Actividades Colegiales
Sala de Togas n.º 53, , página 50–58
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. 1 CONFERENCIA "La Reforma del Derecho de la Navegación'' 28 de abril de 2005
El día 28 de abril de 2005 ha tenido lugar la conferencia "La Reforma del Derecho de la Navegación" que tuvo como ponente a Justino Duque Domínguez, Catedrático de Derecho Mercantil y Presidente de la Sección Especial para la Reforma del Derecho de la Navegación. La conferencia estuvo organizada por la Escuela de Práctica Jurídica del Colegio y el Area de Derecho Mercantil de la Universidad de Almería.
ILTR.E C\1LF, DE (,Jo PROVINe¡ \L ABOCADOS DE AI..MERIA
Desde la
Asociación de
Mujeres
Juristas de
Almería que presido, mostramos nuestra satisfacción por haber sido elegida nuestra ciudad sede para la celebración del XVIII Congreso Estatal de Mujeres Abogadas,y nuestra Asociación como Coordinadora Estatal. Para nosotras es un reto organizar un evento en el que se prevé una participación de más de doscientas mujeres; promover los encuentros estatales de Mujeres Abogadas, e intercambiar opiniones, trabajos y documentación relativos a la defensa de los derechos de la mujer. Como Presidenta de la Asociación de Mujeres Juristas agradezco a nuestro Colegio de Abogados, su buena disposición, su colaboración y apoyo.
La Presidenta de la Asociación ,...
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PRESENTACION DEL LIBRO
"Una nueva forma de ordenar la extranjería en España. Estudio de la LO 14/2003 y su reglamento y desarroUo'' Autores: Ma Luisa Trinidad García y
Jaime Martín Martín
El lunes, 27 de junio, tuvimos el honor de poder presentar en el Salón de Actos de este Ilustre Colegio de Abogados "Una nueva forma de ordenar la extranjería en España. Estudio de la LO 14/2003 y su reglamento y desarrollo". La introducción fue realizada por J uan M. Cano, y se contó además con la colahoración de Pedro García Cazorla. aparte de los dos coautores de libro Ma Luisa Trinidad García y Jaime Martín Martín.
Esta obra está publicada en la editorial LEX NOVA, y viene prologada por PASCUAL AGUELLO NAVARRO, Presidente de la Subcomisión de Extranjería del Consejo General de la Abogacía Española, y director de la prestigiosa Revista Derecho Migratorio y Extranjería. El libro está a disposición de todos los compañeros en la Biblioteca. La primera en intervenir tras la presentación de J M. Cano, fue Ma Luisa Trinidad, que abogó por una más estrecha colaboración ente la Universidad y este Ilustre Colegio en materia de investigaciones conjuntas, y que destacó la dificultad de haber conseguir aunar toda la jurisprudencia y el análisis detallado del articulado del Reglamento y de la última modificación legal de la LO 4/2000, por los cambios vivos que caracterizan el derecho de extranj ería. A continuación intervino Jaime Martín Martín, que entrando a analizar la obra en concreto, explicó que el libro está estructurado en nueve capítulos, que abarcan un análisis completo del marco jurídico actual en el Derecho de
Extranjería. En el primer capítulo se examina la documentación de los extranjeros, y en concreto de los tipos de visados, los requisitos de denegación de entrada ... El siguiente capitulo se centra en los sistemas legales para encontrarse en situación regular en nuestro país. También se hace un estudio de las situaciones extraordinarias individuales de regularización, como es el arraigo social, el arraigo laboral, la colaboración con la justicia, razones humanitarias ... ; y de los procesos extraordinarios de regularización que han existido desde la publicación de la LO 4/2000, centrándose además en el último proceso de normalización. También se resalta la apuesta por la r-
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Acti i a es Cole iales comraración en origen, abordando los acuerdos bilaterales suscritos por el Gobierno español con otros países, corno Ecuador. Asimismo se analiza la imeresante cuestión del status laboral mínimo del inm igrante irregular. Otra cuestión que se aborda es el régimen sancionador tanto administrativo, como laboral en materia de infracciones específi cas que se impone por la Inspección de Trabajo en el ámbito de la extranjería, como en materia penal; haciendo en esta última materia u n análisis de las novedades de los tipos penales vigentes tras la LO 14/2003, y del nuevo tratamiento procesal penal de los extranjeros, en materia de ejecución de semencias, y penitenciaria. Por último, también se destacan orcas novedades, corno es la de la competencia desleal en el campo del Derecho de Extranjería, o la cambiante figura del empadronamiento, o la n ueva competencia judicial de los Juzgado de lo Contencioso-Administrativo para resolver las cuestiones de denegación de las autorizaciones solicitadas.
