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Sala de Togas, revista del Ilustre Colegio de la Abogacía de Almería

Mobbing y su víctima, por José Manuel Barranco

Sala de Togas n.º 74, , página 104–110

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COLABORACIONES · Mobbing

Todos los asuntos penales, incoados desde el 6 de diciembre de 2015 (inclusive), fecha de entrada en vigor de la Ley 41/2015, de los que hasta ahora conocían las Audiencias Provinciales y la Audiencia Nacional en única instancia, serán también susceptibles de recurso de apelación, del que conocerán los Tribunales Superiores de Justicia y la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional, respectivamente.

Con ello, se reviste de mayores garantías al proceso penal y se confiere efectividad a la antigua previsión de la Ley Orgánica del Poder Judicial, generalizándose el sistema de segunda instancia en el proceso penal, cualquiera que sea la infracción enjuiciada y el órgano que dicte la sentencia.

A este respecto, se realiza una remisión a la regulación prevista para el recurso de apelación en el proceso abreviado.

También se remodela el recurso de casación, a fin de conseguir que cumpla de forma eficaz su función unificadora de la doctrina penal, y para ello se excluyen del recurso las sentencias que no sean definitivas (aquellas que únicamente declaran la nulidad de las dictadas en primera instancia).

En cuanto a la casación por infracción de ley, se acota al motivo primero del artículo 849 y se reservan los demás motivos para los delitos más graves.

Legislación laboral

José Manuel Barranco Gámez

Abogado. Licenciado en Criminología. Detective Privado. Master en Prevención de Riesgos Laborales

Técnico Superior en PRL de las tres Especialidades.

Mobbing y su víctima omo ocurre con todos los fenómenos sociales, siempre hay unos más llamativos que otros, y la delincuencia no iba a ser una excepción, no todos los delitos son igual de “espectaculares”. Cuando tiene lugar un homicidio, las imágenes son impactantes, un cadáver, de manera normalmente macabra, con cortes, heridas, y con más o menos vísceras al aire, en caso de un incendio, un edificio o un bosque calcinado, humo, un coche en llamas, en cambio, hay otros tipos delictivos, que no demuestran todo el “daño” que producen, ya que no llaman la atención, son más normalitos. Cuando se ha producido el acoso laboral, vemos al acosador, normalmente una persona con su traje, de buen corte, con corbata, zapatos brillantes, todo de bue104

Sala de Togas · Ilustre Colegio Provincial de Abogados de Almería

En cuanto al recurso de revisión, se reforma esta vía para que sirva de cauce para dar cumplimiento a las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que declaren que una sentencia dictada en un procedimiento penal español ha vulnerado el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

El proceso de decomiso autónomo:

Otra garantía de nueva factura en la Ley Procesal Penal es la regulación de un proceso de decomiso autónomo, que permitirá al Juez acordar la privación de la titularidad de los bienes procedentes del delito aunque el autor no pueda ser juzgado, pudiendo actuarse contra todo el patrimonio del penado, e incluso decomisar bienes de origen ilícito registrados a nombre de terceras personas.

En el procedimiento podrán intervenir los terceros afectados por el decomiso, cuyos derechos se garantizan arbitrándose un recurso de anulación para el caso de que se haya acordado el decomiso sin considerar su condición de interesados en la causa.

Se pretende así recuperar los activos derivados del delito, a cuyo fin será reformado el Código Penal y se creará una Oficina de Recuperación y Gestión de Activos para aprovechar su valor económico, que el Estado aplicará al pago de indemnizaciones a víctimas, a proyectos sociales y a la lucha contra el crimen organizado. n na marca, bien peinado, e incluso en ocasiones, “engominado”, o con “pelo pincho”, sonriente y dicharachero, hablador y simpático, ocurrente y hasta graciosillo. Por otro lado tenemos a la víctima, más bien seria, y en ocasiones avergonzada, no suele ir con “vendajes ensangrentados”, ni tiene “moratones” en los ojos, ni hematomas en el cuerpo, no usa muletas o bastón, ni collarín, no necesita apoyarse en otra persona para andar, y no aparenta tener nada grave, !pues vaya delito!, “esto ni es delito ni es na”.

