La perspectiva de género la sufren las mujeres cuando no se aplica
Antonia Segura Lores · Sala de Togas n.º 80, , página 12–14
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LA PERSPECTIVA DE GÉNERO LA SUFREN LAS MUJERES CUANDO NO SE APLICA
María se auto convencía para que hoy fuera diferente. Se calzó sus zapatillas y salió a la calle con esa esperanza. Pronto comprobaría que nada había cambiado. En la entrada del supermercado escucho una voz de mujer por megafonía: “Señorita Puri, señorita Puri, acuda a caja de salida”. No había llegado a la línea de entrada cuando esa misma voz decía: “Señor Martínez, señor Martínez, acuda a caja de salida”. ¡Qué espanto! Un tratamiento desigual para una misma situación. A gritos, normalizando la situación de la desigualdad. junto de la Unión Europea la brecha ha descendido un 0,20%. La brecha salarial persiste en España por la resistencia de las empresas a aplicar la regla básica de igual salario por trabajo de igual valor, ya que les supone un consistente ahorro económico que engrosan en beneficios.”
El principio de igualdad retribuida “a trabajo de igual valor, igual retribución”, según el cual el empleador está obligado a pagar, por la prestación de un trabajo de igual valor, la misma retribución, está incorporado desde hace tiempo en la legislación europea y española. Pero, la igualdad de trato debe ser otro principio que debemos incorporar a nuestra vida. Partimos de los convenios números 100 y 117 de la Organización Internacional del Trabajo de 1951 y 1962, que ya establecieron el principio de “igual remuneración entre la mano de obra masculina y la mano de obra femenina por un trabajo de igual valor”. El Tratado de Roma de 1957 recogía sólo la aplicación del principio de igualdad de retribución para trabajos iguales y el Tratado de Ámsterdam amplía el anterior principio, estableciendo la obligación de pagar la misma retribución, no sólo por la realización de un mismo trabajo, sino también por el desempeño de un
A su mente afloró la noticia que había leído hacía unos días en el periódico La Voz de Almería “¿Eres mujer? Desde el 7 de noviembre trabajas “gratis”. Un estudio compara la brecha salarial entre hombres y mujeres en Europa. Las mujeres españolas no cobran por sus labores profesionales en comparación con sus compañeros los hombres a partir de este jueves 7 de noviembre, por lo que las empresas “se ahorran” un total de 55 días en sueldos de trabajadoras hasta el 31 de diciembre, según los últimos datos de Eurostat correspondientes a 2017 facilitados por UGT. España, según este estudio, es el segundo país donde más ha aumentado la brecha salarial (un 0,9%), mientras que en el con-
¿Eres mujer? Desde el 7 de noviembre trabajas “gratis”. Un estudio compara la brecha salarial entre hombres y mujeres en Europa. años y natural de Almería cuyo cadáver se halló el pasado 15 de julio en un piso de la calle César de la capital en el que permaneció oculto en torno a cuatro meses. Asimismo sirvió para protestar por el fallo de la Audiencia Provincial de Barcelona que ha condenado a los cinco acusados de la llamada “manada de Manresa” por abuso sexual y no por agresión. -Concentraciones en todas las capitales de provincia contra el fallo de la mentada sentencia.
-Condenados por abusos sexuales y no por agresión los autores de la violación grupal de Manresa. La Audiencia de Barcelona considera que la víctima se encontraba “en estado de inconsciencia”, por lo que los acusados no tuvieron que usar “violencia o intimación”. El Tribunal admite que el crimen fue “extremadamente intenso y especialmente denigrante”, pero no se puede tipificar como agresión sexual porque la menor estaba inconsciente y no hubo violencia ni intimidación, elementos necesarios para catalogar los hechos como agresión sexual. Los agresores “pudieron realizar los actos sin usar ningún tipo de violencia o intimidación para vencer una oposición que no existía” (…) Respecto al séptimo hombre acusado de masturbarse mientras presenciaba la violación, la Sala lo absuelve porque no “podría haber hecho nada efectivo para evitar los delitos, cometidos por una pluralidad de hombres y en un descampado alejado de zonas habitadas donde poder encontrar auxilio, fuera para detener los ataques a la víctima o, en caso de enfrentarse sólo a los atacantes, evitar la posible reacción agresiva de estos contra él”. trabajo de igual valor. La Directiva 75/117/CEE dispone que “El principio de igualdad de retribución entre los trabajadores masculinos y femeninos que figura en el art. 119 del Tratado de Roma (…) implica para un mismo trabajo o para un trabajo al que se atribuye el mismo valor, la eliminación, en el conjunto de los elementos y condiciones de retribución, de cualquier discriminación por razón de sexo”. En la práctica la discriminación se esconde bajo parámetros difíciles de detectar y de demostrar. Pasando las hojas del periódico me vino el recuerdo de la visita al cortijo de los padres de María. Allí la encontré levantando cajas llenas de hortalizas y colocándolas en el traspalé que conducía su hermano. Al momento la saludé con un viva al sexo débil femenino que usa la fuerza bruta en lugar del volante, y me contesta ¡no te rías, que sé llevarlo! Es más, lo llevé durante dos meses que mi hermano tenía la pierna escayolada. Se lesionó jugando al futbol. Tú, también juegas? No me gusta el futbol. Pero te gustaría otro deporte o tener tiempo libre para tí? Me gustaría ir a pilates, pero de aquí salgo corriente a terminar la comida que la noche anterior comencé a preparar, después la casa, la ropa…ya me gustaría tener tiempo para mí. Caemos en la doble y triple jornada por imposición social sin saber decir que no por el condicionante cultural que se le atribuye al sexo femenino.
