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Sala de Togas, revista del Ilustre Colegio de la Abogacía de Almería

GALERÍA S-6 JURISPRUDENCIA (De las notas y

Sala de Togas n.º 14, , página 2–34

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GALERIA Angel Gómez Fuentes A LA SALA DE TOGAS:

DIRIGE:

Jesús Ruiz Esteban CONSEJO DE REDACCION:

Ramón Muñoz Sánchez, decano Gabriel Alcoba Salmerón, tesorero Jesús Ruiz Esteban, colegiado Emilio Esteban Hanza, colegiado Fausto Romero-Miura Giménez, coleg. José Fernández Revuelta, colegiado DISEÑO ESCUDO:

José Maria Molina EDITA:

Ilustre Colegio Provincial de Abogados de Almería Alvarez de Castro, 25 - Bajos Telf. (951) 23 71 04 04002 ALMERIA

FOTOCOMPOSICION E IMPRESION:

Artes Gráficas ALEO (Aimería de Ediciones, S.A.) Mármoles, 25 04006 ALMEAIA DEPOSITO LEGAL: AL- 297 - 1988

El Consejo de Redacción no se responsabiliza de la opinión vertida en los artículos firmados por sus autores.

ANGEL GOMEZ FUENTES, casado con MONY POLO, de estos vecino, ante esa SALA comparezco y, como más procedente sea en derecho, DIGO: Que he sido requerido por la dirección de esa Sala, para que, en el improrrogable plazo de quince días, formule una semblanza personal, a modo de autobiografía, para ser insertada en la Galería de esa Revista: Como quiera que el cumplimjento de esta orden me produce, junto al natural halago, los más encontrados sentimientos de vergüenza, pudor y confusión, ya que no encuentro en mi vida nada extraordinario digno de ser divulgado, con el mayor de los respetos, me veo en la necesidad de formalizar un RECURSO DE REPOSICIÓN ESPECIAL por el que ofrezco a esa dirección la oportunidad de revocar su mandato, pasando el turno a otro Letrado, si los hechos que voy a relatar a continuación, numerada y separadamente, no los considera dignos de ser publicados.

En mi defensa sólo puedo alegar dos valores: por una parte el enorme deseo de vivir, de participar y de experimentarlo todo, y por otra el gran caudal que he atesorado a través de los ai'los en amistad y afecto que recibí de tantos compañeros, alumnos, deportistas, correligionarios y adversarios políticos. Ninguno de los dos valores constituyen merito propio, pues el primero se debe a los genes sanísirnos que heredé y el segundo es fruto de la cálida simpatía de la gente de nuestra tierra.

HECHOS

Primero.- Nací el día 23 de Enero de 1925 (era día del Rey y quizá por eso sea tan carca) en el número 7 de la caJle de Hernán Cortés, esquina a la caJle de las Tiendas, lo cual no produjo conmoción alguna en la ciudad, rii siquiera en la calle y, salvo mi fami lia nadie más se interesó por el hecho. Hago referencia tan detallada al lugar de mi nacimiento por el hecho anecdótico de que, andando el tiempo, en la misma habitación donde yo nací, en el mismo espacio vital ya que el edificio se reconstruyó, tuvo su bufe- te J uan Pérez Pérez, compai'lero de carrera, de habitación en Granada, de trabajo después y por último padrino en el acto de mi jura como Abogado, y acaso, con su gran sabiduría, el que alentó en mi la vocación jurídica. (Descanse en paz el buen amigo Juan).

Segundo.- Pasada la guerra civil, en la que, como tantos otros, fui espectador aterrado de la muerte, persecución y expoliación de que fue objeto mi familia, recibí de mis padres una soberbia lección de cristianos viejos que supieron perdonar e incluso disculpar todas las agresiones.

