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Sala de Togas, revista del Ilustre Colegio de la Abogacía de Almería

De cuando en vez, cosas mías Bernardo Falcón Martín

Sala de Togas n.º 61, , página 40–42

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a que nu es tra/o es un poner, el Real Decreto querida/o Sala/ón de de 22 de diciembre de 2005,

Togas (el masculino núm. 1512/2005, BOE del 30, y singu lar está en que modifica el Real Decreto

África, lo que me pilla un poco

1201 / 1999, de 9 de julio de a trasmano) me insinúa o invi-

1999, por el que se establece ta (según el precitado título) a el programa nacional de erra- participar activamente para dicación y control del fuego rel lenar papel, en esta noche bacteriano de las rosáceas de San Antón (de fríos, fuegos

-ahí es nada-) muy interesante y animales irracionales), per- y de profunda enjundia para mítaseme una alegoría sin más las/os Letradas/os de este nues- ánimo que entretener a las/os tro Ilustre Colegio Provincial demás, co mo decía el vi ejo y posiblemente tema principal poeta y cantante, y sin un ápi - y fundamental para el acceso ce de pretender que sea leída

(o quizás absceso) a nuestra con sentido y/o pausado dete- querida profesión de voce- nimiento. ras/os, según se me da cuenta

Y en el lo estoy, cuando se me ocurre un APUNTE LEGAL SUELTO (hay "munchísimos", pero no es menester, por archisabidos, citar los "menos menores" como, verbigraci a, por las/ os jóvenes abogadas/os, tan en consonancia con las/os Sras/es Ministras/osLicenciadas/os en Derecho (o en Torcido).

Antes de entrar en materia, sala de togas REVISTA INFORMATIVA DEL COLEGIO PROVINCIAL DE ABOGAD OS DE ALMERÍA

De cuando en vez ...

--------------------------~11111111--------------------------disuélvanse, co mo decían los periclitados "grises", queridas/os todas/os, sin apología de compañeras/os y co incidentes en la profesión, en unas gotas de cava, porque el tema apuntado va acercándonos al texto del Estatuto de Cataluña (a propósito, o despropósito, el TC va con más retraso que la RENFE de los años cuarenta) emanado de su Honorable Parlamento de forma más mayorista que mayoritaria, co ncretamente referido y con testimonio referencial a su art. 41 .2 (esto sí es derecho sustantivo), en el que sin ningún pudor se expresa: Los p od eres públicos d eb en garantizar la transversalidad en la incorporación de la p ersp ectiva de género ... (no sé como he podido transcribirlo sin que mis pocas neuronas se pongan a holgar y/o bailar). Semejante pseudoped ante ría, o como quiera llamarse al gusto de cada cual, obliga a llamar sin di !ación a estrados a lexicógrafas/os, físicas/os, matemáticas/os, pintoras/es y demás especial istas en artes y técnicas varias, porque los juristas (operad oras/es jurídicas/os como manifiestan las/os tecnoestultas/os) ya no estamos para esos quehaceres de tanta dinámica de implementación. Así sea y demás.

Sin más trámites, no leído ni visto para resolver. sala de togas REVISTA INFORMATIVA DEL COLEGIO PROVINCIAL DE ABOGADOS DE ALMERÍA

El CONCURSO DEL CONSUMIDOR Y LA HIPOTECA DE LA VIVIENDA HABITUAL a utilidad del concurso de persona física viene co nd icionada por la suspensión de la ejecución hipotecaria iniciada con anterioridad a la declaración de concurso, o la imposibil idad de in icia rla una vez declarado hasta que no se haya aprobado el conve nio o transcu rrido un año desde el auto fesional o comerciante o persona de declaración de concurso, al jurídica en relación con los bie- igua l que sucede con las perso- nes afectos a la activ idad. nas juríd icas.

En el concurso de persona fís ica no comerciante la ejecu ció n hipotecaria iniciada con anterioridad no se suspende, así como ta mpoco la declaración de concu rso impide el in icio del procedimiento de ejecución hi-

La declaración de conc urso implica la suspensión de los procedimientos de ejecuc ión de títu los judiciales o no judiciales o la imposibilidad de iniciar nuevos (art. 55 LC), pero esta no es la norma que rige para la ejecución de garantías reales. potecaria. Eso solo sucede en el

El art. 56 de la LC establece concu rso de persona física pro- que los proced imientos de eje- sala de togas REVISTA INFORMATIVA DEL COLEGIO PROVINC IAL DE ABOGADOS DE ALMERÍA

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Cómo citar

«De cuando en vez, cosas mías Bernardo Falcón Martín», Sala de Togas, n.º 61, mayo 2010, pp. 40-42.

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