayor peso de la actividad, con casi 51 mil casos en tramitación. Dentro de este ámbito, los juzgados de Primera Instancia e Instrucción concentran la mayor parte de los expedientes, con 25.206. Si embargo, los niveles mas altos de saturación se localizan, un año más, en los juzgados de lo Social, responsables de resolver conflictos laborales como los despidos y otras reclamaciones relacionadas con el ámbito del trabajo.

A finales de junio, cada juzgado de la provincia gestionaba una media de 1.375 asuntos pendientes, y en el segundo trimestre del año se resolvieron alrededor de dos mil casos. Aún así, la carga de trabajo en los juzgados de lo Sociales es algo menor que la registrada un año atrás, lo que sugiere cierta mejora en la capacidad de respuesta del sistema. El contexto andaluz ayuda a comprender parte de esta situación. En su memoria correspondiente a 2024, el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), Lorenzo del Río, reconocía que “la justicia ha continuado este año lenta y poco eficiente”, reflejando la persistencia de deficiencias estructurales en la administración judicial. En el caso de Almería, los datos del ejercicio anterior mostraban 94.728 asuntos registrados, incluyendo los de la Audiencia Provincial, los juzgados de lo Social y Mercantil, así como los de Primera Instancia e Instrucción de Berja, El Ejido, Huércal.Overa, Purchena, Roquetas de Mar, Vélez Rubio y Vera. Pese a todo, el informe más reciente confirma que los jueces almerienses han redoblado esfuerzos para reducir el volumen de asuntos pendientes, siguiendo la tendencia observada a nivel autonómico. En el conjunto de Andalucía, Ceuta y Melilla, la capacidad de reso10 corrupción, como el Caso Gürtel, el de los ERE, Púnica ó Ballena Blanca, resulta inevitable. Que una causa de corrupción municipal haya tardado más en resolverse que cualquiera de estos otros casos que, aunque también se han alargado en el tiempo, nunca han llegado al tiempo acumulado por el Caso Poniente, y plantea un interrogante inquietante sobre la desigual distribución de recursos judiciales y la ineficiencia estructural del sistema.

Las razones que explican esta lentitud pueden encontrarse en una combinación de factores: la escasez de medios humanos y materiales, la sobrecarga de los juzgados provinciales y las sucesivas impugnaciones que ralentizan cada fase del procedimiento. Esta desigualdad se refleja en la disparidad de medios entre los tribunales centrales –como la Audiencia Nacional o el Tribunal supremo, y los juzgados provinciales, donde la falta de personal y de recursos tecnológicos retrasa el avance de las causas.

El artículo 9.3 de la Constitución Española consagra los principios de legalidad, seguridad jurídica y responsabilidad, pilares que deberían garantizar la previsibilidad y la coherencia en al actuación de los poderes públicos. Sin embargo, la prolongación del Caso Poniente demuestra que estos valores no siempre encuentran aplicación práctica en el ámbito judicial. No obstante, incluso admitiendo estas circunstancias, dieciséis años de tramitación –y los que aún quedandifícilmente pueden considerarse compatibles con los principios de eficacia y tutela judicial efectiva que deberían regir el funcionamiento de la justicia. Dieciséis años –y los que aún podrían faltar. Son demasiados para un proceso cuya gravedad y transcendencia social exigían una resolución ágil. El retraso no solo erosiona la confianza de la ciudadanía en la Justicia, sino que pone en cuestión el cumplimiento del principio de tutela judicial efectiva, uno de los fundamentos del Estado de Derecho español. Mientras en determinados órganos judiciales de grandes ciudades la tramitación de casos complejos se ha resuelto con relativa celeridad, en los tribunales periféricos la falta de medios ha impuesto un ritmo desesperadamente lento. Esta asimetría territorial en la administración de justicia no solo evidencia un problema de recursos, sino también una desigualdad que afecta directamente a la percepción ciudadana de la justicia como institución.

