MUNDO DIGITAL
Sala de Togas n.º 77, , página 89–91
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CGAE, MUTUALIDAD Y MUNDO DIGITAL
El Consejo General de la Abogacía Española, institución más transparente e informa que el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, en su Memoria correspondiente a 2017, que analiza las instituciones con mayor grado de transparencia, sitúa al Consejo General de la Abogacía Española en el primer lugar, con 9,75 sobre 10, en el capítulo relativo a “organismos e instituciones del sector público”.
Esa puntuación es superior incluso a la de otros “órganos constitucionales y de relevancia constitucional y entes reguladores”, solo superada por el Tribunal Constitucional (9,83), que encabeza este apartado. A continuación, está el Consejo General del Poder Judicial (9,70), el Banco de España (9,43) y la Casa del Rey (9,42) o la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (9,39).
Una buena noticia para toda la abogacía española.
Elección de delegados almerienses para la Asamblea General de la Mutualidad l artículo 34 de los Estatutos de la Mutualidad General de la Abogacía establece que antes de la celebración de la Asamblea General de Mutualistas, se realicen reuniones informativas en cada uno de los Colegios de Abogados. Estas reuniones previas tienen por finalidad que todos los mutualistas puedan acceder a la información sobre los asuntos a tratar, y se elijan los mutualistas que serán sus representantes en la Asamblea General. La Asamblea previa en Almería se celebró el día 4 de mayo en la sede colegial. Con el siguiente Orden del día:
1. Texto de los asuntos cuya aprobación se va a someter por la Junta de Gobierno a la Asamblea General. 2. Elección de 2 representantes de los mutualistas en la próxima
Asamblea General que se celebrará en Madrid el día 9 de junio de 2018.
3. Ruegos y preguntas.
Tras el cumplimiento de todos los requisitos exigidos resultaron elegidos como representantes de los colegiados almerienses en la Asamblea General de la Mutualidad los compañeros Juan Miguel Milán y Amparo Vizcaíno.
> Juan Miguel Milán y Amparo Vizcaino, tras su elección.
EL EXPEDIENTE ELECTRÓNICO DE JUSTICIA GRATUITA SE CONSOLIDA CON MÁS DE 676.000 SOLICITUDES EN 2017 n 2017 se tramitaron 676.027 solicitudes de rería General, la Dirección General del Catas- ciudadano, consiguen la trazabilidad completa E ciudadanos para tramitar por vía telemá- tro o el Instituto Nacional de Empleo, también del proceso para su posible auditoría y elimitica su expediente de Justicia Gratuita, lo que con organismos de comunidades autónomas nan los posibles fraudes optimizando el gasto supone un incremento de casi el 6% con respecto a 2016, cuando los Colegios de Abogados tramitaron 640.115 solicitudes con esta herramienta tecnológica. Estos datos confirman que, año tras año, el uso que hacen los ciudadanos del Expediente Electrónico de Justicia Gratuita continúa consolidándose. De hecho, desde 2010 –cuando se tramitaron más de 200.000 expedientes electrónicos- se ha superado con creces el triple de solicitudes tramitadas con esta herramienta desarrollada por la Abogacía Española y puesta a disposición de las Comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita, estatales y autonómicas, que se caracteriza por proporcionar una agilización notable del acceso a un derecho fundamental del ciudadano como es la Justicia Gratuita, facilitar sus trámites, a la vez que supone un ahorro de costes para la Administración. En 2017, Andalucía fue la Comunidad Autónoma que más expedientes electrónicos generó con 135.090 solicitudes, seguida de Madrid con 106.926, Valencia 97.318 y Cataluña en la que se tramitaron 88.792 expedientes a través de las entidades colegiales. Hay que destacar que el sistema desarrollado por la Infraestructura Tecnológica de la Abogacía Española, RedAbogacía, ya conecta a cerca de 80 Colegios de Abogados de forma telemática y sencilla con instituciones como la Agencia Tributaria, Agencias Forales, el Instituto Nacional de la Seguridad Social y su TesoJulio 2018 con competencias en Justicia.
Con este servicio, la Abogacía refuerza aún más su papel en la ‘Administración Electrónica’, centrándose en su compromiso con el servicio de la Justicia Gratuita al ciudadano que prestan más de 51.300 abogados a través del Turno de Oficio 365 días al año, 24 horas al día. Ventajas del Expediente Electrónico El Expediente Electrónico ofrece numerosas ventajas al ciudadano, al abogado, al Colegio y a las Administraciones Públicas.
