‘¿Justicia de puertas abiertas?’, por Miguel Martín
Sala de Togas n.º 78, , página 12–14
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Miguel Martín Periodista Agencia EFE
¿Justicia de puertas abiertas? lueve sobre mojado en un tema que no será ya ajeno a los lectores de esta ilustre revista. Antes que yo, otros compañeros ya han expuesto en estas mismas páginas los problemas a los que se enfrenta míprofesión, la de periodista, cuando se trata de informar sobre la actualidad correspondiente a los tribunales y todo lo que de estas dependencias sale. Supongo que a estas alturas sabrán bien del protocolo del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que en teoría nos facilita esta labor a los plumillas. Me consta que mi compañero Antonio Hermosa, uno de los mejores valores de Canal Sur en esta provincia, ha hablado largo y tendido sobre él en ocasiones anteriores.
También sabrán que este protocolo es interpretado de la manera que mejor entiende cada juez, lo que provoca algunas incidencias a diario que, a menos que una autoridad superior resolviese de forma inequívoca y rotunda, no tienen pinta de desaparecer en breve.
Con la espada de Damocles que pende sobre mi cabeza al saber que tal vez no pueda aportar demasiado, sí me gustaría efectuar un par de críticas que parten desde mi experiencia personal. Ruego así que permitan que descienda hasta el nivel de la anécdota, pues muchas veces es en este ámbito donde resulta más sencillo ejemplificar lo que ocurre cuando uno se enfrenta a sus señorías. Para empezar, permitan que les haga llegar que desde hace años la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Almería es una tierra árida para nuestro gremio. Por algún supuesto error cometido en los tiempos de Maricastaña por un indeterminado y nunca identificado del todo compañero, las puertas de los magistrados de la misma no atienden a las llamadas.
Para aquellos que no sólo cubrimos los juicios el día de su celebración, sino que también seguimos un tema e infor-
Sala de Togas · Ilustre Colegio Provincial de Abogados de Almería mamos de forma previa a este momento, es fundamental disponer de los señalamientos de cada órgano judicial. En este caso en concreto, nadie los proporciona. Curiosamente, a un pasillo de distancia, en la Sección Tercera, las instrucciones son otras y no existe ningún problema a la hora de acudir a sus dependencias y llevarte la lista de juicios con su fecha y la referencia del procedimiento abreviado, sumario o jurado correspondiente.
Información que no es baladí. Sin ella, no es posible estar al tanto de las causas que serán enjuiciadas por los magistrados de la Sección Segunda y, a la postre, poder recabar los escritos de las diferentes partes personadas en las mismas.
Sí, existen otras vías indirectas que a los periodistas de tribunales nos permiten lograr dichos datos. Fuentes que, entenderán, no voy a revelar en este espacio para evitar un indeseado corte del grifo.
Éste sería un mal menor, de no ser porque esa actitud se mantiene también una vez juzgado el caso y resuelto en uno u otro sentido. Una y otra vez he escuchado a algunos magistrados que sí tratan con la prensa de forma más habitual repetir el mantra que dice “las sentencias son públicas”. Pues sí y no. De nuevo, nunca hemos tenido ningún tipo de problema en solicitar los fallos de sus señorías en la Sección Primera o la Sección Tercera. Cada una de una forma distinta, ya sea directamente a través de su Secretario (actual Letrado de la Administración de Justicia) o de los agentes judiciales a los que se le ha dejado dicho encargo, ha facilitado las sentencias reclamadas una vez han sido perfectamente notificadas a todos los intervinientes.
No es así en la Sección Segunda. La única vía que queda es la de solicitar el fallo a través del gabinete de prensa del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), sin contar el quedarse con el contacto de un letrado que tenga a bien el suministrar este documento, insisto, público. No se crean que la alternativa del TSJA es suficiente. Una única oficina con sede en la vecina Granada atiende las demandas de ocho provincias, algunas con una carga judicial mucho mayor que la de Almería, sin dejar de lado que los órganos judiciales no están obligados a trasladar nada de forma inmediata.
¿Qué supone esto? Dilaciones en el tiempo e incluso que algún fallo se quede en el tintero. Este mismo año me ha pasado tras remitir a dicho gabinete un listado con cuatro o cinco fallos que me interesaba dar a conocer. Alguno ha fallado en todas las ocasiones, y estoy reduciendo bastante.
¿QUÉ PASA CON LOS GRÁFICOS?