Se han cumplido 16 años de aquella operación policial que sacó a la luz un entramado de corrupción de dimensiones inéditas en la provincia y, sin embargo, la sentencia definitiva sigue pendiente. Entre las causas técnicas, los formalismos procesales y las carencias estructurales, El Caso Poniente se ha convertido en el reflejo de una justicia que, aunque legítima en su fondo, se percibe cada vez más distante de los plazos y exigencias que la sociedad contemporánea demanda. lución judicial ha aumentado un 7,7 por ciento, con un total de 385.750 casos resueltos en el último periodo analizado.

El propio TSJA subraya que Andalucía mantiene una tasa de litigiosidad ligeramente superior a la media nacional, lo que continúa condicionando la agilidad del sistema. En este contexto, Almería representa un ejemplo paradigmático de una justicia que avanza con determinación, aunque aún lastrada por una sobrecarga estructural que impide alcanzar la eficiencia deseado. Y como muestra, un botón, podemos mirar uno de los macrojuicios más mediáticos que han tenido lugar en la provincia de Almería, el conocido como “Caso Poniente”. Han transcurrido 16 años desde el 20 de octubre del años 2009. En esa mañana, decenas de agentes de la Policía Nacional y de la Agencia Tributaria irrumpieron en el Ayuntamiento de El Ejido para desmantelar la que se consideró la mayor red de corrupción en la historia reciente de la provincia de Almería. Han pasado casi seis mil días y este caso sigue abierto. Las previsiones judiciales consideran que deberán pasar algunos años más antes de que se dicte una resolución definitiva. La sentencia de la Audiencia Provincial de Almería, que estableció la responsabilidad penal de 32 acusados por la malversación de 58 millones de euros, ha dejado al descubierto, no solo la magnitud del desvío de fondos públicos, sino también las profundas ineficiencias del sistema judicial. Ninguno de los condenados ha reintegrado cantidad alguna, lo que contrasta con los principios de responsabilidad patrimonial y de restitución del daño causado recogidos en el Código Penal español. Los implicados continúan beneficiándose de los efectos prácticos de las dilaciones indebidas, figura que el artículo 24 de la Constitución Española reconoce como una vulneración del derecho a un proceso sin demoras injustificada. En una situación de espera cómoda, amparados en las dilaciones del procedimiento y en la posibilidad –siempre latente- de que el paso del tiempo juegue a su favor y les permita eludir el cumplimiento efectivo de las penas. Resulta difícil encontrar una justificación plenamente satisfactoria para una demora procesal de tal envergadura desde la óptica del principio de eficacia de la Administración de Justicia. Los sucesivos recursos, la complejidad de la instrucción, el cumplimiento de los plazos y la escasez de medios materiales y humanos han prolongado el procedimiento más allá de lo que el sentido común y las propias garantías procesales podrían admitir, especialmente en el ámbito provincial. Lo paradógico, sin embargo, es que los principales responsables de aquel saqueo de las arcas públicas –el alcalde y el interventor municipal- eran precisamente quienes tenían el deber institucional de garantizar la correcta administración de los fondos públicos. La comparación con otros procesos judiciales de mayor complejidad y que también han enjuiciado casos de 11

Miguel Martín Alonso Periodista. Tribunales

LA VERDAD SE FILTRA:

DE “LOS DIENTES” DE ALMERÍA AL SILENCIO ANTE EL SUPREMO En el ecosistema judicial, la filtración es a menudo denostada, perseguida y tildada despectivamente de "pena de telediario". Los juristas suelen ver en ella una quiebra de las garantías procesales, una grieta por la que se escapa la presunción de inocencia. Sin embargo, para el periodismo —y por ende, para la salud democrática—, la filtración no es una fuga en la tubería del sistema, sino una ventana necesaria. En estas últimas semanas, Almería y Madrid nos han regalado dos caras de una misma moneda que demuestran por qué el flujo de información, incluso el que discurre por los márgenes del secreto sumarial, es vital para la ciudadanía. momentos tan dramáticos como una pandemia, el tiempo de la justicia y el tiempo de la información no están sincronizados. La justicia requiere pausa y garantías; la ciudadanía requiere saber quién gestiona su dinero y su confianza. La filtración del atestado de la UCO no dicta sentencia —eso es tarea de sus señorías—, pero sí ofrece los elementos de juicio necesarios para que el votante y el contribuyente no vivan en la inopia hasta que haya una sentencia firme dentro de una década.

