FONDO JURÍDICO Y COLABORACIONES
El metaverso jurídico
Antonia Segura Lores · Sala de Togas n.º 86, , página 82–84
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EL METAVERSO JURÍDICO
La crisis sanitaria y económica generada por el COVID-19, ha sido un catalizador de transformación digital, afectando a nuestra manera de trabajar, de estudiar, de relacionarnos, de jugar y disfrutar de nuestro ocio, conectándonos a internet a través de ordenadores, tables o smartphones, cada vez con mayor capacidad e inmediatez en el acceso a productos y servicios. La revolución digital está transformando las relaciones sociales a través de sistemas de comunicación, así como de integración, registro, difusión y uso de la información, que redefine el hábitat, las capacidades y los comportamientos de la ciudadanía. Se está creando una economía propia de base digital que genera nuevos productos y servicios de coste más reducido en proporción a las posibilidades de difusión, con diseños más atractivos y que están a un clic de ratón.
Internet permite que personas y empresas superen las barreras geográficas, culturales y logísticas y mejore su forma de vivir y trabajar en muchos casos, pero también hace que el mundo sea más pequeño; acerca a las personas que intercambian información a través de sitios web, correo electrónico y programas de mensajería instantánea. Reduce el tiempo y la distancia; permite una comunicación y colaboración más efectiva; un acceso rápido y cómodo a través de tablets y smartphones más baratos y conexión a internet con más alcance, tanto por cable como inalámbrico; se hace común en el hogar, en el trabajo, en la escuela, de viaje, etc, es decir, la información personal y de negocios, correo electrónico y mensajería instantánea, multimedia y contenidos web estarán disponibles en cualquier momento, en cualquier lugar y desde cualquier dispositivo.
El metaverso, según Bill Gates, es una forma de ciberespacio que representará la nueva frontera de la comunicación digital, pretende crear un mundo virtual alternativo donde la vida se desarrolle sin limitaciones, convirtiéndonos en avatares o a través de la utilización de gemelos digitales.
El metaverso se utilizará en la educación, el comercio, la atención médica, el entretenimiento y en las redes sociales, entre otras. Aunque no siempre seamos conscientes, estamos rodeados de productos y servicios de inteligencia artificial. Cada día es más habitual ver como la aspiradora “Roomba” barre y friega los suelos sin chocar con el mobiliario, avanzando y retrocediendo con los giros pertinentes hasta cubrir toda la superficie de la habitación. “Alexa” nos contesta a nuestras preguntas con información variada, nos enciende el televisor, las luces con diferente intensidad o nos pone música. En el vehículo “Siri” nos conecta el teléfono para hacer una llamada; avisa de nuestra localización en caso de colisión y nos chequea el estado del motor, presión de los neumáticos, nivel de aceite, entre otros. El coche de forma automatizada se aparca sólo y mantiene la distancia de seguridad respecto de otros vehículos y obstáculos. Los “drones” con cámara nos ha permitido ver desde la boca del volcán la emanación de la lava; acceder al foco de un incendio para transmitir información a la organización que va a tomar las medidas más idóneas para su control y extinción; realizar riegos con plaguicidas seleccionando las plantas afectadas por una determinada plaga. Desde un móvil con acceso internet controlamos la iluminación, la piscina, la calefacción, el aire acondicionado o la televisión de casa desde cualquier 82 lugar del mundo. Desde el iPhone localizamos un restaurante con las últimas críticas, menús, ubicación, enviándonos la reserva por correo electrónico. Según Antonio Serrano Acitores, jurista de reconocimiento internacional y experto en transformación digital, internet evoluciona a una velocidad de vértigo y la tecnología lo está transformando absolutamente todo, así: - el email ha desbancado al correo postal. - WhatsApp ha destruido el negocio de SMS de las compañías telefónicas. - Netflix ha aparcado los videoclubes y ha disminuido la asistencia al cine. - Booking es una amenaza para las agencias de turismo.
- Google ha cambiado la forma de obtener información. - AirBnb está interfiriendo en los hoteles. - Las redes sociales dañan a los medios de comunicación. - Facebook mata poco a poco a los portales de contenido. - Twitter condiciona la vida política. - LinkelIn sustituye al currículum vitae. - Instagram está reemplazando a las revistas de moda y creando modelos e influencers.