Siguiendo la sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra, de fecha 22/10/2015, la Constitución Española reconoce como derecho fundamental «La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad...» (artículo14 ); que «Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a torturas ni a penas o tratos inhumanos o degradantes» (artículo 15); que «Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, ( artículo 35.1). En desarrollo de los anteriores principios, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, en su artículo 95, punto 2, tipifica como faltas disciplinarias de carácter muy grave, el acoso laboral (artículo 95.2, letra o). En el ámbito europeo son múltiples las referencias al acoso en el lugar de trabajo, entre ellas la Resolución del Parlamento Europeo sobre Enero 2017

Mobbing · COLABORACIONES el acoso moral en el lugar de trabajo (2001/2339) que, dencial, baste citar, entre otras, la STS, Penal sección 1 entre otras cosas, recomienda a los poderes públicos de del 28 de noviembre de 2014 (ROJ: STS 5203/2014) que cada país la necesidad de poner en práctica políticas de se pronuncia en los siguientes términos: “En realidad, el prevención eficaces y definir procedimientos adecua- motivo que debe ser analizado con mayor profundidad dos para solucionar los problemas que ocasiona. en lo tocante a este recurrente, es el motivo cuarto que,

El Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, bajo el amparo de estricta infracción legal, denuncia la por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto de infracción del art. 120.4º del Código Penal, censurando los Trabajadores, recoge el derecho de todo trabajador la concurrencia de los requisitos necesarios para declaa la ocupación efectiva, la no discriminación y el respe- rar la responsabilidad civil subsidiaria.(..) El art. 120, to a la intimidad y la consideración de su dignidad, de- apartado 4º, del Código Penal dispone que serán resrechos que protege en los artículos 4 y 50.1 de la sección ponsables civiles subsidiarias: «Las personas naturales segunda (derechos y deberes básicos). Por su parte la o jurídicas dedicadas a cualquier género de industria Ley 31/1995, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos o comercio, por los delitos o faltas que hayan cometido Laborales, establece el derecho de los trabajadores a su sus empleados o dependientes, representantes o gestointegridad física, al respeto a su intimidad, a la conside- res en el desempeño de sus obligaciones o servicios». ración a su dignidad y a la protección frente a las ofenSegún resulta de la jurisprudencia de Sala de lo Pesas físicas o verbales y exige a todos los empresarios, nal del TS, (Sentencias como la 84/2009, de 30 de enero entendiendo por tales también a las Administraciones y 85/2007, de 9 de febrero, entre muchas otras), declara Públicas, el deber de vigilar y mejorar las condiciones que para que pueda entrar en juego la clase de responde trabajo de sus empleados, haciendo desaparecer los sabilidad de que aquí se trata, exigen: a) una relación riesgos o minimizando aquellos que no se puedan eli- de dependencia del autor de la acción y la persona o enminar. Protección eficaz que debe ser dispensada para tidad implicada en aquella; b) que el responsable penal prevenir no sólo los riesgos que afecten a la integridad actúe en el marco de las funciones propias del cargo o física, sino también aquellos que puedan causar un de- empleo, aun cuando lo hubiera hecho con cierta extraterioro psíquico en la salud de los trabajadores/as. limitación; y, c), consecuentemente, cierto engarce o coComo complemento de este conjunto de normas, la nexión entre el delito y la clase de actividad propia de la Administración pública, Organizaciones sindicales, relación de empleo. Universidades y Empresas han venido elaborando proEn ocasiones, el ser víctima de mobbing es una catocolos de actuación contra conductas que constituyan sualidad, la mera presencia de la víctima en el lugar acoso en el trabajo, protocolos que deben comprender de trabajo desencadena, debido a sus características y comprenden varios niveles de actuadiferenciales, toda una serie de reacEn ción, a saber: una prevención priMaría ciones, a veces inconscientes, en el acoconsistente en la declaración formal de sador. Cualquier persona que reúna las ocasiones, tolerancia cero con ese tipo de conduccaracterísticas que detesta el acosador, el ser víctima tas, así como acciones y procedimientos o que estructuralmente obstaculice sus de mobbing es a seguir para prevenirlas o evitarlas, (inobjetivos o preferencias personales, una casualidad, la formación, formación y vigilancia); una puede ser objeto del acoso. En realidad, actuación a segundo nivel consistente mera presencia de la no existen evidencias para afirmar que en la realización de los procedimientos víctima en el lugar de existan trabajadores que, por sus caraccorrespondientes con la presentación trabajo desencadena terísticas personales, puedan ser etiquede denuncia; una actuación a tercer nitados apriorísticamente como víctimas toda una serie de vel dirigida a recuperar el proyecto de propiciatorias. No obstante, no hay que reacciones en el vida personal y profesional del/ de la olvidar, que las consecuencias que se acosador trabajador/a víctima. (ejem Resolución derivan de estas conductas agresivas, de 5 de mayo de 2011, de la Secretaría de sí que puede variar en función de unas

Estado para la Función Pública, por la que se aprueba determinadas características personales, que tiene la y publica el Acuerdo de 6 de abril de 2011 de la Mesa Ge- víctima. neral de Negociación de la Administración General del

Sin embargo, hay algún sector doctrinal que estaEstado sobre el Protocolo de actuación frente al acoso blece ciertos rasgos característicos en el sujeto pasivo, laboral en la Administración General del Estado. así, el acosado suele ser válido, ético y honesto, con un

