Premio Rogelio Pérez Burgos
Sala de Togas n.º 38, , página 22–24
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- - - - - - - - P r _e_m_i_o_R_o_g_e_l_io-Pe-,-re_z_B_u_r_g_o_s_______
SA LA de TOGAS
Ilustre Colegio Provincial de
Abogados de Almería
Convoca UN PREMIO dotado de CIEN MIL PESETAS EN METÁLICO Y UNA BECA PARA UN CURSO EN LA ESCUELA DE PRÁCTICA PROFESIONAL DE LA ABOGACÍA DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE ALMERÍA, bajo las siguientes bases de adjudicación
PRIMERA.- La Junta de Gobierno del Ilustre Colegio Provincial de Abogados de Almería, convoca el Premio que se denomina PREMIO "DECANO ROGELIO PÉREZ BURGOS ", para el mejor exped iente académico conseguido por quien haya terminado la Licenciatura de Derecho durante el curso académ ico 20002001 y reúna la condición de ser natura l de la provincia de Almería o residente en ella con su familia en los diez años anteriores a la fecha de esta convocatoria, con independencia de cual sea la Universidad en que haya cursado sus estud ios de Licenciatura, todo lo cual se deberá acreditar documentalmente.
Rogelio Pérez Burgos. 1952-1981
SEGUNDA.- Los aspirantes al Premio, deberán presentar en la Secretaría del litre. Colegio Provincial de Abogados de Almería, una instancia dirig ida al lltmo. Sr. Decano del Colegio, junto con la documentación acreditativa del cumplimiento de los req uisitos de la convocatoria, debiendo acompañarse necesariamente y en ejemplar or igi nal, una certificación de la Secretaría de la Facultad de Derecho donde hayan realizado los estudios, acreditativa de las calificaciones obtenidas en ca da una de las disciplinas académicas de la Licenciatura que se exijan, según el Plan de Estudios. para alcanzar la Licenciatura de Derecho, ún ica circunstancia que se valorará para la concesión del Premio, con arreglo al siguiente baremo :
Aprobado
Notable
Sobresaliente
Matrícula Honor
Convocatoria Junio Otras Convocatorias o
TERCERA. - El Premio está dotado con una cantidad en metál ico de cien mil pesetas y una beca para un curso en la Escuela de Práctica Profesional de la Abogacía del Colegio de Abogados de A lm ería.
CUARTA.- El Premio podrá queda r desierto o concederse "exaequo" a dos o más aspirantes, si concurriensen en los mismos iguales méritos, en cuyo caso se dividirá entre e llos la cuantía en metálico del Prem io, y se disminuirán a prorrata los derechos de matrícula del curso de la Escuela. oo
QUINTA.- Las solicitudes deberán ser presentadas antes del día 29 de septiembre de 200 1 y e l fallo se producirá el día 5 de octubre de 2001. El Premio será entregado con motivo de la conmemoración de la festividad de Santa Teresa de J esús, Patro na del litre. Colegio de Abogados de Almería, el día 15 de octubre de 2001.
SEXTA.- El jurado estará compuesto por el lltmo. Sr. Decano del Colegio, que lo presidirá y por los ll tmos. Sres. Presidente y Fisca l Jefe de la Audiencia Provincial, Diputado Primero y Secretario de la Junta de Gobierno del Colegio, actuando este último de Secretario del Jurado. SÉ PTIMA.- No se valorarán los expedientes que tras la aplicación del baremo, no superen los 60 puntos.
Almería , mayo de 2001 w o o
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-SALA de
Miscelánea
Cosas de Abogados en Prosa yen verso
.. LAS CUITAS PATRIMONIALES DE LOS ,.,
HEREDEROS DE FERNANDO VII Y DONA MARÍA CRISpfiNA DE BORBÓN SOLVEN .. TADAS POR UN REPUBLICANO -
Enla compilación de anecdotarios reales unos atribuyen el protagonismo en un singular pleito de sucesión testamentaria a la rei na Da María Cristina de Barbón , al tiempo que otros atribuyen la intervención en el propio asunto de herencias a la Reina Isabel 11. No fa ltando quien lo asigna al fami liar de ambas, el príncipe Ladislao Czartoryski (coheredero de Isabel 11), por ser viudo de la infanta Josefina, hija de la Reina española y del Duque de Riansares, quienes t uvieron por sucesor al príncipe Augusto Czartoryski.
Las controversias se amplían en re lación al abogado que fue designado para di rimir la adjudicación de patrimonios tan excelsos por la sangre azul del "de cu iusu Para unos fue el exim io jurisconsulto D. Nicolás Salmerón el mediador en la t area de adoptar las idóneas medidas sucesorias; otros adjudican aclaración profesional tan privilegiada al insigne letrado sevillano Manuel Cort ina.
