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Sala de Togas, revista del Ilustre Colegio de la Abogacía de Almería

FONDO JURÍDICO Y COLABORACIONES

Los estándares europeos de Barnahus

Joaquina María Segura Garcia · Sala de Togas n.º 88, , página 69–71

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LOS ESTÁNDARES EUROPEOS DE BARNAHUS Los estándares europeos de Barnaus representan el primer intento en Europa de definir los principios de las intervenciones y servicios del modelo Barnahus. El nombre Barnahus (“casa de los niños”) proviene de Islandia, donde se fundó la primera Barnahus en 1998. La ratificación prácticamente universal de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño (CDN) ha contribuido a una convergencia emergente de las políticas y prácticas de bienestar infantil en Europa. A ello podemos agregar el impacto de la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) y del Tribunal de Justicia Europeo(TJE), los cuales han hecho referencia a la CDN en un número creciente de resoluciones a lo largo de la última década. Las Barnahus pueden ser percibidas como un intento de “hacer operativos” los derechos de los niños para recibir apoyo y protección adecuados y tener acceso a una justicia adaptada a los menores. Los estándares europeos de Barnahus incorporan estas prácticas operativas, pudiendo considerarse como una guía de viaje hacia la mejora de los derechos de niños y niñas víctimas y testigos de violencia. El modelo Barnahus propone un enfoque multidisciplinario e interinstitucional que garantiza la colaboración entre diferentes organismos (judiciales, sociales, médicos) bajo una premisa amigable, ofreciendo servicios integrales para los niños, las niñas y sus familias bajo un mismo techo. El núcleo de este modelo parte de la hipótesis de que el relato del niño resulta clave para identificar e investigar el abuso infantil tanto con fines delictivos como con fines de protección y terapéuticos. Si bien el concepto “Barnahus” puede tener pequeñas diferencias en su significado, los procesos de implementación y sus formas organizativas difieren entre los países e incluso, a veces, dentro de los propios países, lo cual subraya la flexibilidad del modelo y su adaptación a los diversos sistemas legales, estructuras sociales, tradiciones culturales y prácticas profesionales en los diferentes países. Barnaus nunca es un modelo fijo, sino una práctica en evolución, lista para adaptarse a las necesidades complejas de niños y niñas víctimas y testigos de violencia. Consecuentemente con lo anterior, el establecer unos estándares europeos es de suma importancia. Las Barnahus se basan en prácticas fundamentadas en la evidencia, que incluyen protocolos forenses, intervenciones terapéuticas y exámenes médicos. En la actualidad, los principios y las prácticas de este modelo se reflejan y promueven, implícita y explícitamente, en múltiples marcos jurídicos y políticos europeos del Consejo de Europa (CdE) de de la Unión Europea (UE). La gran mayoría de los países europeos se han comprometido a cumplir con las obligaciones establecidas en el derecho internacional y regional en el que se fundamenta la Barnahus. La aplicación de los Estándares Europeos de Barnaus se espera sean una herramienta valiosa en ese compromiso. Cuando un niño o una niña es víctima de algún tipo de violencia, varios actores (servicios sociales, servicios médicos y de salud mental y los agentes de la ley) tienen el deber de salvaguardar y promover los derechos y el bienestar del niño.

Cuando las distintas partes no trabajan juntas, el niño puede verse involucrado en consultas y evaluaciones paralelas, habiendo de desplazarse entre dife69 rentes instituciones y disciplinas, lo que puede derivar en experiencias repetitivas e intimidantes. Las investigaciones y las experiencias clínicas han demostrado que las entrevistas repetidas con diferentes personas, en diferentes lugares y por diferentes servicios en combinación con métodos de entrevista inadecuados, contribuyen a la revictimización de las niñas y los niños. Este es un problema grave. La declaración del niño es crucial para garantizar su seguridad y protección, para determinar la necesidad de su recuperación física y mental y para garantizarle una investigación penal y u proceso judicial exitoso y amigable.

Además, las inconsistencias involuntarias entre las entrevistas realizadas en diferentes momentos, lugares y personas con diferentes grados de competencia pueden conducir a las niñas y los niños a ser desacreditados como testigos.

La colaboración multidicisplinaria e insterinstitucional es importante para cumplir con los derechos de las niñas y los niños víctimas y testigos de violencia para su protección, participación, apoyo y asistencia generando beneficios también para los profesionales, aunque no esté exenta de desafíos. Exige compromiso e inversión de todos los organismos involucrados. Se debe establecer una base sólida para una organización eficaz, que funcione bieny que permita a los organismos trabajar juntos de manera coordinada estableciendo en el centro de la coopera-ción los derechos, las necesidades ylos intereses de las niñas y los niños. El propósito clave de los estándares es proporcionar un marco operativo y organizativo común que promueva la práctica y que evite la revictimización, al tiempo que obtenga testimonios válidos para que los tribunales cumplan con los derechos de los niños y las niñas a la protección, asistencia y justicia adaptada. Los estándares constituyen un conjunto de principios y actividades transversales, funciones básicas y disposiciones institucionales que permiten intervenciones amigables, efectivas y coordinadas. Estos incluyen: 1.1 Intereses de las niñas y los niños; 1.2 Derechos de las niñas y los niños a ser escuchados y a recibir información; 1.3 Prevención del retraso indebido; 2. Organización multidisciplinaria e interinstitucional; Grupo objetivo; 4. Ambiente amigable para los niños y las niñas; 5.