Cuando las conductas realizadas por el acosador sentido excesivo de la responsabilidad, confiado, piensa afectan a la salud psíquica del trabajador/a contra quien que todo el mundo es bueno. Frente a un psicópata orson realizadas, constituyen un riesgo laboral que debe ganizacional, un paranoico o un narcisista, la víctima ser contemplado y prevenido por la empresa con las ac- por si sola “no tiene nada que hacer”. Al contrario que la ciones oportunas, como por ejemplo las de formación, víctima de una agresión física directa quien sufre la viosensibilización de los trabajadores y vigilancia adecua- lencia psicológica no logra identificar con claridad un da, para detectarlas. La circunstancia de que la víctima culpable, se encuentra solo con su sufrimiento, mientras no hubiera denunciado, no puede eximir a la empresa a su alrededor se ha creado el vacío. Los familiares y la de esta responsabilidad, por culpa in eligendo y por cul- pareja no logran comprender su malestar psicológico y pa in vigilando. Así se sostiene en la doctrina jurispru- lo minimizan, alimentando cada vez más el sentimiento Enero 2017

COLABORACIONES · Mobbing de soledad e impotencia. Un circulo vicioso que puede llevar a comportamientos patológicos como la depresión, el abuso de alcohol o la agresividad tanto en el ámbito familiar como el social . Para que exista mobbing es necesario que concurra un silencio cómplice de compañeros de trabajo, ensañamiento e incluso autoinculpación de la víctima, que al ignorar por qué es atacada, asume inicialmente como pertinentes las agresiones de que es objeto. El acosador está convencido de que tiene razón, aunque la razón sea sólo un sentimiento profundo de envidia o de rechazo a un recién llegado. Cualquier excusa vale para que se desate el acoso psicológico. Los acosados tienen en común su dificultad para ser manipulados, dado que se niegan al sometimiento.

El perfil de la víctima, suele ser el de alguien que destaca por estar entre los mejores tanto humana como profesionalmente, aunque los acosadores manipulan la realidad para que el resto de compañeros los vean como malvados, torpes e incluso desequilibrados mentales .Al principio la víctima no entiende qué le está sucediendo y se lo explica como una acumulación desgraciada de innumerables contratiempos, cuando se da cuenta, ya es tarde, El acosado desarrolla estrés crónico, ansiedad y angustia, que merman notablemente sus capacidades laborales, obligándolo a períodos de inactividad o baja laboral. Las perturbaciones psíquicas, a su vez, son causa de diversas enfermedades somáticas crónicas que quebrantan su salud y también le obligan a cursar frecuentes bajas.

En las organizaciones son susceptibles de ser acosadas las personas atípicas: - por exceso: muy competentes o con mucha personalidad, populares, con carisma. - por defecto: poco eficaces profesionalmente, apocadas, inseguras. - con alto sentido de la responsabilidad, ética, honradez, - idealistas, con sentido cooperativo y del trabajo en equipo, empatía, generosidad.

- más jóvenes o más mayores que la media, o en situaciones protegidas normativamente (mujeres gestantes, sindicalistas). - que atraviesan temporalmente dificultades y se sienten debilitadas. - autónomas, independientes, que no se preocupan de establecer una red de alianzas o relaciones González de Rivera, clasifica a los sujetos susceptibles de sufrir mobbing en tres categorías: a) los que denomina envidiables, que son personas brillantes y atractivas, pero consideradas como peligrosas o competitivas por los líderes implícitos del grupo, que se siente cuestionados por ellos. b) las personas vulnerables son aquellas que por tener alguna peculiaridad o defecto, o por ser personas habitualmente necesitadas de afecto y aprobación, parecen inofensivos e indefensos, siendo por tanto más fáciles de agredir. c) las personas amenazantes, trabajadores activos y eficaces, que ponen en evidencia lo establecido y predis106

Sala de Togas · Ilustre Colegio Provincial de Abogados de Almería puesto, permitiéndose el planteamiento de reformas o modificaciones, lo que asusta a los acosadores. Buendía señala como rasgos que pueden ilustrarnos el perfil psicológico del acosado los siguientes: a- La autenticidad. La víctima suele ser una persona comprometida con sus propias dinámicas de desarrollo interno, que persigue ante todo la autorrealización y el autoconocimiento. b- La inocencia. La víctima es incapaz de dañar y de descubrir las intenciones ocultas de los demás. Prefiere puestos que le permitan aplicar su capacidad empática. c- La dependencia afectiva. El acosado suele tener la necesidad de ser querido y aceptado, por lo que suele proteger y conservar sus lazos interpersonales, incluso ante la evidencia de que puedan conllevar componentes negativos.