- Tinder ha cambiado la forma de ligar.
- YouTube y eSports perjudican a las empresas de televisión.
- Spotify, iTunes y Amazon Music han cambiado la manera de consumir música.
- 21 buttons está modificando la forma de vender y comprar ropa. - Los smartphones están acabando con las cámaras fotográficas.
FONDO JURÍDICO Y COLABORACIONES - Uber y Cabify han puesto en guerra a los taxistas.
- Blablabar merma los ingresos de las compañías de transportes.
- Car sharing perjudica la compraventa de vehículos.
- Los coches eléctricos amenazas a las empresas petrolíferas.
- Waze sustituye y mejora al GPS. - La nube está inutilizando el uso del pendrive.
- Wikipedia ha sustituido a las enciclopedias y diccionarios. - Amazon compite con las grandes superficies. - El blochchain amenaza a los bancos. - El big data, la inteligencia artificial y la robótica van a destruir muchos puestos de trabajo y crear otros nuevos como analista de datos, experto en ciberseguridad o robótica, el community manager o el chief Metaverse Officer. En resumen, todas las tareas susceptibles de ser automatizables se automatizarán y con ello entramos en la cuarta revolución industrial, modelo Industria 4.0 caracterizada por la implantación de fábricas inteligentes y la gestión online de la producción. La primera revolución industrial tuvo lugar en el Siglo XVIII, en el Reino Unido, con la máquina de vapor y su aplicación al desarrollo de la locomotora, el ferrocarril y los telares mecánicos, dando paso desde una economía rural basada en la agricultura y el comercio, a una economía más urbana, industrializada y mecanizada; la segunda revolución industrial se inicia con la Primera Guerra Mundial y se caracteriza por las nuevas fuentes de energía como el gas o la electricidad, y nuevos materiales como el acero y el petróleo, que favorecen el transporte y las comunicaciones, siendo relevante la primera cadena de montaje que popularizó Henry Ford en 1913 con su modelo Ford T, en el marco de la primera globalización que abarca toda Europa occidental, Estados Unidos y Japón; la tercera revolución industrial, también llamada científico-tecnológica o revolución de la inteligencia, da lugar a los avances de las tecnologías de las comunicaciones junto al uso de Internet y la conciencia por el medio ambiente y las energías renovables.
La cuarta revolución industrial genera un mundo en el que los sistemas de fabricación virtual y físicos cooperan; van desde la secuenciación genética hasta la nanotecnología, y de las energías renovables a la computación cuántica, fusionando dominios físicos, digitales y biológicos. Confluyen numerosas tecnologías como el big data, la inteligencia artificial, el bochchain, la computación cuántica, el Internet de las cosas, la robótica, la realidad virtual, la ciberseguridad y biometría, la nanotecnología, la biotecnología, la impresión 3D, el building information modeling, los vehículos autónomos y los drones, entre otros. En definitiva, esta revolución representa una convergencia de capacidad tecnológica, inteligencia y conectividad, superando la progresión aritmética y geométrica, para pasar a una economía de la automatización y de la criptografía en la nube donde se prima el valor sobre el precio y en la que la tokenización de activos y la tecnología blochchaim cambiará radicalmente el sistema económico y financiero actual. Esa economía de la experiencia y de la transformación será la que asiente las bases del metaverso. Daremos un salto desde la bidimensionalidad de los sitios web insertos en pantallas cuadradas hacia la tridimensionalidad de lo espacial y hacia la cuadrimensionalidad de los sentidos, siendo difícil discernir entre la “realidad real” y la “realidad virtual”. El metaverso estará poblado de contenidos y experiencias creados y operados tanto por individuos independientes como por grupos organizativos o empresas con fines comerciales. Los gobiernos tendrán que regular y la ciudadanía reivindicar reglas de protección a la competencia y de evitación de los monopólios de pocas organizaciones. Ahora muchas transacciones del mundo virtual se hacen sin que dependan de registros públicos, encontrándose marcas conocidas como “Dolce-Gabbana, Gucci, Louis Vuitton, Sony, Microsoft, Apple, Amazon, Gooble, Faccebook, Epic Games, Unity, Gemini, Consenys, Valve, entre otras.