Al ciudadano se le facilita el acceso a la Justicia Gratuita al simplificar los trámites y acortar los plazos en la obtención de documentos, ya que evita los desplazamientos y las esperas en las ventanillas de cada una de las Administraciones necesarias.
La digitalización del proceso permite al abogado atender y dar curso a un mayor número de casos con más agilidad. Por su parte, el Colegio de Abogados asegura el contenido de las comunicaciones gracias a la firma electrónica y mejora su gestión ya que reduce los plazos de obtención de la información, a la vez que incrementa la calidad en el servicio prestado al ciudadano al unificar la información del solicitante en un único expediente de forma estandarizada y común a todos los Colegios de Abogados. Por último, las Administraciones Públicas mejoran y agilizan el servicio que ofrecen al público y aportando la máxima transparencia en la gestión.
PREMIOS AL EXPEDIENTE ELECTRÓNICO
Hay que destacar que el Expediente Electrónico de Justicia Gratuita ha sido reconocido por su calidad desde diferentes organismos e instituciones. El Consejo de Europa concedió en 2014 el Premio ‘Balanza de Cristal de la Justicia’ al Consejo General de la Abogacía Española por el Expediente Electrónico de Justicia Gratuita.
En 2011, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) le otorgó el Premio a la Calidad de la Justicia en la categoría ‘Justicia más accesible’ y el Ministerio de Justicia lo distinguió con una mención honorífica en la categoría ‘Aplicación de las tecnologías de la Información para la mejora de los servicios de Justicia’ en la primera edición del Premio a las Buenas Prácticas en la Justicia.
Desde 2010 está vigente un convenio de colaboración tecnológica y Asistencia Jurídica Gratuita entre la Abogacía Española y el Ministerio de Presidencia –suscrito por el Ministerio de Justicia en 2011- gracias al cual las Comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita dependientes de ambos Ministerios pueden utilizar el Expediente Electrónico de Justicia Gratuita de la Abogacía Española para tramitar las solicitudes de forma “más ágil, segura y rápida”.
Ilustre Colegio Provincial de Abogados de Almería · Sala de Togas
MUNDO DIGITAL PLATAFORMA PARA LA GESTIÓN AUTOMATIZADA DE LAS RECLAMACIONES DE DAÑOS PERSONALES DERIVADOS DE ACCIDENTES DE CIRCULACIÓN l Consejo General de la Abogacía informa que desde el pasado 1 de enero, está en funcionamiento la plataforma para la gestión automatizada de las reclamaciones de daños personales derivados de accidentes de circulación, plataforma desarrollada por la empresa TIREA que es fruto del convenio firmado el 3 de mayo de 2017 entre el Consejo General de la Abogacía Española y la Asociación Empresarial del Seguro (UNESPA) y TIREA, su empresa desarrolladora de soluciones Tecnológicas. Esta plataforma es fruto del trabajo realizado para la búsqueda de una solución técnica que permitiese a los abogados, previamente identificados con su certificado ACA, trabajar en un entorno seguro de comunicaciones con las aseguradoras a la hora de presentar a estas últimas, y en nombre de sus clientes, las reclamaciones correspondientes, garantizando la identidad de los abogados, la integridad de los documentos y la seguridad de la comunicación entre el abogado y la aseguradora. La Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, modifica el Texto Refundido de la Ley sobre Responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por el RD Legislativo 8/2004 de 29 de octubre, estableciendo en su artículo 7.1 la obligación, con carácter previo a la interposición de la demanda judicial, de comunicar el siniestro al asegurador, pidiendo la indemnización que corresponda. Con el desarrollo de esta plataforma, el abogado dará cumplimiento a la obligación establecida en la Ley 35/2015, al tiempo que atenderá a las previsiones del nuevo Reglamento de protección de datos de la Unión Europea, ya que la plataforma está adaptada a los requerimientos de seguridad exigidos por esta norma y, por supuesto, dará cumplimiento al deber de secreto profesional que constituye una garantía para nuestra profesión. Es importante destacar que, como recoge el Convenio, el uso de esta plataforma es voluntario para el Abogado que desee utilizarla; además, el servicio tendrá un coste para el Abogado que utilice la aplicación y por otra parte para la aseguradora.