En Junio de 1936, conocí al hombre que más ha influido en mi vida espiritual. Lo cito, porque fueron cientos de jovenes los que recibieron en Almería su benéfica influencia. Me refiero al Padre Martínez de la Torre S.J ., al que quise con amor paralelo al de mi padre natural y, aún hoy, su retrato esta sobre mi mesa de noche. Todavía no se por que fui elegido Prefecto de los Luises, cargo en el que perduré casi diez ai'los. Podría citar de memoria Jos nombres y apellidos de varios centenares de amigos con los que participé en aquella hermosa aventura espiritual pero sólo voy a citar a uno por la cercanía que tiene al actual Colegio de Abogados. Tenía 14 al'los, era el avispado reportero de un periodico llamado JOVENES que publicabamos y vendíamos los congregantes y hacía las entrevistas más atrevidas que imaginarse puede: por su vitalidad y simpatía se me instaló desde entonces en el catálogo de amigos del alma (hermanos, mecorregirá él) y hasta hoy: se llama José Manuel de Torres Rollón.

Tercero.- Por aquellas fechas alternaba mis estudios con el deporte. El Balóncesto era el deporte favorito de la juventud. Con mis hermanos Rafael y Alberto los practiqué durante al'los y como no había por entonces buen fútbol en la capital, nosotros vivimos la emoción de ser jovenes heroes deportivos. Con cuanta nostalgia recuerdo los nombres de Ginés Valera, Zapata, Pinillo, Morenillo y una lista interminable con los que recorrimos muchas ciudades espai'lolas y sobre todo de Emilio Campra que nos arrastró hacia el atletismo y nos hizo correr, saltar y lanzar pesos y discos por todos los estadios de España. Al final acabó obligandome a aceptar la Presidencia de la Federación Provincial de Atletismo durante algunas temporadas. Otro deporte que practiqué hasta edad bien avanzada fue el Frontón deporte muy arraigado desde antiguo en toda la provincia, formando equipo con Aurelio (Guardia Civil) y Zea (Funcionario de la RENFE) fuimos campeones provinciales tres años, lo que nos permitió participar en una final del Campeonato de España de aficionados en el Fronton Gros de San Sebastián, catedral de este deporte. Todavía se me eriza el cabello cuando recuerdo el terrible encuentro que jugamos contra los bilbaínos. Fui presidente de la Federación de Pelota dos temporadas.

Cuarto.- En la segunda mitad de la década de los cincuenta se produjo una notoria atonía cultural en nuestra ciudad, después del periodo brillante que nos regaló con Celia Viñas y la orfandad que nos produjo su temprana muerte. Entonces un grupo de universitarios, dirigidos por la Señorita Alba, catedrático de inglés de Instituto, fundaron AGA (Agrupación de Graduados Almerienses) uno de cuyos impulsores era el inefable Paco García Gongora. Gracias a su gestión docenas de personalidades del cine, de las artes y de la cultura en general pasaron por el salón de Actos del Instituto, produciendose animadísimos debates. Sin comérmelo ni bebérmelo, como diría un castizo, me eligieron Presidente de la Agrupación y aprendí muchas cosas pues todos los integrantes eran gente muy preparada y con grandes inquietudes.

Quinto.- Profesionalmente, he repartido mi vida entre dos amores: el Magisterio y la Abogacía.