Pero esta defensa de la información veraz tiene un coste y requiere una armadura, y ahí es donde entra lo ocurrido recientemente en el Tribunal Supremo con el ya ex fiscal general del Estado. Más allá de la condena a Álvaro García Ortiz —cuya valoración jurídica dejo a los expertos en Penal que leen esta revista—, lo que subyace en ese procedimiento es una lección magistral de ética periodística. Durante la instrucción, dos periodistas fueron llamados a declarar. Se les presionó para que revelaran quién les había facilitado la información que desmentía un bulo y exponía la verdad sobre un fraude fiscal confeso.

Miremos primero a nuestra casa, al epicentro del terremoto político en la Diputación de Almería. El estallido de la segunda fase del 'Caso Mascarillas' y la detención de su expresidente, Javier A. García, no se entenderían en su total magnitud sin el acceso de la prensa al auto de entrada y registro y a los atestados de la UCO. Gracias a esas "filtraciones", la sociedad almeriense no solo ha sabido que hubo detenciones; ha sabido el porqué y el cómo. Sin ese acceso al material "reservado", la opinión pública estaría ciega, dependiente únicamente de notas de prensa institucionales, asépticas y medidas al milímetro, o de los silencios estratégicos de las defensas.

La situación era crítica: el poder judicial exigiendo nombres. Y allí, ante el Alto Tribunal, los compañeros hicieron lo único que un periodista decente debe hacer: callar. Se acogieron a su derecho constitucional a no revelar sus fuentes. Ese silencio ante el estrado es el pilar que sostiene todo el edificio. Porque sin la certeza absoluta de que el periodista protegerá su identidad hasta las últimas consecuencias, la fuente —sea un funcionario indignado, un investigador de la UCO o un fiscal— nunca daría el paso de "filtrar". Si los periodistas hubieran hablado en el Supremo, hoy quizás no sabríamos nada de los "dentistas" de la Diputación. El miedo al señalamiento habría sellado todas las bocas.

Ha sido la letra pequeña de esos informes de la Guardia Civil la que nos ha descubierto la presunta existencia de una trama corrupta mucho más sofisticada de lo que imaginábamos. Hemos leído sobre un lenguaje encriptado, de "dentistas", "muelas picadas" y "cambios de piñata" que escondían el reparto de comisiones, y de un emoticono enviado por el presidente tres minutos después de una firma millonaria. La filtración, en este caso, ha funcionado como el notario de la realidad, permitiendo fiscalizar el poder cuando el poder, presuntamente, utilizaba los mecanismos de la administración para su propio beneficio. ¿Es incómodo para la instrucción? Quizás. ¿Es necesario para la higiene democrática? Indudablemente.

Para los lectores de Sala de Togas, este dilema no les es ajeno. Ustedes custodian el secreto profesional como la base de la confianza con su cliente; nosotros custodiamos el secreto de la fuente como la base de nuestro contrato con la verdad. Los abogados defienden a una parte; los periodistas defendemos el derecho de todos a saber. A veces, esos caminos chocan

A menudo se nos acusa a los periodistas de fomentar juicios paralelos. Pero olvidamos que, en casos de corrupción vinculada a la gestión de fondos públicos en 12

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«Justicia lenta que beneficia delitos como los del caso Poniente», Sala de Togas, n.º 92, diciembre 2025, pp. 10-12.

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