En definitiva, es un libro que desde un punce de vista eminencernente pragmático, aborda todas las materias actuales del derecho de extranjería, con un análisis exhaustivo de fondo de todos los preceptos del nuevo Reglarnemo, acompañado de una amplia bibliografía y de la trascripción literal de las normas, y de la jurisprudencia más reciente. En palabras de M 3 Luisa Trinidad, es el libro más completo publicado tras el nuevo Reglamento de extranjería, corno queda avalado por la imroducción del Presidente de la Subcomisión de Extranjería del Consejo General de la Abogacía Española, Pascual Aguello Navarro.
El pasado 8 de abril se firmó en la Sala de Juntas, la escritura de constitución de la sociedad de servicios del Colegio "ICAALMERIA S. L.". La firma se real izó por los componentes de la Junta de Gobierno ante el notario D. Alberto Agüero de Juan. La sociedad tendrá por objeto social proporcionar al Ilustre Colegio de Abogados de Almería, a sus colegiados, empleados, terceros relacionados o vinculados y a sociedades o entidades creadas o promovidas por aquél o en las que sea socio o partícipe, así como a los órganos institucionales de la Abogacía, cualquier tipo de servicios dentro de su ámbito competencia! en los que puedan estar interesados para la consecución de condiciones ventajosas o benificiosas para dichos colectivos o personas, como central de compras, organización de jornadas, cursos y foros, asesoramiento integral y servicios sociales y culturales, conciertos o acuerdos con empresas para ofertas de productos del mercado, o servicios de gestión inmobiliaria. r
En las elecciones a cargos de la Junta Directiva del Grupo de Abogados de Derecho de Circulación y Seguro del Colegio, convocadas el día 29 de abril de 2005, resultaron electos los siguientes colegiados para los cargos que se relacionan:
Presidente: D. Pedro Torrecillas Giménez
Vicepresidenta : Da. Carmen Pérez Navero
Secretario: D. José Labraca López
Tesorero: D. Juan Miguel Cano Velázquez
Bibliotecaria: Da. María Dolores Lozano Serrano
ESCUELA DE PRÁCTICA JURÍDICA
EL PASADO OlA 30 DE JUNIO, A LAS TRECE TREINTA HORAS, TUVO LUGAR EL ACTO DE CLAUSURA DE LA ESCUELA DE PRACTICA JURiDlCA DEL ILUSTRE COLEGIO PROVINCIAL DE ABOGADOS DE ALMERIA, EN EL SALÓN DE ACTOS DEL MISMO, EN CALL E ALVAREZ D E CASTRO, 25.
EL ACTO ESTUVO PRESIDIDO POR EL ILMO. SR. DECANO DEL COLEGIO DE ABOGADOS, DON SIMO VENZAL CARRILLO, ACOM PAÑADO DEL ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DEALMERIA DO BENITO GALVEZ ACOSTA Y DE LA DIRECTORA DE LA ESCUELA DOÑA ESTHER NAVARRETE MORALES. ABIERTO EL ACTO POR PARTE DE LA DIRECTORA, EL DECANO DEL COLEGIO DIRIGIÓ A LOS ASISTENTES UNAS BREVES PALABRAS, FELICITANDO A LOS ALUMNOS QUE HAN TERMINADO ESTE AÑO LA EPJ TRAS DOS AÑOS CONSECUTIVOS DE ESFUERZO Y TESÓN.
ACTO SEGUIDO EL PRESIDENTE DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL FUE EL ENCARGADO DE ENTREGAR LOS DIPLOMAS A CADA UNO DE LOS ALUMNOS. A CO TTNUACIÓN EN LA SEDE DEL COLEGIO DE ABOGADOS, SE OFREC IÓ UN APERITIVO DE CONFRATERNIZACIÓN Y DESPEDIDA A LOS ALUMNOS, PASANDO TODOS JUNTOS UN AGRADABLE RATO. r
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Acti i a e ole iales
PRIMER ENCUENTRO ENTRE LAS EEPJ DE ALMERIA Y GRANADA
A iniciativa de los Directores de las EEPJ de a la preparación de los simulacros, aportando de entre
Almería y de Granada, se ha llevando a cabo un encuen- ellos los procuradores, testigos, peritos, etc. necesarios y tro entre los alumnos de ambas escuelas al objeto de que han confeccionado los escritos y documentos que se han se realicen simulaciones de procesos tanto en el orden aportado al proceso simulado. civil como en el penal.