He ejercido el Magisterio durante cuarenta años en las Escuelas de la Sagrada Familia. Jamás pude soñar las satisfacciones que la labor educativa iba a proporcionarme. El «estudiar niños» y buscar la estrategia didáctica adecuada para facilitar su desarrollo físico, intelectual y moral, permitiendo que emerja en cada uno «el hombre que debe ser», útil para él y para la sociedad, con respeto profundo a su libertad, es una tarea apasionante. No miento si afirmo que las mayores alegrías de mi vida las estoy recibiendo ahora cuando, detrás de una mirada especial de un mecánico, un camarero, un ingeniero o de un profesor de Universidad, adivino el rostro de aquel niño que un día ocupó un banco en mi clase y me regaló su primera sonrisa. Me di de alta en el Colegio de Abogados en el año 1954 e ininterrumpidamente he trabajado hasta que la salud me lo ha per- mitido. El ejercicio de nuestra noblísima profesión me ha producido siempre una tremenda inquietud ante el temor de quedarme corto u omitir algún esfuerzo en la defensa de las personas de sus intereses. El derecho penal me apasionó siempre y en varios asuntos en los que tuve que defender a personas a las que se le pedía la pena de muerte por asesinato, parricidio o robo con homicidio, perdía el sueño y estaba profundamente afectado hasta que se pronunciaba la sentencia. En alguno de estos asuntos tuve la suerte de actuar conjuntamente con Vicente Fernández Cape! y aprendí mucho de su equilibrio y sabiduría de gran penalista y mejor persona. Otras actividades, especialmente políticas, fueron restringiendo mi actividad profesional, aunque nunca perdí el contacto con el trabajo gracias a la colaboración de ese eficaz e incansable compañero que es Guillermo Lao Lao, a quien debo enorme gratitud por su gran ayuda. Durante dos años fui Abogado de la Diputación Provincial y tuve la osadía de presentarme, con 56 años, a una oposición para consolidar la plaza en propiedad. El Tribunal constituido por íntimos amigos, sufrieron el duro trance de tener que suspenderme, pues era evidente que no estaba en condiciones de superar las duras pruebas. Desde entonces aprecio aún más a estos compañeros porque supieron aplicar aquel adagio que todo jurista debe tener presente: «Amicus Plato, sed magis amica veritas». De mis compañeros de curso en Granada entre los que están, Juan Pérez, Manolo Lago, Antonio García, Angel Montesinos, Angel Vizcaíno, Antoñico Navarro, Paco Esteban Hanza y algunos otros que después han sido brillantes juristas tanto en la abogacía como en la Magistratura, aprendía a amar esta profesión y en reconocimiento a este amor me elegisteis como Diputado IV para formar parte de la Junta de Gobierno del Colegio bajo el Decanato del inolvidable e irrepetible D. Rogelio Pérez Burgos. Otra prueba definitiva de lo que aprecio esta profesión es que mis cuatro hijas se han licenciado en derecho en la misma Facultad de Granada.

Sexto.- En el año 1964 fui elegido concejal del Ayuntamiento de Almería. Al principio fui Delegado de Tráfico y de la Policía Municipal y me tocó la tarea de organizar el Tráfico de la ciudad, en las mismas fechas que se construía el alcantarillado, lo que hice en forma directa y personal, con escasísimos medios. Durante la noche, trabajando con la Brigada de Obras, poníamos decenas de discos y flechas y demás señales de tráfico. Tomamos con tal ardor la tarea que al levantarse Jos ciudadanos andaban desorientados de un lado para otro, pero sin perder el buen humor me calificaban con dos sobrenombres, unos me decían Angel Domecq, porque «ponía discos sorpresa» y otros Buffalo Bill, porque «donde ponía el ojo ponía la necha».

Desempeñé después la Presidencia de las Comisiones de Festejos y de Cultura y como las fiestas son actos en los que participan todos los ciudadanos, en la calificación que obtuviera me someto gustoso al criterio de la mayoría. Pronuncié varios Pregones de Feria en las Fiestas de la Alcazaba, alternando con Emilio Romero, Luis Maria Ansón y Tico Medina y enriquecí mis conocimientos con el frecuente trato que sostuve con artistas de todo tipo y con Jos toreros. Quiero resaltar la amistad que me dispensó Domingo Dominguin asi como la ayuda que me prestó en la organización de algunos festejos taurinos, especialmente la corrida del 1 de Enero de 1968. Hace unos dias recibí una gran alegría al encontrar en la Enciclopedia de los Toros de Cossio, una fotografía de aquella corrida en la que salgo a saludar a Jos medios con Miguelín, José Fuentes y Angel Teruel, que cortaron once orejas y tres rabos. Esta corrida se organizó para divulgar las excelencias de nuestro clima en aquellos afios de boom turístico. En relación con el turismo asistí a una Asamblea Nacional donde se discutía la construcción en Almería del Aeropuerto y cuando éste se hizo tuve el honor de formar parte de la Comisión Organizadora de los actos de inauguración que hizo con toda solemnidad el Generalísimo. Como entre mis actividades estaban las relaciones públicas, procuré tratar con la máxima cordialidad a todos los medios de comunicación, especialmente a TVE y creo que le sacamos un partido importante en cuanto a la propaganda turística. Recuerdo con especial cariño el recibimiento a la Turista dieciseis millones, los nombramientos de Reinas del Turismo que recayeron en grandes artistas extranjeras y sobre todo el Concurso de TVE «Los hombres saben, los pueblos marchan». El equipo de Almería, con el que colaboró toda la ciudad desde el Salón de Actos del Ayuntamiento, fue miembro muy destacado el director de esta revista Jesús Ruiz Esteban. Almería fue finalista con Vinaroz y estuvimos encandelero durante unos meses. ¡Verdad que Jo recuerdas, Jesús!. Séptimo.- En cuanto a otras actividades quiero destacar las siguientes colaboraciones: A).- Con la Sección Femenina, dando charlas sobre todo con las Cátedras Ambulantes, donde había unas chicas estupendas que, con un gran espíritu de servicio y de sacrificio, hacían una labor ejemplar en los medios rurales.