Un trabajador que ha padecido psicoterror o acoso psicológico en su trabajo durante un tiempo presenta una serie de síntomas parecidos a los del denominado “síndrome de estrés postraumático” (SEPT), característico de las víctimas de asaltos, catástrofes naturales (terremotos, inundaciones), accidentes aéreos, bombardeos, violaciones, etc. Lo que se añade a la definición típica del SEPT es el hecho de que, así como las víctimas de todas esas situaciones experimentan un único suceso traumático aislado que no se vuelve a dar más, las víctimas del psicoterror laboral suelen vivenciar repetidos ataques, amenazas, ridiculizaciones y denostaciones, con la sensación de “estar siempre a tiro” del acosador y de no tener vía de escape, salvo marcharse del trabajo. La víctima del acoso psicológico en el trabajo cumple con una serie de criterios diagnósticos, como son: 1- La situación de estrés crónico es efecto de una amenaza continuada consistente en: pérdida del trabajo, ruina de la carrera profesional, pérdida de la propia salud, pérdida del sustento físico, pérdida de la relación matrimonial y pérdida de la propia familia. Uno de los síntomas clave que produce el estrés mantenido del acosado es la depresión reactiva. Se trata de una depresión cuyo desencadenamiento tiene su origen en un acontecimiento externo. La depresión amenaza el equilibrio psicológico y puede llevar a pensamientos suicidas, intentos de suicidio o incluso al suicidio consumado. La víctima del acoso o psicoterror laboral no suele ser consciente de él. Si en algún momento toma conciencia del mismo, no es capaz de admitir que su acosador es un sociópata, sin ética ni conciencia moral. 2- Paralización física y psicológica ante la mera idea de tener que hacer frente a los acosos del agresor. La víctima del acoso experimenta de manera regular la invasión de visualizaciones y recuerdos de las violencias padecidas por el acosador. Se producen en forma de conversaciones, reuniones, llamadas, que se rememoran de manera vívida y en las que la víctima suele alterar el final de la historia en su favor. 3- Entumecimiento o insensibilidad en las extremidades (dedos, pies) u otros órganos (labios). Se trata de la somatización de la insensibilidad emocional que impide a la víctima especialmente sentir alegría. La vícEnero 2017

Mobbing · COLABORACIONES tima evita de modo constante decir o hacer cualquier A fuerza de repetir la acusación y manipular la incosa que le recuerde el horror de ser acosado. Llega a formación, el acosador consigue que la víctima acepte no querer hablar del tema con sus familiares ni inclu- sus acusaciones e introproyecte la culpabilidad. so con su psicoterapeuta. Dificultad o imposibilidad de emprender un trabajo en el campo, actividad, proyec- La crisis nerviosa o breakdown to o tarea en que se centró el acoso. Cualquier estímulo Uno de los efectos más curiosos del mobbing, es la culpresente en el tiempo o en los lugares del acoso puede pabilización de la víctima, para el acosador, los testigos servir para ser generalizado en la mente del paciente mudos y la organización, el sujeto pasivo es el reponsay desencadenar una reacción de evitación o ansiedad. ble de la situación. Cuando la presión sobre la víctima Deterioro de la memoria e incapacidad para recordar del psicoterror se prolonga en el tiempo y/o alcanza detalles que previamente no revestían dificultad para la unos niveles elevados, puede producirse una ruptura víctima. Resulta afectada en especial la memoria a cor- psicológica de la persona, que en ocasiones reviste una to plazo. Focalización de la víctima en el acoso o psico- apariencia aparatosa, mediante la cual todo el organisterror laboral padecido y obsesión por él, con exclusión mo y la psique de la víctima parecen decir: “no puedo y eclipsamiento de todas las demás esferas vitales de más”. La hospitalización psiquiátrica o la remisión al su persona. El acoso pasa a ser el tema en torno al cual especialista (psicólogo o psiquiatra) incrementan la gira toda su vida. segregación y la estigmatización de la víctima en su 4- La recuperación de la experiencia de acoso y de propio entorno laboral, donde ya nunca volverá a ser la sus secuelas por el estrés mantenido en el tiempo suele misma. En la empresa, estas crisis nerviosas son vistas requerir entre dos y cinco años. Sin embargo, algunas como síntomas de una enfermedad mental de la víctivíctimas no se recuperan jamás, por no encontrar apo- ma, en lugar de como síntomas de la “enfermedad” de yos suficientes o, sencillamente, por la organización o del acosador misLa no resistir psicológicamente o físicamo (el caso más frecuente). El propio hospitalimente las consecuencias. acosador suele fomentar este tipo de zación

