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Sala de Togas, revista del Ilustre Colegio de la Abogacía de Almería

FONDO JURÍDICO Y COLABORACIONES

La abogacía: La profesión cambiante para que nada cambie (o de la construcción del argumento jurídico)

Sala de Togas n.º 89, , página 67–69

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LA ABOGACÍA: LA PROFESIÓN CAMBIANTE PARA QUE NADA CAMBIE (o de la construcción del argumento jurídico) “Que todo cambie para que todo siga igual”.

El Gatopardo.

Tomasi di Lampedusa.

Empezamos con un oxímoron. En el título y en la cita. Esta, de un autor, como tantos otros, que no vio el triunfo de su novela, porque no gustó ni a la derecha ni a la izquierda de su época -ni tan siquiera a las editoriales, que la rechazaron repetidamente-. El oxímoron como figura lógica que, por medio de sus opuestos genera otra idea. Una idea a veces tan inopinada como lo es el triunfo de la obra literaria, del éxito después de la muerte, tras un sentimiento de frustración para el autor, vivo, y que no 67 es más que un acto de ego de la sociedad que nada le reconoció y que luego todo le otorga (o, más bien, se otorga, se arroga en un acto fútil para el que no está).

Pero ¿qué tiene que ver esto con el pensamiento jurídico? Quizás para descubrirlo hemos de retroceder a lo más básico de los hechos sobre los que gira toda construcción jurídi- ca. Partamos de que la norma sólo tiene sentido en tanto en cuanto tiene dimensión fáctica. Tal es su vocación, por más descabellada que pretenda ser la materia que regula, pues sin esta no es norma sino, para el mejor de los casos, literatura. Por tanto, tenemos la norma y tenemos el factum, que es el que llama a la norma. Y aquí es donde se crea, no ya el oxímoron, pero sí el que podríamos llamar el “juego de los opuestos” que permite el ejercicio del procedimiento para intentar llegar hasta “la justicia” y uno de sus axiomas más básicos: en todo ejercicio del “juego” ha de partirse, cuando menos, de dos jugadores con posiciones encontradas. Prácticamente eso se traduce en que, incluso cuando la impetra uno sólo de ellos y es difícil encontrar al otro jugador, el derecho tiende a poner, aunque sea de manera ficticia, al segundo de ellos. Y, ¿a qué lógica nos recuerda ello? A la de la tesis y la antítesis. Y ya tenemos el inicio del procedimiento. Nos falta el tercer jugador: el juzgador. ¿Será el que nos facilite la síntesis, la sentencia?. En esta dinámica, dejando de lado a otros operadores jurídicos, centrémonos en el abogado. En la siguiente cuestión que nos planteamos esa construcción jurídica, esa lógica del abogado, podríamos recurrir a una pregunta indirecta: ¿por qué se le paga al abogado? Puede parecer una pregunta pueril, que tiene numerosas respuestas, de mayor o menor posición ética o estética. Pero lo cierto es que se le paga, como a todo el mundo, por trabajar. Pero eso no es suficiente para caracterizar nuestra concreta labor. Hemos de añadir algo más. Esa especialidad del trabajo vendría dada, en primer término, y a la vista de lo que antes hemos señalado, por conocer unos hechos, por estudiarlos, por tener conocimiento pleno del factum que afecta -e inquieta- a nuestro cliente. Esa sería la primera aproximación a la idea, más global, del concepto de “asunto”.

Efectuada esa primera labor es donde interviene la llamada a la normativa a la que antes, igualmente, nos referíamos. Pero aún al inicio, con carácter más general sobre su regulación. Con una “tormenta” de ideas buscando la subsunción del hecho en la normativa aplicable, es- tableciendo prioridades y preferencias, infiriendo hechos destacables y regulaciones posibles.

Calmada la tormenta, damos de lado lo que la misma dejó en la orilla de ese proceloso mar, y ensamblamos hechos y normas, hasta construir lo que entendemos que será la nave que ha de surcar esa singladura a buen puerto, sin ignorar que son muchos los avatares que, aún para los más experimentados navegantes, aguardan hasta ese fin; y asumir que la zozobra nos ha de acompañar en todo el trayecto.

Tenemos el hecho y la norma ensamblados, elaborados de tal forma que su mezcla los ha convertido en una única cosa: el asunto. Ahora todo ello ha de verterse en el crisol del texto escrito. Sobre eso ya tratamos en un anterior artículo. Pero como ocurre con la propia lógica que se aplica a esta profesión, todas estas reflexiones son muy antiguas, y son más profundas, complejas y variadas que las aquí expuestas, pero siempre con una misma adoración a diosas de distintos nombres con un único objeto: lo justo. Y, siguiendo a Ulpiano, de dar a cada uno lo que le corresponde.

JOAQUINA MARÍA SEGURA GARCÍA Cda. 1.494 Presidenta del Grupo de Menores ICAALMERIA

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Cómo citar

«La abogacía: La profesión cambiante para que nada cambie (o de la construcción del argumento jurídico)», Sala de Togas, n.º 89, agosto 2024, pp. 67-69.

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