B). Con la Jefatura Provincial del Movimiento en actos de exaltación de la figura de José Antonio Primo de Rivera, por el que sentía y siento una gran admiración. 3

C). Con el Obispado, pronunciando muchas conferencias en la capital y la provincia en las Campaftas Pro Seminario y de Acción Católica. El Sr. Obispo me comprometió para que aceptara la Presidencia de la Agrupación de Cofradías que se hallaban en un momento bajo. Durante dos afias, con la colaboración inestimable de los estudiantes, conseguimos remozarlas todas y que estuvieran con dignidad en la calle. D).- Con el Ateneo de Almería, del que soy socio fundador con un pequeño grupo, liderado por ese gran almeriense cuya pérdida reciente lamentamos, José María Artero. Durante dos o tres afias dimos las conferencias de apertura de curso en todos los Institutos de Ensefianza Media de la Provincia. E).- Con la Pefia Flamenca El Taranta, creación de ese impetuoso enamorado del cante jondo que es Lucas López López, al que el ayuntamiento entregó un local en ruinas y él y un grupo de generosos aficionados, con sus propios dineros han construido un monumento a la vez mágico y cordial. Mágico, porque cuando suena un cante grande entre sus muros despierta y convoca a todos los duendes de esta tierra milenaria. Cordial, porque tiene siempre sus puertas abiertas a todos los que nos visitan que allí reciben el agua bautismal del andalucismo auténtico que brota del rasgueo de la guitarra y los quejios del cante. Solamente por quererlos un poco, me hicieron Socio de Honor y después Presidente efectivo de la Pefia durante tres o cuatro años. Y hasta recibimos en mi época el premio Nacional de la Cátedra de Flamencología de Jerez. ¡Qué buena gente!.

8).- El último capítulo de mi vida política se cerró con mi eleccion a Diputado en el Parlamento Andaluz por Alianza Popular en mayo de 1982. Con el gran empresario y buenísima persona que es Adrián Martínez, hemos estado viajando a Sevilla durante cuatro afias, para llevar al Parlamento toda inquietud de nuestra tierra. Cumplimos como buenos de verdad. Fuimos Portavoces del Grupo Parlamentario en el cincuenta por ciento de las leyes que se aprobaron en la primera legislatura, entre las que recuerdo la del Defensor del Pueblo Andaluz, de Bibliotecas, de Museos, de Archivos, de Consejos Escolares, de Usuarios y Consumidores, del Juego, etc. Durante muchísimas horas la voz de A. P. en Alrnería se oyó en el Parlamento. Nuestros compafieros de

Grupo, olvidando el precepto de la Constitución dell2, fueron más benéficos que justos, pues en dos ocasiones hicieron constar en acta, sendas felicitaciones, en reuniones celebradas bajo la presidencia de D. Manuel Fraga, por supuestos éxitos en debates parlamentarios. De todo lo escrito se infiera que mi vida es la de un provinciano inquieto como hay cientos en todas partes, por lo que la Dirección de SALA DE TOGAS cumpliría con su deber tirando estas historias al cesto de los papeles, que es lo que procede según el recurso interpuesto por el autor. Ahora bien, existe una jurisprudencia popular, que yo aprendí de tres procres almerienses, que me distinguieron con su amistad y afecto y de los que guardo un recuerdo inextingible Don Javier Peña, Don Emilio Pérez Manzuco y Don Manuel Gómez Campana que me enseñaron una frase aparentemente contradictoria e injusta, pero hermosa que dice así: «Con los amigos, con razón y sin ella». Ellos la practicaron siempre siendo amigos de sus amigos, en cualquier circunstancia. Con base jurídica en este hermoso precepto popular, SUPLICO A LA SALA DE TOGAS, cuyo cuerpo de redaccion lo integran buenos amigos, publique estas notas, a ver que pasa.