La segunda jornada, tuvo lugar el martes, día 28
El día 17 de junio pasado, a las ll,30 horas, se de junio, en Almería el la Sala del Juzgado de lo Penal celebró en Granada en una de las salas de vista de la núm. Uno, (Palacio de Justicia), a las 11,30 horas, baj o la
Audiencia Provincial e l primero de los simulacros que supervisión del Ilmo. Sr. Decano de los de Almería, don consistió en la celebración de un juicio verbal civil y de
Lu is Miguel Columna Herrera y actuando como una vista de un procedimiento abreviado penal sobre
Secretario el propio del Juzgado de lo Penal núm. Uno supuestos propuestos por la escuela de Almería. El simu- don Emilio Lentisco García y consistió en la simulación lacro fue dirigido por el Magistrado del Juzgado de de un Juicio de Faltas sobre supuestos proporcionados
Vigilancia Penitenciaria D. por la Escuela de Granada. En
Pedro Joya González y actuó dicho proceso penal, los alum- como Secretaría la titular del nos de Almería son denuncian-
Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo núm. 1, Doña tes y los de Granada denuncia-
Adela Ruiz García. dos.
Todos los alumnos, bajo
Al término del simula- la supervisión de sus tutores y cro, se ofreció un aperitivo de coordinadores, han contribuido confraternización. r
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111 Jornadas sobre la Nueva Legislación Concursa!
Ponencia de Luis Miguel Columna Herrera. presentada por el Tesorero del Colegio de Abogados .
.La 111P..E CC(..f.GIO ~
INCtAL
OC ABOGADO~ DE ALMERIA
111 Jornadas sobre la Nueva Legislación Concursal Ilustre Colegio Provincial de Abogados de Almería
Presentación de las Jornadas por el Decano del Colegio de Abogados y los presidentes de los Colegios de Economistas y Titulados Mercantiles y Empresariales de Almería.
Ilustre Colegio Oficial de Economistas de Almería
ILTRE COLEGIO PROVINCIAL DF
Ilustre Colegio Oficial de Titulados Mercantiles y Empresariales de Almería
81.. CAD "S DE ~LMERIA
Área de Derecho Mercantil de la Universidad de Almería
14 y 15 de abril de 2005
Ponencia de Juan Ruiz-Rico Ruiz-Morón, presentada por el Decano del Colegio de Abogados. r
Activi a es le iales
111 Curso de Formación para parttctpantes en el Servicio de Asistencia Jurídica especializada a Víctimas de
Violencia de Género
Los pasados días 29 y 30 de junio, 4 y 5 de julio de 2005, se celebraron en el Salón de Actos del Colegio La Salle el 111 Curso de Formación para participantes en el Servicio de Asistencia Jurídica Gratuita especializada a Víctimas de Violencia de Género organizado por el Colegio de Abogados, el Decanato de los Juzgados de Almería y la Diputación Provincial. El curso que contó con más de 400 participantes, fue inaugurado por el Decano del Colegio de Abogados, el Magistrado-Juez Decano de Almcría y el Presidente de la Diputación Provincial de Almería. El Curso contó con la intervención del Ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar y la Consejera de Justicia María José López González, así como con un destacado número de ponentes.