Mi educación en teoría de género y mujeres no me permite asumir la exposición de hechos y argumentos que da la Audiencia Provincial. Es decir, la actitud pasiva de un hombre solo ante la escena de la violencia ejercida por cinco hombres, justifica la inacción ante la posibilidad de que la conducta violenta de los cinco se volviera contra él, mientras que la actitud “pasiva” de una mujer bajo los efectos del alcohol que está siendo agredida físicamente y sufriendo violencia sexual por esos cinco hombres, con la suficiente consciencia como para, según se deduce de la sentencia y de los hechos, obligarla a practicar dos felaciones tras las múltiples relaciones sexuales contra su voluntad, y sin poder expresar quejas durante los hechos, no justifica su “teórica pasividad”, hasta el punto de que los hechos han sido considerados como abuso sexual en lugar de “violación” (agresión sexual)..O sea, un hombre sólo que contempla unos hechos violentos protagonizados por cinco hombres puede ser intimado por la posibilidad de que esa violencia se vuelva contra él, mientras que la mujer que está sufriendo esa violencia por los mismo cinco hombres no es intimidada, ni por dicha conducta violenta ni por la posibilidad de que se agrave ante sus resultados, como por desgracia ha ocurrido con otras mujeres como Laura Luelmo, Diana Quer o Leticia Resino en un pueblo de Zamora.
Intento cambiar de tercio y le pregunto por su relación con Juan. Bien-me contesta-, el verano próximo nos casamos. Su padre le ha dado un terreno y nos estamos haciendo una casa. Nos estamos? Claro, yo estoy pagando mi parte de proyecto, de materiales, hasta tenemos apartados los muebles. También vamos a modernizar el invernadero que hizo mi suegro. Guardé silencio para no interrumpir la narrativa de ilusión con la que me hablaba María. Mi mente, sin embargo, por deformación profesional, estaba ante los conflictos que son el “pan nuestro de cada día”. No hacen escritura, todo sigue siendo del suegro y si hipotéticamente llega la separación nos encontramos difuminados todos los esfuerzos económicos de las mujeres, sus aportaciones y trabajo diario, con las dificultades probatorias de demostrarlo. ¡Cómo hablarle de posible separación a quién estaba proyectando su casamiento!
Hago un alto en el camino para tomar un refrigerio y darle una lectura rápida a otro periódico que encuentro: -Concentración por la última víctima de violencia de género de la provincia. La detención de la expareja de María Dolores M.M. permitió catalogar la muerte de esta mujer en marzo y hallada en julio como un crimen machista. La Plataforma de Acción Feminista de Almería organizó a las 19,00 horas, en el Mirador de la Rambla, una concentración en repulsa por el presunto crimen machista de María Dolores M.M., la mujer de 39
Ante hechos como estos resuenan las voces diciendo que hay que cambiar el Código Penal, pero eso no basta. No podemos estar haciendo modificaciones a golpe de sucesos sangrantes o presiones ciudadanas. Hay que cambiar la mentalidad y la cultura marchistas; hay que recibir formación para discernir los hechos y hacerles un análisis con perspectiva de género. Violencia, según la Organización Mundial de la Salud es el “uso deliberado de la fuerza física o el poder. Los cinco agresores eran conscientes de la situación de poder que les daba abordar en una fiesta a una menor intoxicada, trasladarla a un lugar solitario y alejado, y allí forzarla a mantener relaciones sexuales con los cincos. Falta la esencia de toda relación, la voluntad. Esa menor no podía, bajo ningún concepto, dar su consentimiento y, aun dándolo estaría viciado por su estado de intoxicación y por su minoría de edad. No se puede el Tribunal central simplemente en que no hubo intimidación o violencia por estar inconsciente. Es esa inconsciencia lo que conlleva una falta de voluntad y, por tanto, se le ha violentado y forzado sin su consentimiento. La diferencia está en la perspectiva de género, que si no se hace, se perjudica a las mujeres. Hay que implantar en la escuela de práctica jurídica y exigir a todos los operadores jurídicos con especial obligatoriedad para los Magistrados, Jueces y Fiscales que aprendan a discernir con perspectiva de género cada caso y así comprenderán que si la perspectiva de género no se aplica las sufren las mujeres. La Magistrada del Tribunal Superior de Justicia de Canaria, Gloria Poyatos lo describe mejor que yo, “El derecho en España tiene género, pero no es el femenino”. “Integrar la perspectiva de género en las resoluciones judiciales para lograr que nuestro derecho, que tiene género y no es el femenino, quede de alguna manera equilibrado y representante por igual las aspiraciones y necesidades de los hombres y mujeres”. También hay que implementar nuestro vocabulario con la empatía, sororidad, etc, conociendo a fondo su significado y sin reformas, aplicar con rectitud y coherencia, la igualdad de trato. Con ello se eliminan barreras y nos ayuda a avanzar en la igualdad efectiva entre mujeres y hombres y, en consecuencia, caminar hacia una sociedad más justa.
Miguel Martín. Periodista Agencia EFE
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Cómo citar
Antonia Segura Lores, «La perspectiva de género la sufren las mujeres cuando no se aplica», Sala de Togas, n.º 80, diciembre 2019, pp. 12-14.
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