Es injusticia que desvergonzadamente pido en Almería en el día de hoy.

JURISPRUDENCIA

DE LAS NOTAS YCOMENTARIOS DE NUESTRA JURISPRUDENCIA, AL DEBER DE LA TOGA. Existen varias versiones acerca de las dificultades, a estas fechas irremediables ya, para recopilar alguna doctrina y jurisprudencia civil que genera, hace propia, enseña o aplica nuestra Audiencia Provincial, y por ende para mostrarla y en lo que sea posible comentarla, en este escaparate documental. Hay quien ha expresado que es la falta de papel, papel común, soporte material de los grafismos vamos, para justificar que al Colegio de Abogados no lleguen las resoluciones civiles de la Sala; hay quien opina que el problema es que falta institucionalizar el servicio colegial de recopilación y selección de resoluciones, y hay, en fin, quien lanza algunas otras teorías que no merecen ser ni rumoreadas. Pero lo cierto, es que este Letrado no ha podido conseguir resoluciones de la Sala que comentar (puesto que en las que intervengo, las comento o lamento, según los casos, en otro sitio, como es lógico). Así que a falta de material específico para estos comentarios, me encuentro con una resolución de la Sala 3~ del Tribunal Supremo, curiosa e instructiva, tratando una cuestión puntual, como es el uso de esa prenda tan representativa llamada Toga, por los distintos profesionales dedicados a trabajar a los foros de justicia.