Ponencia de Juan Manuel de Oña Navarro, presentada por Donato Alférez Moral
Aspecto del Salón de Actos
Ponencia de Javier Gómez Bermúdez, presentada por Carmen Álvarez
Ponencia de Ramón Sánchez Melgarejo, presentada por Carmen Álvarez
Inauguración
Intervención del Ministro de Justicia y la Consejera de Justicia de la Junta de Andalucía junto al Juez Decano, el Presidente de la Diputación y el Decano del Colegio de Abogados r-
El Derecho, siempre al pairo de la evolución social, nunca descansa, y aún precisa estar abordando día a día los nuevos retos que le brinda la realidad , simplemente para no traicionar su propia esencia. Ejemplo de lo que digo, es la famosa sentencia del caso Bosman que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictó en 1995, y que revolucionó quizás, no solo el fútbol europeo y mundial, sino también la estructura empresarial de los clubes. Los hechos fueron así.AI futbolista de un club de fútbol belga, JM
"El Derecho, siempre al pairo de Bosman, cuando la evolución social, nunca finalizó la comdescansa, y aún precisa estar petición liguera abordando día a día los nuevos de 1990, se le propuso renovar retos que le brinda la realidad" su contrato, por una cantidad cuatro veces menor a la que recibía , y al no asumir la oferta, el club le declaró ,... jugador "transferible", por lo que otro equipo de fútbol francés , ofreció que se lo cediera a título de "jugador a préstamo". Pero su club de origen, no solicitó a su federación el certificado de transferencia para así impedirle jugar la temporada entrante (1990-91 ), y el jugador consideró que las normas de transferencia de la UEFA (Unión Europea de
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Asociaciones de Fútbol) eran las responsables de la frustración de su traspaso, así que en agosto de 1990 presentó ante el Juzgado de primera instancia de Lieja una demanda en la que, además de otras medidas económicas personales por su situación, planteaba una Cuestión Prejudicial al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (hoy, Tribunal de Justicia de la Unión Europea), con sede en
Luxemburgo, pretensión que tras variadas incidencias, terminó ampliando sus pretensiones a la propia UEFA, solicitando la nuli- rts r enc1a dad de su Reglamento sobre las transferencias y la nacionalidad de Jugadores, por su manifiesta contradicción con varios preceptos del Tratado de Roma, en la creencia e interpretación de que varios artículos de dicho Tratado Constitutivo de 25 de marzo de 1957, prohíben: 1.- Que un club de fútbol pueda exigir y percibir el pago de una suma de dinero, con ocasión de la contratación de uno de sus jugadores, por otro nuevo club, aunque ya haya finalizado su relación contractual; y 2.- Que las asociaciones deportivas nacionales e internacionales puedan recoger en sus normas respectivas, determinadas disposiciones que limiten el acceso de jugadores extranjeros ciudadanos de la Comunidad Europeas, en las competiciones que organizan.AI respecto convendrá aclarar que hasta entonces, los reglamentos de la UEFA establecían que al finalizar el contrato de un club con un jugador profesional, el club originario obtuviera una cantidad denominada "de transferencia" del nuevo club con el que dicho jugador fuera a comprometerse, con la finalidad, se decía, de que de esa forma se protegía a los clubes económicamente más débiles de los más poderosos, además de compensar al "club de cantera" por el gasto que realiza en la formación y promoción de nuevos jugadores, aunque con el tiempo, esta loable intención degeneró en que cada nuevo club transmisor, modesto o no, cobraba por tales derechos, pues la exigibilidad de esa compensación por formación y promoción tenía vigencia hasta que el jugador cumpliera los 25 años de edad, sin que el deportista se beneficiara por ello.Rechazada durante la tramitación, la excepción de falta de jurisdicción planteada por la UEFA, el viernes 15 de diciembre de 1995 el
Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictó la sentencia C-93/415 que marcó un hito en la historia del fútbol mundial, al declarar: 1°.- En cuanto a la compensación de formación y promoción por transferencia, que el Derecho comunitario debía regular la actividad y la práctica del deporte, si es que ésta constituye una "actividad económica", de forma que cualquier profesional del fútbol, sea su actividad total r- o no (semiprofesional) habría de estar inserto en el derecho comunitario y, por supuesto, en el artículo 48° del Tratado CEE, independientemente de si se prestan los· servicios en clubes modestos o millonarios. Porque la existencia de la libertad de circulación de trabajadores en los Estados comunitarios no puede ser plena si existen elementos que la obstaculizan, como es la compensación por transferencia. Por tanto, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaraba que dichas reglas de las
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Asociaciones futbolísticas , impedían dentro de la comunidad que un futbolista profesional pudiera, sin traba a su libertad de movimiento y contratación, acordar una nueva relación laboral con otro club de otra nacionalidad , al finalizar la relación anterior, por la exigencia que se hacía de pago de cuantías determinadas para permitir el pase de un club a otro.20.- En cuanto a las cláusula restrictivas por razón de la nacionalidad, el Tribunal entendió que el Tratado CEE se opone a la aplicación de normas adoptadas por asociaciones deportivas según
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Cómo citar
«Actividades Colegiales», Sala de Togas, n.º 53, julio 2005, pp. 50-58.
Para un gestor bibliográfico (BibTeX, RIS)
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RIS
TY - JOUR TI - Actividades Colegiales JO - Sala de Togas IS - 53 PY - 2005 DA - 2005/07// SP - 50 EP - 58 UR - https://nuevosdt.icaalmeria.com/revista/53/actividades-colegiales LA - spa ER -