El coste para el abogado es de 1€ por trámite que realice y 3€ por certificado (certificado para aportar en juicio), cantidades que incluyen el IVA. Así mismo es muy interesante destacar que dentro del convenio se ha incluido que este servicio no tendrá coste para los abogados cuando estén actuando en defensa de un beneficiario del derecho de Justicia Gratuita, facilitando la defensa de los abogados que estén actuando bajo estas condiciones. l Servicio de Informática Judicial de la Dirección General de Infraestructuras y Sistemas de la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de Andalucía, ha remitido correo electrónico, que se adjunta, en el que informa que con fecha 27 de abril se ha implantado la consulta de procedimientos para profesionales en la Sede Judicial Electrónica. Es posible realizar la consulta del estado y señalamientos de los procedimientos judiciales en cualquier partido judicial de Andalucía, siempre que se cumplan unos requisitos (Ver adjunto). La URL para acceder a la consulta es: h tt p s : / /s e d e . j u s t i c i a . juntadeandalucia.es/portal/ adriano/es/tramites-y-servicios/tramitesProfesionalesInfo/ LA GERENCIA TERRITORIAL DEL CATASTRO ADOPTA EL SISTEMA DE CITA PREVIA a Gerencia Territorial del Catastro informa que se va a poner en marcha en las Gerencias del Catastro de Andalucía, Ceuta y Melilla, un nuevo sistema de cita previa
CONSULTA DE
PROCEDIMIENTOS
PARA PROFESIONALES
EN LA SEDE JUDICIAL
ELECTRÓNICA
Sala de Togas · Ilustre Colegio Provincial de Abogados de Almería obligatoria, para ser atendido de forma presencial en sus oficinas. La fecha prevista para el inicio del proyecto es el 15 de septiembre de 2018, siendo necesario, a partir de ese momento, solicitar cita previa en la Línea Directa del Catastro 902 37 36 35 y 91 387 45 50, para ser atendido de forma presencial. Unicamente se exceptúan la necesidad de cita previa, los siguientes trámites: registro de documentación; obtención de la notificación; obtención de certificaciones descriptivas y gráficas; información de carácter general, no relativa a inmuebles o expedientes en tramitación. l pasado 4 de mayo se envió carta del Decano de este Colegio en la que se informaba de la constitución de un grupo para trabajar por la mejora de la situación de la Justicia y de las condiciones para el ejercicio de la abogacía, dando el plazo del 30 de mayo para enviar propuestas, peticiones y reivindicaciones para su análisis y traslado a las administraciones competentes. La Junta de Gobierno preocupada por esta situación, ha acordado mantener abierto de forma permanente el buzón, por lo que las sugerencias se pueden seguir enviando al correo electrónico mejorasjusticia@icaalmeria.com. Sólo el trabajo conjunto de todos los abogados, y a través de los cauces de la abogacía institucional, puede hacer que las administraciones cambien su forma de actuar y ofrezcan a nuestra profesión el respeto que merece y a la administración de justicia los medios para hacerla efectiva. EXTERNALIZACIÓN or razones de tipo organizativo y a fin de optimizar los recursos y mejorar los servicios de informática que se vienen prestando tanto al Colegio como a los colegiados, la Junta de Gobierno ha tomado la decisión de proceder a su externalización mediante la contratación de una empresa especializada que realizará todas las funciones propias de dicha materia, y ampliará las que ya venían prestando. En tal sentido, se ha contratado con la mercantil “zRed Comunicaciones y Automatización S.L.” sus servicios en todos los aspectos relacionados tanto con el hardware como el software de nuestro Colegio, así como la asistencia a los colegiados en aquellas materias necesarias para su relación con esta entidad y de utilización de los servicios informáticos. La atención a los colegiados se realizará a partir del día de mañana de la siguiente forma:
MEJORAS DE JUSTICIA:
ABIERTO EL BUZÓN DE
SUGERENCIAS DE FORMA
PERMANENTE
DE LOS SERVICIOS DE
INFORMÁTICA DEL
COLEGIO
1.- Atención telefónica: Teléfono de atención al colegiado: 950.923.900 Horario: Lunes a Jueves de 10,00 h a 13,00 h y de 16,30 h a 19,30 h.