Antes de afrontar el texto de la resolución, creo interesante recordar que la toga es, por su origen, una prenda principal y distintiva que usaban los romanos sobre la túnica, consistente en una pieza de paño de forma semicircular, una variedad de las cuales, la «toga picta», bordada, se usaba por los aguerridos Generales cuando celebraban algún triunfo, si bien nuestros antecedentes directos habría que buscarlos entre la toga «praetexta» de los magistrados y sacerdotes, aunque haya quien coloquialmente opine que, en cuanto a Letrados se refiere, tenemos más relación con la toga «pulla», reservada a personas en duelo o en entredicho. En definitiva, cualquiera que sea el an- tecedente que le quiera encontrar cada cual, es lo cierto que la toga actualmente ha de ser considerada como prenda externa y principal de ceremonia, que usan los Magistrados, Letrados, Catedráticos etc. por encima del ordinario, como la define la Real Academia. Pues bien, resulta que el TRIBUNAL SUPREMO -Sala 3~- SECCION 7~ , en Sentencia de 20-01-92, ha tenido la oportunidad de pronunciarse sobre la problemática que genera el uso de tan distinguida prenda entre el colectivo de los Graduados Sociales, y por su interés, se reproducen las siguientes argumentaciones: «Fto. 3?: Pasaremos ahora a examinar la vulneración del principio constitucional de igualdad, que la sentencia apelada ha estimado que cometió la Administración de la Generalitat al ordenar la modificación del artículo 17-h) de los Estatutos, que redactado en términos de reconocer a los colegiados el derecho «de usar el traje profesional de la toga» fue considerado ilegal en cuanto a esta segunda cuestión. No discutido que en la Reglamentación vigente de los Graduados Sociales sólo se alude al traje profesional que es éste el que en ella se describe, el problema tiene su origen en las funciones procesales que la Ley Orgánica del Poder Judicial Jes ha reconocido en el artículo 440-3 al disponer que «en los procedimientos laborales y de Seguridad Social la representación podrá ser ostentada por Graduado Social colegiado» y en la conexión de este precepto con el contenido en el artículo 187-1, que ordena que «en audiencia pública, reuniones del Tribunal y actos solemnes judiciales, los Jueces, Magistrados, Fiscales, Secretarios y Procuradores usarán toga y, en su caso, placa y medalla de acuerdo con su rango», por lo que, según el Colegio recurrente, la identidad de sus funciones procesales con las de los Procuradores en los concretos procesos para los que se les ha reconocido esta capacidad, igual también ha de ser un derecho -o incluso deber legal- a usar la toga. La identidad funcional mencionada consideramos que efectivamente existe y que es incorrecta la tesis que remite la representación procesal de Jos Graduados Sociales a un supuesto no diferente de aquéllos en 'que la Ley permite que sea otorgada a cualquier persona que se encuentre en el pleno ejercicio de sus derechos civiles. Acredita lo dicho no solamente que la Ley Orgánica del Poder Judicial atribuya la posibilidad de la representación de los Graduados Sociales en el mismo precepto en el que consagra la facultad de las partes de designar libremente a sus representantes a los Procuradores, sino muy especialmente que la actual Ley de Procedimiento laboral, en el artículo 21, al regular la obligada advertencia a la contraparte en los casos en que la postulación procesal se vaya a efectuar por profesionales, incluya a la representación por Graduado Social como uno de los supuestos en que la advertencia es preceptiva, lo que resulta de evidente congruencia con la especial preparación que el ordenamiento jurídico les reconoce en materias laborales y de la Seguridad Social. Siendo indudable que en su literalidad el artículo 187-1 no favorece la pretensión del Colegio recurrente, es necesario que examinemos si el principio de igualdad nos obliga a una interpretación sistemática del mismo, al relacionarlo con el art. 440-3, que porrazón de la identidad funcional citada nos permita extender la eficacia de aquél a los Graduados Sociales, cuando actúen como representantes procesales de Jos litigantes. Para fundar este criterio se afirma que el artículo 187-1, al hacer el enunciado de los obligados a usar toga, implícitamente viene a afirmar que los que protagonizan de alguna forma las actuaciones judiciales a que se refiere deben usarla, porque lo que pro5 tege el precepto es la dignidad de Jos actos públicos que menciona, señalándose, además, que la omisión de los Graduados Sociales puede atribuirse al hecho de que la norma del artículo 430-3 fue introducida por vía de enmienda, lo que explicaría que aque-lla circunstancia fuese un mero olvido. subsanable por medio de la interpretación sistemática a la que hemos aludido. Siendo realmente sugestiva la argumentación que hemos reseñado, sin embargo ofrece el inconveniente de que fuerza el sentido de un texto legal en función de la pretendida acogida a un principio constitucional que entendemos que no resulta necesariamente violentado si se acepta la interpretación literal del precepto. Los interviruentes en el proceso que se citan en el mismo tienen un rasgo ordinario común a todas ellas, el de ser Licenciados en Derecho, porque, dentro de sus respectivas competencias y funciones, su cometido abarca la totalidad de los casos e incidencias jurídicas que puedan acontecer en cualquier clase de procesos. No es ésta la situación de los Graduados Sociales. Su falta de titulación adecuada para intervenir en todos los procesos los coloca en un plano de especialización motivada por la insuficiencia de la preparación jurdica que reciben para enfrentarse a Jos problemas generales del Derecho lo que explica razonablemente -desde el punto de vista del principio de igualdadque el legislador no los haya incluido al expresar a quienes se extiende el deber de usar la toga en las actuaciones forenses.

La voluntad manifestada expresa y literalmente en la Ley la avalan, además, otras circunstancias, a las que también se ha aludido en el proceso. Una de ellas es la de que la primera vez que en una ley se impone a los Procuradores el deber de usar la toga acontece cuando ya a éstos se les exigen con caraéter general el requisito de ser Licenciados en Derecho. La otra, que la justificación de la falta de cita de los Graduados Socia- les en un posible olvido involuntario del legislador, al admitir la enmienda que se tradujo en el artículo 440-3, pero cuyas consecuencias lógicas no se le habrían llevado al texto del artículo 187-1, tiene en su contra que normalmente este tipo de enmiendas, que se hacen valer por los grupos polfticos que las consideran beneficiosas para el interés público, son muy especialmente tuteladas extraparlamentariamente por las organizaciones afectadas por las mismas y por eso también es razonable pensar que las representativas de los Graduados Sociales no hayan descuidado hacer llegar a los representantes populares las pretensiones en el sentido de que enmendase también el artículo 187-1.