Entre las actividades que se hacen en el metaverso destacan los juegos en línea como Minecraft, Roblox y, especialmente, Fortnite; los deportes y el fitnes, donde los sensores warables, la realidad aumentada y la realidad virtual permitirán simulaciones deportivas virtuales realistas que se pueden perso83 nalizar; o la educación, destacando el metaverso creado en España, por la Fundación Universitaria CEU San Pablo, centrado en la docencia gamificada a través de la herramienta Minecraft, por poner sólo unos ejemplos.
A medida que la tecnología digital avanza y se combinan las tecnologías externas y de simulación nos encontramos con los mundos espejo y los gemelos digitales. Con la llegada del Google Earth gratuito en 2005, llego a la web un potente mundo virtual de estándares abiertos. Gooble, Microsoft y otros ofrecen también mundos espejo de pago con funciones GIS adicionales no disponibles en las versiones gratuitas. Así los estudios cartográficos se van actualizando con imágenes de satélite y de aeronaves y se amplían con imágenes terrestres, a menudo producidas por coches con cámaras de escaneo, que circulaban por las ciudades para añadir imágenes a nivel del suelo a los modelos de edificios en nuestros mundos espejo urbano. Ya quedaron obsoletas las primeras imágenes a nivel de suelo para completar las páginas amarillas realizadas entre 2004 y 2006, pero han permitido un mundo espejo con múltiples usos (compras, turismo, navegación, negocios, y proveedores de publicidad, como Goople Maps). La aplicación 3D ha facilitado la actividad inmobiliaria, turística, de hostelería, etc, donde Gooble Earth se ha convertido en el mundo espejo dominante. El metaverso dependerá de las futuras tecnologías de redes móviles, como la red 5G y la futura 6G. Requerirá cantidades masivas de ancho de banda para transmitir contenidos de alta resolución en tiempo real. Las interfaces del metaverso más atractivas son los dispositivos móviles y portátiles, las gafas de realidad aumentada, los auriculares y los teléfonos inteligentes, porque permiten movilidad e interacción en tiempo real. Por ejemplo, Apple utiliza el Mac con un auricular de realidad virtual conectado para soportar el renderizado de realidad virtual de 360 grados; Facebook Oculus Quest 2 ofrece experiencias de realidad virtual por sí solo, sin necesidad de un PC conectado gracias a su potente chipset Qualcomm Snapdragon XR2; el Oculus Air Link, de Facebook, permite que su Quest 2 se descargue a una velocidad de hasta 1.200 Mbps a través de la red Wi-Fi doméstica. La nube recopila y extrae los datos
FONDO JURÍDICO Y COLABORACIONES de los usuarios finales y del lado del proveedor de servicios, por lo que existe un grave riesgo de fuga de privacidad. Siempre consiguen nuestros datos o no podemos acceder a determinado contenido, por lo que vamos aceptando cookies. Su trabajo es “contarles” a las marcas y empresas cómo nos comportamos en internet para colocar anuncios de acuerdo a nuestros gustos e intereses. Recaban todo tipo de información, como direcciones y contraseñas del correo electrónico, dirección, teléfono, entidades bancarias con las que operamos, destinos de vacaciones, medios de transporte, gustos gastronómicos, modas, etc, etc. Los avances tecnológicos cambian la forma de vivir y trabajar e impacta en nuestro mundo, y nos genera inseguridades que el derecho debe abordar, como:
- proteger la propiedad intelectual, porque como internet no conoce fronteras, la piratería es ahora un grave problema mundial y se precisa la cooperación entre países y aplicar leyes internacionales de derecho de autor, por lo que los gobiernos y el sector privado deben trabajar juntos para encontrar formas adecuadas para proteger los derechos de los consumidores y productores de información en todo el mundo, pese a que se cuenta con la Digital Millennium Copyrighte Act (DMCA) y organizaciones como la Secure Digital Music Initiative (SDMI).