Viernes de 10,00 h. a 13,00 h. 2.- Atención personal: En la sede del Colegio en el siguiente horario: a) Lunes de 9,00 a 14,00 h b) Miércoles y viernes, de 10,00 a 13,00 h. c) Jueves, de 17,30 a 19,30 h. 3.- Asistencia online al colegiado por conexión remota, a petición del colegiado. 4.- A través de la nueva página web, mediante:
- Tutoriales de cuestiones prácticas: configuración de certificados, utilización de Lexnet escritorio, servicio de avisos de Lexnet,…etc. - Wiki: respuestas a asuntos concretos.
- Buzón de sugerencias: apertura de un buzón de sugerencias online para el colegiado. Esta modalidad de servicio a través de la nueva página web se implementará y entrará en funcionamiento a partir del día 15 de febrero de 2018. La contratación de estos nuevos servicios permitirá ampliar la asistencia al colegiado durante todo el año de forma ininterrumpida. Asimismo, se pondrán en marcha actuaciones para la implementación de trámites online, publicaciones web y presencia en redes sociales. Desde la Junta de Gobierno esperamos y deseamos que esta nueva modalidad de prestación de este importante servicio redunde en beneficio de todos.
Julio 2018
LEGISLACIÓN
COMIENZA A APLICARSE EL REGLAMENTO GENERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS unque el 25 de mayo de 2016 entró en vigor el RGPD, que sustituye a la actual normativa vigente, no ha sido hasta este 25 de mayo que ha comenzado a aplicarse. Este periodo de dos años tuvo como objetivo permitir que los Estados de la Unión Europea, las instituciones y también las empresas y organizaciones que tratan datos estén preparados y adaptándose para el momento en que el Reglamento ha sido aplicable. Algunas de los puntos básicos de este Reglamento son:
-Los datos personales son siempre del titular, no de quien los trata. -Los datos deben utilizarse sólo para la finalidad para la que fueron recabados. -Los interesados pueden ejercer el derecho a la portabilidad de sus datos, estando obligado el responsable del tratamiento a facilitar una copia completa de los datos en soporte electrónico.
Puedes consultar más información sobre el Reglamento General de Protección de Datos en nuestro especial y en la Revista Abogacía 109.
Protección de datos: abogados.
El Reglamento General de Protección de Datos es aplicable desde el 25 de mayo; una norma que -aunque ha tenido un plazo de dos años para su aplicación- supone una revolución para sectores como la abogacía. Con este especial se pretende reforzar la cultura de protección de datos especialmente sensibles que se manejan a diario en los despachos de abogados y en las instituciones de la Abogacía. Normativa.
-Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE. DOUE núm. 119, de 4 de mayo de 2016. (Reglamento General de Protección de Datos) -Corrección de errores del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos)
-Proyecto de Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal BOCG. Congreso de los Diputados Núm. A-13-1 de 24/11/2017 -Memoria del análisis normativo del anteproyecto del Anteproyecto de Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal. Ministerio de Justicia, 10/11/2017 Documentación práctica
-Manual de legislación europea en materia de la protección de datos (edición 2018, inglés; edición 2014, español). Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea; Tribunal Europeo de Derechos Humanos; Consejo de Europa y Supervisor Europeo de Protección de Datos.
Julio 2018
-Acuerdo 1/2018 del Comité Europeo de Protección de Datos
-Guía del Reglamento General de Protección de Datos para responsables de tratamiento. Agencia Española de Protección de Datos -Guía práctica de Análisis de Riesgos en los Tratamientos de Datos Personales sujetos al RGPD. Agencia Española de Protección de Datos
-Guía práctica para las Evaluaciones de Impacto en la Protección de los datos sujetas al RGPD. Agencia Española de Protección de Datos
-Adecuación de las administraciones públicas al Reglamento General de Protección de Datos. Guía en 8 pasos, Agencia Vasca de Protección de Datos, 2018 -Privacidad y seguridad en internet. Agencia Española de Protección de Datos; Instituto Nacional de Ciberseguridad (INCIBE), Oficina de Seguridad del Internauta
Informaciones en Revista Abogacía Española. -Esperando a la aplicación directa del RGPD
-¿Cómo afectará el Reglamento General de Protección de Datos a los despachos de abogados? -Análisis de riesgo y evaluación de impacto en la protección de datos, claves para cumplir con el RGPD -La Abogacía Española, comprometida con la Protección de Datos
-José Luis Piñar: “La Abogacía Española ha puesto en marcha medidas para ser referente nacional e internacional en protección de datos”
CONCLUSIONES DE LAS XIX JORNADAS DE LOS SERVICIOS DE ORIENTACION Y ASISTENCIA JURÍDICA PENITENCIARIA (SOAJP) CELEBRADAS EN LEÓN LOS DÍAS 9 Y 10 DE NOVIEMBRE DE 2017 a permisividad social hacia los delitos cometidos por mujeres es menor y mayor la crítica hacia la transgresión que estos delitos suponen cuando son las mujeres quienes los cometen, en especial si son madres. Los recursos de que dispone la mujer para abordar el proceso de reinserción son más limitados que los de los varones, por lo que es necesario terminar con las diferencias en el tratamiento de hombres y mujeres en prisión, eliminando las restricciones al acceso de zonas comunes, incrementando el número de talleres productivos o formativos, facilitando la proximidad a la familia o entorno en el cumplimiento de las penas y proporcionando un mayor número de recursos materiales, económicos, culturales y recreativos necesarios para la reinserción.