5- Para muchas víctimas, la vida percepciones, desplegando toda su social se termina, y con ella toda pocapacidad manipuladora y desvincupsiquiátrica sibilidad de volver a establecer lazos lándose así de su responsabilidad en o la remisión al y relaciones que les sirvan para reespecialista incrementan el origen de la víctima. La hospitalitornar al trabajo. La abrumadora nezación psiquiátrica o la remisión al la segregación y la cesidad humana de ganarse la vida, especialista (psicólogo o psiquiatra) estigmatización de la combinada con la incapacidad psicoincrementan la segregación y la estiglógica y física de trabajar, hacen aún matización de la víctima en su propio víctima en su propio más profundo el trauma de la víctima. entorno laboral, donde ya nunca volentorno laboral, donde Las modalidades para distorsioverá a ser la misma. En muchas ocaya nunca volverá a nar los hechos utilizados por los acosiones, se tacha de psicosis, neurosis, ser la misma. sadores son muy variadas, tales como reacción psicótica breve, etc., a lo que la comunicación pervertida y deforno es sino la reacción normalmente mada, que ayuda en el proceso de introyección de la cul- esperable de un organismo sometido al estrés de un acopabilidad de la víctima. El acosador se suele apoyar en so continuado por parte de un acosador perverso. Con cuatro comportamientos para generar la culpabilidad ello se carga a la víctima con otra secuela: la de ser ella de la víctima. misma la causa de sus problemas

- Selección. Escoge de manera sesgada un acontecimiento o situación, o un aparte específica de éste, ais- El tratamiento de la víctima lándola del resto. Se inventa todo lo demás manipulan- Philippe Davezies en su informe “Evolución de las orgado la realidad. nizaciones del trabajo y daños a la salud” estableció una - Dramatización. Amplifica perversamente la re- tipología en la que los daños a la salud pueden analizarpercusión del hecho aislado, inventado supuestos per- se según tres grupos: juicios y supuestas víctimas del hecho, inflando las 1- Daños directos a la integridad física, que generalconsecuencias adversas o negativas o, simplemente mente se deben a agentes materiales (máquinas, sustaninventándolas, situándose como la primera víctima de cias) o factores físicos. ellas.

2- Los fenómenos de sobreesfuerzos debido al uso in- Generalización. Utiliza el hecho aislado, señalán- apropiado o excesivo por parte de hombres y mujeres. dolo como muestra significativa del general y habitual En este caso se trata de la propia actividad laboral y su mal comportamiento profesional del acosado. Se trata intensidad o repetitividad. de un indicador del mal desempeño habitual de la víc3- Atentados contra la dignidad. En este caso potima. demos hablar de “una multiplicación de las formas de - Atribución. Atribuye a la víctima una intencionali- violencia psicológica” (humillaciones, novatadas, acoso dad perversa, o la presunción de mala fe, o actuar mal moral). adrede, buscando perjudicar a la institución, su imaEl mobbing no tiene las mismas consecuencias ni gen, sus clientes, etc. provoca las mismas reacciones en todas las personas, Enero 2017

COLABORACIONES · Mobbing debido fundamentalmente a que las diferencias entre las habilidades, capacidades y recursos de afrontamiento entre ellas pueden ser muy distintas. El tratamiento de la víctima suele iniciarlo el médico de cabecera, pero acaba en especialistas al necesitar, con frecuencia tratamiento psiquiátrico y apoyo psicoterapeútico. La mejor re comendación para estas situaciones es un afrontamiento eficaz a través de técnicas cognitivas. No es posible modificar la situación; en este caso, es preciso instruir a la víctima para que minimice al máximo su sufrimiento y el daño personal.

El afrontamiento se define como aquellos esfuerzos cognitivos y conductuales constantemente cambiantes que se desarrollan para manejar las demandas específicas externas y/o internas que son evaluadas como excedentes o desbordantes de los recursos del individuo. Se señalan las siguientes estrategias generales para afrontar el estrés:

1) el afrontamiento directo: acción aplicada directamente a la fuente de estrés para intentar dominar la transacción estresante con el ambiente.

2) el afrontamiento indirecto o acción paliativa: estrategia aplicada a las propias emociones, en la que la persona intenta reducir el trastorno cuando es incapaz de controlar el entorno o cuando la acción es demasiado costosa. 3) el afrontamiento activo: implica una confrontación o intento de cambiar la fuente de estrés o a sí mismo. 4) el afrontamiento inactivo: sería la evitación o negación de la fuente de estrés por medios cognitivos o físicos.

La combinación de dichas estrategias de afrontamiento generarían cuatro estrategias más: 1) el afrontamiento activo/directo que supondría cambiar la fuente de estrés o confrontación con la persona que causa el estrés. 2) el afrontamiento directo/inactivo cuyo propósito sería el de ignorar la fuente de estrés o abandonar la situación estresante. 3) el afrontamiento indirecto/activo que sería la búsqueda de ayuda o apoyo de otras personas. 4) el afrontamiento indirecto/inactivo que sería lo mismo que hundirse, buscando refugio en las drogas, alcohol.