- regular el comercio mundial ya que las transacciones comerciales por internet aumentan; los gobiernos y em- presas privadas tienen que encontrar formas innovadoras para regular y obtener ingresos fiscales del comercio por internet sin interferir en los beneficios económicos.
- proteger la privacidad individual para que internet siga avanzando sin vulnerar la dignidad humana. - mantener la seguridad de internet para evitar la piratería de sitios web, fraudes con tarjetas de crédito, robos de identidad, etc. El sistema judicial y las Fuerzas de Seguridad deben adaptarse a los avances tecnológicos y aplicar las leyes penales de forma eficaz y rigurosa.
- proteger a nuestros hijos e hijas, que se ven expuestos a contenidos violentos e inapropiados, con programas de filtrado que bloqueen el acceso a sitios web censurables como la Plataforma para la Selección de Contenidos de Internet (PICS). Las Fuerzas de Orden juegan un papel importante en la vigilancia y persecución de los depredadores en línea. - reducir la “brecha digital” llegando a zonas rurales, a lugares remotos y a comunidades desfavorecidas, implantando tecnologías de banda ancha, por las que entren enormes cantidades de conocimiento, arte y cultura, proporcione un acceso equitativo a la información y las comunicaciones. - reducir la violencia hacia las mujeres y menores a través de las redes sociales; tarea ardua pese a tener recogido nuestro ordenamiento penal los nuevos delitos informáticos como el acoso sexual a menores en la red o chindgrooming (art. 183 bis C.P.), el ciberbullying o ciberacoso (art. 172 ter y 173 ter C.P.), el sexting-delito de descubrimiento y revelación de secretos (art. 197 C.P.), el sextorsio-chantaje-, delito de tenencia y difusión de pornografía (art. 189 C.P.), o el stalking-delito de acoso, acecho u hostigamiento (art. 172 ter C.P.) Las dificultades de persecución son, a veces, insalvables, por lo que reina la impunidad en muchos casos. Destacar la Sentencia núm. 553/2022, de 2 de junio, Sala de lo Penal Pleno del Tribunal Supremo (RJ/2022/3030), por quebrantamiento de condena, al incumplir prohibición de comunicación con ex pareja: expresiones publicadas en la red social “Google+”, aunque el texto no se dirige personalmente a sujeto concreto alguno, las expresiones encerraban un mensaje relativo a la conflictividad familiar y, amparados en la generalidad, esconde un recordatorio a una persona protegida por decisión jurisdiccional y esa medida cautelar que prohíbe comunicarse con ella; el autor no asume la obligación de desconectarse de canales telemáticos o redes sociales anteriormente activos, y es el verdadero y único responsable de adoptar todas las medidas indispensables para que esa comunicación bidireccional no vuelva a repetirse.
A la vista de la nueva realidad en la que estamos y la que viene de camino, a más velocidad de la que podemos asimilar, tenemos que ir adaptando nuestros argumentos de defensa y prevención pues no va a ser fácil conseguir un encaje normativo que evolucione al mismo ritmo.
JOSÉ LUIS GODOY RAMÍREZ
Director de la Escuela de Práctica Jurídica del Ilustre Colegio de Abogados de Almería Cdo. 1.759
LA FORMACIÓN DEL ABOGADO:
EL DERECHO AL ACCESO AL ATESTADO POLICIAL AL MOMENTO DE LA DETENCIÓN Hace ya un tiempo abordaba lo que suponía la reforma producida en el artículo 520 de la LECrim. en el año 2015. Ahora abordo uno de los varios elementos derivados de tal reforma, que creo que no ha tenido el suficiente calado en nuestro ejercicio profesional; y, concretamente, el artículo 520.2.d) de la LECrim. que recoge el “Derecho a acceder a los elementos de las actua84 ciones que sean esenciales para impugnar la legalidad de la detención o privación de libertad”. El presente apartado destaca sobre todo porque ha tenido una interpreta-
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Cómo citar
Antonia Segura Lores, «El metaverso jurídico», Sala de Togas, n.º 86, enero 2023, pp. 82-84.
Para un gestor bibliográfico (BibTeX, RIS)
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