Planificación y gestión interinstitucional de casos; 6. Entrevistas forenses; 7. Examen médico; 8. Servicios terapéuticos; 9. Creación de capacidad; 10. Prevención: intercambio de información, sensibilización y desarrollo de competencias externas.

Al adoptar los estándares se debe tener en cuenta que es importante evaluar continuamente la configuración organizativa y el desempeño del servicio. Los indicadores adjuntos a los estándares brindan algunos ejemplos de información que revelan si los mismos se cumplen y en qué medida y, eventualmente, apoyan la revisión de políticas y prácticas. La evaluación también brinda oportunidades para garantizar que las nuevas investigaciones, guías, leyes y experiencia conformen la práctica y la configuración del servicio. Se deben hacer esfuerzos especiales para garantizar que se escuche a las niñas y a los niños y que sus puntos de vista influyan en la configuración del servicio. Todas las Barnaus se aseguran de que la persona que entrevista al niño o la niña reciba formación especial en entrevistas forenses con niños, que se observen protocolos basados en la evidencia para las entrevistas forenses y que los representantes del equipo multidisciplinario asistan a la entrevista en una sala adyacente. Barnahus ofrece un entorno seguro para las niñas y los niños, reuniendo todos los servicios relevantes bajo un mismo techo, siendo criterios comunes claves de este modelo, los siguientes: 1.- Las entrevistas forenses se llevan a cabo de acuerdo con un protocolo basado en la evidencia;

2.- La validez probatoria de la declaración del niño está garantizada por procesos apropiados de acuerdo con los principios del debido proceso. El objetivo es evitar que el niño o la niña tenga que repetir su declaración durante el procedimiento judicial en el supuesto que hubiera una acusación particular; 3.- La evaluación médica con fines de investigación forense, así como para garantizar el bienestar físico y la recuperación del niño, está disponible; 4.- El apoyo psicológico y los servicios terapéuticos a corto y largo plazo para el trauma de las niñas y los niños y para sus familiares y cuidadores no ofensores;

5.- Se realiza una evaluación de las necesidades de protección de la víctima y los posibles hermanos en la familia; y el seguimiento está garantizado. Los estándares europeos de Barnahus se componen además de funciones básicas y acuerdos institucionales que facilitan una praxis adaptada, efectiva y colaborativa para las niñas y los niños. De forma conjunta, los estándares proporcionan un marco práctico para los participantes que desean establecer y ejecutar servicios que implican los principios y características fundamentales del modelo de Barnahus. Los estándares además, brindan orientación sobre cómo desarrollar las capacidades del personal y el trabajo de prevención, como compartir información y generar conocimiento con las partes interesadas más importantes. Los estándares son transferibles y pueden adaptarse a diferentes sistemas y procesos nacionales relacionados con los servicios sociales y la protección de la infancia, la atención de la salud, la investigación penal y los procedimientos judiciales. El primer estándar contiene tres actividades transversales que se aplican al proceso completo, desde el informe inicial hasta el juicio: situando los intereses del niño o la niña en el centro de la praxis y de la toma de decisiones, asegurando el derecho de las niñas y los niños a ser escuchados y recibir información y evitando demoras indebidas. Los estándares del 2 al 4 están relacionados con los procesos institucionales y el ámbito organizativo asegurando un entorno adaptado a las niñas y los niños. 70

Los estándares del 5 al 10 se ocupan de las funciones básicas y las actividades específicas que realiza Barnahus, por ejemplo, la gestión interinstitucional de casos, entrevistas forenses o exámenes médicos.

Los estándares respaldan la implementación de las obligaciones legales europeas e internacionales y las guías autorizadas correspondientes. Estas obligaciones legales, categorizadas en el Compendio PROMISE sobre Leyes y Guía, se basan en disposiciones específicas en instrumentos legales internacionales y europeos. Los indicadores pueden ayudar a determinar si un servicio aplica un cierto estándar, a su revisión de la política y su práctica, y en qué medida lo hace. Los indicadores se basan en la ley, en las guías internacionales y regionales y, al igual que los estándares, resultan flexibles para poder adaptarse a la mayoría de los entornos legales, políticos, socioeconómicos y culturales. La mayoría de ellos se encuentran relacionados con las políticas, e indican bien la existencia de estas o bien de algún tipo de procedimiento significativo, como los acuerdos formales interinstitucionales. También pueden representar elementos físicos o técnicos, como la existencia de un servicio de sala de entrevistas con conexiones audiovisuales a otra sala. Todos estos indicadores requieren información descriptiva sobre, por ejemplo, políticas, procedimientos, protocolos, disposiciones físicas y técnicas establecidas. En algunos casos es posible usar indicadores cuantitativos para complementar los indicadores de políticas o procedimientos, como el número de días entre la revelación o información de la sospecha y la entrevista forense (retraso indebido). Cada servicio debe invertir tiempo en desarrollar un conjunto completo de indicadores para monitorear el trabajo.

Los argumentos específicos por losque se debe cumplir un estándar se basan en los derechos de las niñas y los niños tal como se establece en elderecho internacional y regional, ba-sándose en la guía autorizada proporcionada por el Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas (CRC por sus siglas en inglés) y otros organismos como el Consejo de Europa.

Andrés Lois Bermejo Notario de Canjáyar

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Joaquina María Segura Garcia, «Los estándares europeos de Barnahus», Sala de Togas, n.º 88, diciembre 2023, pp. 69-71.

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