Zapf y Gross (2001), en un estudio realizado con de víctimas de mobbing, concluyeron que las estrategias de afrontamiento activas resultarían útiles en situaciones de alto control y no en situaciones de bajo control, donde el desequilibrio de poder es inversamente proporcional a la progresión de los ataques. De hecho, estos autores observaron que las víctimas de hostigamiento psicológico primero intentaban, de una manera activa y constructiva, solucionar el problema, sin embargo, al ver que sus esfuerzos no conducían a nada, la mayoría de los afectados acababan por desistir de luchar eligiendo como la mejor solución la evitación del problema. El estudio en cuestión también puso de manifiesto que la mayor parte de las víctimas aconsejaban a las personas que sufrían una situación similar, abandonar la insti108

Sala de Togas · Ilustre Colegio Provincial de Abogados de Almería tución. Los mecanismos que suelen desencadenarse más frecuentemente entre las víctimas del mobbing son los siguientes: la negación del acoso, la agresión contra el acosador o contra sus cómplices o cooperadores necesarios, la introyección de las acusaciones del hostigador, la identificación y la sumisión al acosador, la ilusión o esperanza inconsciente y la somatización. Lo que tienen en común todos ellos es que suponen intentos fallidos o ineficaces de restablecer el equilibrio psíquico por parte de la víctima. El efecto que operan en las personas es obtener un precario o falso equilibrio, en el que las partes importantes de la realidad quedan mal recibidas, veladas, escondidas o reprimidas de manera inconsciente.

La mejor manera de comenzar la labor de desactivación emocional y dejar así de reaccionar, pasa por tomar conciencia o darse cuenta de las modalidades de las reacciones habituales al acoso. El simple darse cuenta de cuándo y cómo sucede la reacción al acosador, obra enormes efectos, y es la forma primordial que tiene el círculo vicioso en el que permanece anclado. FASES EN EL TRATAMIENTO Y SUPERACIÓN DEL

ACOSO PSICOLÓGICO EN EL TRABAJO

Fase I: identificación del problema como mobbing o acoso laboral

En esta fase se trabaja en informar al paciente y formarlo en el problema que padece, aportando la perspectiva correcta de lo que le está sucediendo. Se diagnostican y tratan los síntomas típicos de estrés pos-traumático. La víctima supera el mecanismo de negación, logrando así identificar y llamar al acoso por su nombre. El identificar el problema como acoso le hace situar en la esfera consciente la fuente de daño que recibe, comenzando de este modo a remitir las somatizaciones que son producto de haber elaborado una reacción de daño de tipo inconsciente. La víctima es capaz de hablar del tema y de explicarse a sí misma lo que le ha ocurrido, llegando a una comprensión o insight de tipo intelectual. Fase II: desactivación emocional

La comprensión intelectual es requisito previo para poder comenzar a trabajar sobre las reacciones emocionales que ha desencadenado el acoso. La persona empieza a darse cuenta de cómo le perjudican sus reacciones emocionales, en especial la ira y la rabia, y cómo le impiden elaborar una respuesta eficaz. La víctima toma conciencia de cómo el acosador (actual o pasado) le produce o ha producido, a través de la violencia psicológica continuada contra ella, una situación de indefensión que ha terminado por paralizarla e interferir en su vida, perjudicando gravemente su empleabilidad o capacidad laboral. En esta fase, la persona retoma el control sobre las reacciones que automáticamente le producía el acoso laboral.

Fase III: elaboración de la respuesta al acoso psicológico mediante la extroyección Una vez desactivada, consciente de la naturaleza de su Enero 2017

Mobbing · COLABORACIONES problema y libre de las reacciones involuntarias y negativas que le producía, la persona está en disposición de trabajar sobre la culpa y la vergüenza, desplegando ante las acusaciones y tácticas perversas una respuesta de extroyección. En esta fase, se trabaja específicamente sobre la autoestima y las habilidades asertivas de la persona. La respuesta que el paciente da refuerza su propia autoconfianza y es fuente de mayor capacidad de respuesta. resultando demoledora por ser tácitamente culpabilizadora. Al final, termina victimizando de nuevo a la propia víctima reprochándole no ver lo bueno o positivo del caso, o no aprovechar las oportunidades del naufragio personal y profesional para “disfrutar del paisaje”.