Por no dejar de lado la Audiencia Provincial, me gustaría incidir ahora en otro asunto que, como redactor, no me influye directamente pero sí de forma colateral al trabajar con fotógrafos y compañeros dedicados al mundo gráfico. ¿Por qué he podido seguir juicios prácticamente en directo desde mi casa y es imposible hacer lo mismo en Almería? No entiendo y no me cabe en la cabeza que haya visto casi de forma íntegra todo lo que ha declarado Isabel Pantoja y aquí te dejen grabar o fotografiar una sala vacía en la mayoría de las ocasiones, o si tienes suerte unos minutos al inicio y con el acusado de espaldas a los objetivos. No estoy hablando aquí de causas más o menos rutinarias. A veces decimos de forma jocosa los de mi gremio que
Diciembre 2018
“cuando se lía en Almería, se lía de verdad”. Hemos tenido juicios como los de Jonathan Moya, Dosanu Pinzariu y tantos otros en los que la expectación social era absoluta. No se trata de alimentar el morbo por el morbo, no. Se trata de poder recoger la declaración en vídeo o dejar constancia en instantáneas de algunos momentos de la vista oral que son negados a los lectores y televidentes porque no existe una uniformidad de criterios en todo el país. Por mucho protocolo del CGPJ que haya.
Ojo, que esto es general en toda la Audiencia pero se puede extrapolar perfectamente e incluso llevarlo un poco más allá en el caso de la Ciudad de la Justicia. He tenido el dudoso honor de sufrir en mis carnes cómo un juez ha determinado que un juicio se celebraría con el tradicional “audiencia pública” que anuncia que cualquier interesado puede entrar a seguirlo… excepto los periodistas. Sí, aunque parezca ilógico, en los penales se ha llegado a este extremo. Que alguien impida entrar a la sala de vistas a todo un colectivo porque sí. Si por interés de las partes se enjuicia a puerta cerrada, los plumillas lo hemos entendido y por mucho que nos pueda fastidiar hemos comprendido que existen casos en los que por la relevancia del procesado, la edad de la víctima o el tipo de delito y la privacidad del afectado, es lógico que tenga lugar esta salvaguarda. Pero que de ese punto se pase a que seamos el único público vetado… Me parece que hay una distancia muy significativa y poco deseable.
MÁS PROBLEMAS EN LA CIUDAD DE LA JUSTICIA
Por su actualidad, comenzaré con lo acontecido recientemente en el Juzgado de Instrucción número 6 de Almería. Supongo que sabrán que un agente de la Policía Local adscrito al Área de Urbanismo del Ayuntamiento de Almería fue detenido recientemente por supuestos “chanchullos” con un arquitecto. Algo normal, estandarizado y común es que tras la puesta a disposición judicial del investigado de turno, los periodistas consultemos al TSJA qué ha ordenado el juez correspondiente. Por primera vez en mucho tiempo, y a través de un mensaje recibido por decenas de compañeDiciembre 2018 ros, el TSJA aseguró que era imposible decir si había ingresado en prisión, quedado en libertad con cargos o cualquier otra medida adoptada por “falta de colaboración” del juzgado. Un precedente que, de extenderse, sería muy peligroso para el devenir de mi profesión pero también para poder garantizar el tan traído y manido derecho a la información. Para concluir, quisiera retomar el asunto de las sentencias públicas y su incidencia en esta sede. Aclaro de forma previa que en mi caso la jurisdicción que centra míactividad es la penal, con algunos “coqueteos” con otras diferentes, por lo que cuando hablo es exclusiva de los cinco juzgados que en la capital se encargan de la misma.