Sin dictámen categórico por nuestra parte, nos parece bastante f iable la tesis de D. Natalio Rivas qu ien refiere el protagonismo jurídico a nuestro paisano D. Nicolás Salmerón. pese a lo chocante que puede significar el profundo republicanismo que le llevó a la más alta magistratura española en este régimen ; conc il iando problemas y pretensiones derivadas de la corona entre los propios herederos del Rey absoluto. Nata lio Rivas cuen ta que la testamentaría de la rei na 0
D María C ristina de Barbón ofrecía inconvenientes técnicojurídicos derivados del doble casamient o de la misma y quedar suceso res de ambos matrimon ios. con bienes de distitna naturaleza jurídica. oscuramente cata logables. m - - - - - - S A L A de TOGAS
Miscelánea
En la compilación de anecdotarios reales unos atribuyen
Pero otros autores continúan narrando el propio suceso el protagonismo en un singular pleito de sucesión testamentaria histórico con la introducción de nuevos personajes, detalles a la reina D a María Cristina de Barbón, al t iempo que otros y curiosidades. El autor del libro "Diccionario Ilustrado de frases célebres atribuyen la intervención en el propio asunto de herencias a la Reina Isabel 11. No faltando quien lo asigna al f amilia r de y citas literarias" mantiene rotundamente que "Salmerón no ambas , el príncipe Ladislao Czartoryski (coheredero de Isabel fue abogado de la Reina Da lsabelll sino del Príncipe Ladislao
11), por ser viudo de la infanta Josefina, hija de la Reina española de Czartoryski, heredero del trono de Polonia y coheredero de Doña Isabel". Añade que terminó D oña lsabel ll aceptando y del Duque de Riansares, quienes tuvieron por sucesor al príncipe Aug usto Czartoryski. Las controversias se amplían en relación al abogado y solicitando al letrado D on Nicolás como dirimente en la colisión de intereses hereditarios, y nos narra literalmente el que fue designado para dirimir la adjudicación de patrimonios tan excelsos por la sangre azul del"de cuius". Para unos fue diálogo habido entre la reina y Salmerón, así: el eximio jurisconsulto D. Nicolás Salmerón el mediador en la tarea de adoptar las idóneas medidas sucesorias; otros adju- de una reina sino el de una cliente española".
Salmerón: "Señora, soy republicano y no seré el consejero dican aclaración profesional tan privilegiada al insigne letrado lsabel ll: "Que sea V o no republicano incumbe a V sólo, yo he llamadao al abogado más eminente y al hombre más sevillano Manuel Cortina. honrado de España".
Sin dictámen categórico por nuestra parte, nos parece bastante fiable la tesis de D. Natalio Rivas quien refiere el protagonismo jurídico a nuestro paisano D. N icolás Salmerón,
Salmerón: "Señora, el modesto abogado está a sus órdenes". Consigu ió Salmerón poner de acuerdo a los preclaros pese a lo chocante que puede significar el profundo republica - herederos y "la reina al fe liz térm ino del asunto le regaló un nismo que le llevó a la más alta magistratura española en este retrato s uyo con marco de oro y piedras finas . Salmerón régimen; conciliando problemas y pretensiones derivadas de devolvióle el marco y conservó el retrato". la corona en tre los propios herederos del Rey absoluto. Natalio Rivas cuenta que la t estamentaría de la reina
Todavía el escritor Pedro DE REPIDE en su obra "Isabel
D María Cristina de Barbón ofrecía inconvenientes técnico-
11, Reina de España" (Madrid, 1.930) afirma que fue el letrado jurídicos derivados del doble casamiento de la misma y quedar
Don Manuel Cortina (1.820- 1.879), posterior M inistro de la sucesores de ambos matrimon ios, con bienes de distitna
Gobernación, quien asumió esta defensa y que al ofrecer la naturaleza jurídica, oscuramente ca talogables. reina, en sucedáneo de pago de su minuta, su retrato efectuado
La reina Isabel 11, coheredera, pensando en la compe- por el artista Federico Madraza, "Cortina advirtió que aceptaría tencia y honradez del insigne republicano le llamó a Paris, el retrato pero sin marco". G ustavo Gili (Barcelona, 1952) recoge las anteriores donde estaba emigrado, propon iéndoles la aceptación profesional de esta causa sucesoria . versiones y cómo la herencia era propiamente la que constituía
Prosigue Rivas "que Isabel 11 encomendó al Jefe de su
"la test amentaría de Fernando V Il en cuya terminación cuanto
Casa, el Marqués de A lta Villa que invitase a Salmerón a que antes es taba muy interesada la Reina María Cristina y puso la visitara para oir su opinión, y que éste se excuso por no tener que dar a Da Isabel el tratamiento de SU MAJESTA D ". el asunto en manos de Cortina".
La reina le relevó del tratamient o protocolario, tuteando
N os parece, según los textos anteriores, que algunos juristas y políticos de antaño eran más tolerantes y comprensivos al letrado y haciéndole ver su preferencia por él, por se abogado con sus disidentes ideológos que ciertos colegas de hogaño. español, por su prestigio y su ética. D on N icolás, agradecido, respondió -siempre según r transcripción litera l de D on N at alio-: "Señora, c uando una dama de su alta jerarquía, que es por añadidura española, e u habla en la forma que he tenido el honor de escuchar yo me siento cumplidísimo de ponerme a las órdenes de V UESTRA MAJESTAD".
- ABOGADO FRUSTRADO-
La anécdota, contada por N atalio Rivas, con insistentes
Cuen tan que un Procurador de Langres, llamado Alto Marne, aconsejó a su hijo Dessessarts con desaforado celo para que se dedicara a la carrera de Derecho. protestas de escrupulosidad histórica, t ermina aquí y no resulta
El hijo, desoyendo los consejos paternos, siguió su desdeñable, a nuestro j uicio, por curiosa y original y por el propia vocación dramática, y abandonando el hogar familiar, humanismo entrañable que destila. se incorporó a una compañía de teatro.
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«Premio Rogelio Pérez Burgos», Sala de Togas, n.º 38, agosto 2001, pp. 22-24.
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