Es necesario introducir la perspectiva de género en la intervención penitenciaria, analizar las necesidades específicas de las mujeres presas principalmente en materia de salud (dependencias, maternidad, asistencia sanitaria específica), empleo (intervención sociolaboral, que exigiría una reforma del Reglamento Penitenciario) o educación, así como la formación específica del personal laboral y funcionariado para detectar las necesidades y carencias de la población pe- nitenciaria femenina. La intervención del Fiscal en materia penitenciaria carece de regulación sistemática. Aunque el Código Penal contempla la intervención y el necesario dictamen del Ministerio Fiscal en algunas actuaciones ante el Juez de Vigilancia, la LOGP no menciona al Fiscal y el Reglamento Penitenciario no regula su intervención. El Fiscal debe conocer los programas de tratamiento penitenciario y su eficacia, las instalaciones donde tienen lugar y hacer efectiva su misión de promover la acción de la Justicia en defensa de la legalidad y de los derechos de los ciudadanos, que incluye a las personas privadas de libertad.
Es necesario que el Estado español cumpla con las recomendaciones del Comité de Ministros del Consejo de Europa que trata aspectos específicos de la política y la práctica penitenciaria y concretamente sobre educación en prisión, control de enfermedades contagiosas y problemas asociados de salud en prisión, personal encargado de la aplicación de medidas y sanciones, aspectos éticos y organizativos del cuidado de la salud en el medio penitenciario, masificación en prisiones e inflación carcelaria, libertad condicional, internamientos de larga duración, etc. Es necesaria una Ley Procesal Penitenciaria que contemple un proceso sumarísimo en materia de derechos humanos, limite la duración de la clasificación en primer grado y establezca plazos inflexibles para Juzgados y Fiscalía, entre otras cuestiones. Es necesario poner de manifiesto los incumplimientos de las Reglas Penitenciarias Europeas, en materia de celdas (Regla 18 nº 5, 6 y 7), cercanía al domicilio o aeropuertos en caso de ciudadanos extranjeros (Regla 17 nº 1 Y 3), enfermos mentales (Regla 12 nº 1 y 2), aislamiento (Regla 25 nº 2), traslados (Regla 32 nº 2), mediación penitenciaria (Regla 56 nº 2) o informes médicos (cumplimiento riguroso del Protocolo de Estambul en especial en materia de partes de lesiones) Es necesaria una mayor formación y difusión sobre el acceso al TEDH para los abogados, lo que conlleva una mayor implicación de los Colegios en la materia.
Como Abogacía debemos mostrar nuestra preocupación por el cumplimento de las penas en primer grado, reclamando que se ajuste a las exigencias de resocialización del artículo 25.2 de la Constitución española y a los valores superiores de dignidad de la persona del artículo 10 de la Constitución Española. Los SOAJP deben conocer la situación penitenciaria de las personas presas que cumplen la pena en primer grado y estas deberían tener acceso al Servicio de Orientación y Atención Jurídica Penitenciaria sin discriminación respecto a otros internos. Es necesario que los Servicios de Orientación y Atención Jurídica Penitenciaria presten especial diligencia en la asistencia a las personas presas que se encuentran cumpliendo condena en primer grado y se propone la configuración de una red de apoyo a nivel nacional.
Debe exigirse una regulación específica que garantice el acceso al expediente penitenciario completo, incluido el protocolo de personalidad y cuantos informes consten.
Ilustre Colegio Provincial de Abogados de Almería · Sala de Togas
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«MUNDO DIGITAL», Sala de Togas, n.º 77, julio 2018, pp. 89-91.
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