Hasta no hace mucho, gracias a un trabajo e insistencia de años, no existía ningún problema a la hora de hacerse con cualquier fallo de interés público en ninguno de estos órganos unipersonales. Algo que cambió no ha demasiado en el Penal 4 y, menos tiempo aún, en el Penal 2. Primero uno y después el otro, han limitado el acceso a las sentencias. El 4 de una forma más general y el 2 con cortapisas de otro tipo, pero que a la postre obtienen el mismo resultado. Sí, la baza del TSJA siempre estará ahí con las pegas que ya he mencionado previamente… Pero es que a veces ni por esas. Y cada vez la situación va a peor, verbigracia de una LOPD, a míparecer, mal entendida. Y es que los redactores que tenemos en los tribunales uno de nuestros puntos de trabajo habituales, siempre hemos respetado el anonimato del condenado cuando no se trata de una figura pública. Tanto cuando los propios miembros del juzgado han censurado previamente el fallo, como cuando no lo ha hecho, nos hemos limitado a incluir las iniciales de esta persona. Más aún, si los hechos enjuiciados han ocurrido en pueblos pequeños donde con estas iniciales puede ser identificado con relativa facilidad, hemos omitido dicho lugar y dejado por escrito la comarca o zona… Y si se trata de asuntos que afectan a menores o a delitos que pudieran suponer un estigma para la víctima, ni eso. Porque aquí, por desgracia, de lo que se está dudando es de una profesionalidad que muchos compañeros han demostrado a lo largo de años y años. n
Ilustre Colegio Provincial de Abogados de Almería · Sala de Togas
Antonia Segura Lores Col. 1072 ICAAlmería
A treinta años del punto de partida eñoras y señores: Mujeres Juristas de Almería ha cumplido 30 años. Cuenta en su haber con la sabiduría de su primera Presidenta, Concha López Luengo, y del ímpetu y juventud de su actual Presidenta, María del Mar Mena Recha, para continuar con la reivindicación de los derechos de las mujeres y, en especial, los de las mujeres abogadas. En medio de ellas dos, otras muchas compañeras de igual valía y muchas horas de trabajo, lucha y reivindicación, donde juntas han reído, disfrutada, debatido y hasta llorado la pérdida de compañeras entrañables como Margarita, Dulce o Mari Luz.
La Asociación Mujeres Juristas va unida a los cambios legislativos que ha vivido este país, desde su constitución hasta la actualidad. Desde sus entrañas las socias han llevado ponencias y comúnicaciones a los Congresos Estatales de Mujeres Abogadas, donde eran debatidas, consensuadas, aprobadas en su Plenario y elevadas a instancias superiores, impulsando posteriores cambios legislativas. Así la comúnicación elaborada por María Dolores González y Antonia Segura relativa a la arcaica y degradante denominación de “hijos naturales”, dio lugar a la expresión de “hijos matrimoniales” e “hijos no matrimoniales” contemplada en la Ley 11/81, de 13 de mayo, de modificación del Código Civil, en
Sala de Togas · Ilustre Colegio Provincial de Abogados de Almería materia de filiación, patria, potestad y régimen económico. Para las situaciones de crisis y ruptura, pese a considerar transcendente la reforma del artículo 159 del Código, introducido por la Ley 11/1990, de adecuación del Código Civil al principio de no discriminación por razón de sexo, solicitamos que para atribuir la custodia de los menores se tenga en cuenta el progenitor que durante la convivencia se haya ocupado de atender sus necesidades y que sea preceptivo recabar informes psico-sociales. Guerra antigua que brota y renace según los avances o retrocesos sociales, es la exigencia de despenalizar el aborto que desde 1992 la Coordinadora Estatal de Mujeres Abogadas venía manteniendo, proponiendo que toda la regulación del aborto debe estar basada en el derecho de las mujeres a decidir libremente sobre su maternidad y por ello, se acordó en su momento instar al Gobierno que en el Proyecto de Ley que se estaba elaborando se incorpore la despenalización del aborto efectuado con el consentimiento de la mujer y, en consecuencia se suprimieran los art. 145 y 417 bis del C.P. de 1973, todavía en vigor en virtud de la Disposición Derogatoria 1ª del Código Penal de 1995. La más ardua batalla ha estado siempre en eliminar las violencias hacia las mujeres; en que se modifiquen los tipos penales que se centraban en la defensa de los estereotipos del patriarcado con total desprotección a la integridad de las mujeres. Participamos activamente en Beig+5, celebrado en la Universidad de Almería, debatiendo y exponiendo esta servidora los objetivos estratégicos y medidas para el progreso de las mujeres y el logro de la igual de género en 12 esferas cruciales, que se adoptaron en el marco de la IV Conferencia Mundial sobre la Mujer, celebrada en Beijing en 1995, partiendo de los acuerdos políticos alcanzados en las tres conferencias mundiales anteriores y que contó con la participación de más de seis mil delegadas/os gubernamentales y más de cuatro mil representantes acreditadas/os de organizaciones no gubernamentales.
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«‘¿Justicia de puertas abiertas?’, por Miguel Martín», Sala de Togas, n.º 78, diciembre 2018, pp. 12-14.
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