Para Piñuel y Zabala, no siempre es imprescindible el acompañamiento terapéutico, pero siempre es necesario proceder a una evaluación del posible daño psicológico. La determinación y diagnóstico de las seFase IV: superación del problema e integración en cuelas es primordial para poder salir del problema. Los la perspectiva vital de la víctima: pacientes de mobbing no son enfermos, sino víctimas de La persona ha dado respuesta y es capaz de seguir dán- un daño. La estrategia terapéutica, en su caso, deberá dola, independientemente de cual sea el resultado de su romper la inhibición que lleva a las víctimas a retraerse situación laboral. La decisión de la persona en cada caso y a no hablar del tema. Lo que tienen en común todas varía, pero la integración del problema en su perspec- las estrategias terapéuticas es que el proceso supone el tiva vital significa “pasar página” y tomar las riendas restablecimiento del orden psicológico. Básicamente se de la propia vida personal y profesional. trata de hablar del acoso, de que hable Un

La víctima deja de serlo y adopta una y se exprese la víctima, se observa de perspectiva amplia y existencial. Para manera sistemática una clara mejoría proceso de darle el alta, no queda más que romper en todos los síntomas a medida que esta culpabilización el último eslabón de contradependencia es capaz de hablar o verbalizar lo que le para muchas que su acosador mantiene sobre ella: el ocurrió. Cuanto mayor es la verbalizavíctimas consiste resentimiento y el rencor. Una vez que la ción menor es la somatización. De este en la utilización y persona perdona (no intelectualmente, modo mejoran determinadas secuelas sino afectivamente) al ofensor, deja de propias del estrés postraumático, el ceaplicación de la tener una parte de su energía bloquearebro retoma el control consciente y radenominada da, liberándola para propósitos persocional del comportamiento, dotando de “actitud mental nales y profesionales más creativos. Es significado a la situación del paciente. positiva”. el final del psicoterror.

El trauma es superado mediante la satisDe la introyección de la culpa a la facción de dotar de sentido o significado extroyección. El proyecto de minar psicológicamente a lo que le ha ocurrido. a la víctima para lograr su destrucción y desaparición Las estrategias de prevención deberían presentar tiene 4 momentos, que se corresponden con 4 tácticas tres líneas de intervención: del acosador que buscan, a su vez, obtener 4 efectos se- A- Organizacional. cuenciales en la víctima.

- B- Interpersonal.

La lucha contra el mecanismo de defensa que le lleva - C- Individual. a introyectar culpa o vergüenza consiste en desarrollar A- Organizacional. Política de prevención donde se su antídoto: la extroyección es la respuesta consciente y desarrollasen procedimientos para garantizar un enracional de la víctima de no aceptar su responsabilidad torno laboral libre de los riesgos laborales precedentes por hechos vagos o indeterminados, ni dejarse manipu- del mobbing, donde se aplicase unas políticas proactilar por acusaciones genéricas, habitualmente inconcre- vas para prevenir el enrarecimiento del clima laboral e tadas, ni permitirse desarrollar sentimientos de culpa incentivar la colaboración, cooperación y la confianza ni de vergüenza, y menos aún atribuciones morales en las relaciones interpersonales. Proporcionar a los perversas. La extroyección invierte el mecanismo de la trabajadores información relevante, clara y específica introyección. de las actividades, tareas y roles que deben desarrollar La víctima-paciente conseguirá dar respuesta al en la organización, lo que se espera y no de ellos, los obproblema, recuperando su autoestima y autoconfianza. jetivos que deben alcanzar y los medios de que disponen Un proceso de culpabilización para muchas vícti- para ello. mas consiste en la utilización y aplicación de la denoB- Interpersonal. Fortalecer los vínculos sociales minada “actitud mental positiva”. Este tipo de terapias entre los trabajadores, favorecer el trabajo en grupo y “positivas” se basa en hacer que la víctima reenfoque lo evitar el aislamiento. que le ocurre, aprovechando la ocasión que le brinda C- Individual. Formar al trabajador en habilidades el mobbing para entrenarse en resistir, en relativizar de afrontamiento y resolución de conflictos, habilidalo que pasa y en desarrollar autoeficacia, habilidades des de comunicación y negociación, en el manejo de la sociales, inteligencia emocional u otras estrategias te- distancia emocional con el usuario, manteniendo un rapéuticas. equilibrio entre la sobreimplicación y la indiferencia. La actitud mental positiva ante el mobbing es alta- Trabajar desde las técnicas de reestructuración cognimente tóxica para las víctimas por encubrir un proce- tiva, tratando de volver a evaluar y reestructurar las so de negación e inhibición que puede dañar aún más, situaciones problemáticas para que dejen de serlo. n Enero 2017

COLABORACIONES · Subsección

Retazos de la historia Escríbenos a: saladetogas@ICAAlmería.com

Abogados almerienses en la

Transición (II)

Por José Ruiz Fernández Autor de la obra “La Transición política a la Democracia en Almería” n esta segunda entrega voy a reseñar el papel jugado por los miembros del Ilustre Colegio de Abogados de Almería en los seis procesos electorales de la Transición, a través de su participación en las distintas candidaturas. Para ello utilizaré como fuente los Boletines Oficiales de la Provincia de Almería de la época, donde se publicaban los edictos y acuerdos de la Junta Electoral Provincial y de las Juntas Electorales de Zona.

Elecciones Generales de 15 de junio de 1977 El día 19 de mayo de 1977 la Junta Electoral Provincial de Almería hizo públicas las listas de proclamación de candidatos de la provincia de Almería al Congreso de Diputados y al Senado: en total 11 candidaturas al Congreso y 6 candidaturas al Senado. Siguiendo el orden establecido en el BOP núm. 114, la primera candidatura que aparecía era la del Partido Comunista de España (PCE), encabezada por Pedro Molina García, y en la que figuraba la letrada María Luisa Jiménez Burkhardt, en el puesto núm. 3, que no consiguió el acta de diputada.

Tras la candidatura de Reforma Social Española (RSE), que no llevaba en su lista a ningún abogado, aparecía la candidatura de la Federación de la Democracia Cristiana (FPD), con dos letrados almerienses en su lista: Braulio Moreno Martínez, en el puesto núm. 2, y Fulgencio Miguel Pérez Dobón, en el puesto núm. 4, con muy poca fortuna, ya que ninguno de los dos conseguiría salir elegido. En cuarta posición se publicaba la candidatura de Alianza Popular (AP), el partido de Fraga Iribarne, encabezada por el letrado César Torres Díaz, que incorporó a dos letrados más: Julio López Godoy, en el puesto núm.3, y Joaquín Monterreal Alemán, en el puesto núm. 4, quienes tampoco consiguieron el acta de diputado.

La candidatura presentada por el Partido Socialista Obrero Español (PSOE), sector renovado liderado por Felipe González, llevaba entre sus integrantes al letrado Eloy Martín Viñolo, en el puesto núm. 3. Tampoco saldría elegido. En sexto lugar aparecía la candidatura de Alianza Nacional 18 de Julio (coalición electoral integrada por Fuerza 110

Sala de Togas · Ilustre Colegio Provincial de Abogados de Almería

Ángel Gómez Fuentes

Emilio Esteban Hanza

Fausto RomeroMiura Giménez

Nueva, Falange Española y de las JONS, los Tradicionalistas y la Confederación Nacional de Ex-Combatientes), cuya cabeza de lista era el letrado Ginés de Haro Rossi, con escasa fortuna electoral. Tras Alianza Socialista Democrática (ASD), coalición electoral formada por el Partido Socialista Democrático Español y por el Partido Socialista Obrero Español, sector Histórico, que no presentó a ningún abogado, aparecía en octavo lugar Unión de Centro Democrático (UCD), coalición integrada por varios partidos políticos, en la que figuraban dos letrados: Francisco Soler Valero (PSD) y José Bernal Pérez (PPDL), en los puestos 2 y 3, respectivamente. Los dos obtuvieron el acta de diputado al Congreso. A continuación de la candidatura Unidad Socialista (US), coalición integrada por el Partido Socialista de Andalucía, de Alejandro Rojas Marco, y el Partido Socialista Popular, de Enrique Tierno Galván, que no presentó a ningún letrado, aparecía la candidatura del Frente Democrático de Izquierdas (FDI), encabezada por una estudiante universitaria que en el año 1987 se daría del alta como letrada almeriense: María Isabel Bonilla Moreno, que no salió elegida diputada. Finalmente, cerraba la relación la candidatura presentada por Falange Española de las JONS (Auténtica), que no incorporó abogados.

Veamos ahora las seis candidaturas del Senado. Cuatro de ellas tenían como denominador común la inclusión de un letrado en sus listas. Así, Alianza Popular incluyó a Rafael Viciana Aráez; Alianza Nacional 18 de Julio, a Antonio Moreno Martín, como independiente, aunque finalmente presentó su renuncia el día 10 de junio de 1977; Unión de Centro Democrático, a Jesús Durbán Remón; y Agrupación de Electores Democrática Independiente de Almería (AEDIA), a Emilio Esteban Hanza, quien, a pesar de ser el candidato más votado en la capital almeriense, no consiguió el escaño. Sólo el tercero de los citados obtuvo el acta de senador. Elecciones Generales de 1 de marzo de 1979

Una vez promulgada la Constitución Española el 29 de diciembre de 1978, el Gobierno de Adolfo Suárez disolvió las Cortes y convocó unas nuevas Elecciones Generales para el día 1 de marzo de 1979.

En esta ocasión, en el BOP núm. 29, de fecha 5 de febrero de 1979, aparecieron proclamadas 13 candidaturas para el Enero 2017

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«Mobbing y su víctima, por José Manuel Barranco», Sala de Togas, n.º 74, enero 2017, pp. 104-110.

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