La conclusión que establecemos es acorde con el concepto tradicional sobre el derecho al uso de la toga. No ofrece duda que el legislador podrá mantener su uso en el ámbito mencionado o ampliarlo a quien estime oportuno. Pero lo que no procede es extenderlo mediante una interpretacion jurisdiccional no derivada de los términos precisos y claros de la norma y tampoco exigida por el artículo 14 de la Constitución».

Tal es el parecer del Alto Tribunal, que por su claridad expositiva y coherencia jurídica, no precisa, se esté de acuerdo con la regulación legal o no, que es otro tema, ningún otro comentario adicional.

José María REQUENA COMPANY

DE MI ARCHIVO Por Gerardo JIMENEZ AL VAREZ

Se me pide, por la Redacción de la Revista Sala de togas, que comente un supuesto de despacho, preferentemente con incoación judicial. Y he elegido un litigio que, por reparto, correspondió al Juzgado de 1~ Instancia Número tres de los de Almería, siendo titular, el Magistrado Juez Iltrmo. Sr. D. Baltasar Garzón.

Litigio que se caracteriza y de ahí su interés jurídico, por la singularidad de los motivos de oposición esgrimidos por los demandados.

Se inicia el pleito mediante la interposición de demanda de Juicio Declarativo de Menor Cuantía, contra sendas sociedades conyugales formadas por los demandados, sobre Resolución de Contrato de Compraventa, por incumplimiento de la obligación esencial de pago del resto del precio.

Por el Juzgado se dá lugar a la demanda. Apeláda la sentencia, la Audiencia de Granada la confirma. Y el Tribunal Supremo no da lugar al Recurso de Casación interpuesto.

Se basa la acción resolutoria, en que cada uno de los demandados, a título individual, habían adquirido, en documento privado, determinada parcela de terreno, segregada de una finca de mayor extensión; pagaron el primer plazo de la compraventa y el resto del precio, representado por letras de cambio, no se había hecho efectivo, mediante la devolución sistemática de las cambiales.

Desde el punto de vista legal, la acción resolutoria se apoyaba en los arículos 1.124 y 1.504 del Código Civil y la doctrina jurisprudencia} que los interpreta, según la cual la facultad de resolver el contrato de compraventa por falta de pago del precio en el tiempo convenido, exige una voluntad rebelde en el cumplimiento de la obligación por parte del comprador y una previa declaración de voluntad del vendedor exteriorizada en forma de requerimiento notarial o judicial dirigía al comprador de tener por resuelto el contrato; si bien la moderna jurisprudencia, ha mitigado el riesgo del lenguaje utilizado con anterioridad, reservado el término de voluntad deliberadamente rebelde, a los supuestos de impago doloso y ampliando este supuesto a aquellos contratos en los que concurran el impago prolongado, duradero, injustificado o se frustren el fin eco- nómico del contrato y las legítimas aspiraciones del vendedor (Sentencia del T. Supremo de fecha 11 de Marzo 1991, Ar. 2206). Con estos materiales, la prosperabilidad de la acción estaba garantizada.

Per'O incomprensiblemente, los demandados se oponen a la demanda, esgrimen una serie de excepciones procesales y de fondo y formulan reconversión, solicitando una indemnización de daños y perjuicios, lisa y llanamente.

En primer lugar, se alega por los demandados la desconocida figura jurídicoprocesal de nulidad de la demanda por fraude fiscal, por no estar debidamente liquidados del Impuesto los documentos privados que servían de base a la demanda, puesto que solo se había liquidado por la actora la segregación, como acto jurídico documentado y no se había liquidado la compraventa como transmisión, sujeta al 6%. Cuando la realidad es que los documentos fueron presentados en la Oficina liquidadora del Impuesto en Berja y como contenían dos negocios jurídicos distintos, segregación y compra venta, por la actora solo se liquidó el acto de segregación, a su cargo, al 0.50o/o, solicitándose de la Oficina liquidadora que, de conformidad con el artículo 125 del Regla- mento del Impuesto, se girase la liquidación de la compraventa, al obligado al pago, en este caso los compradores.

Pero lo cierto es que la falta de presentación o de liquidación del Impuesto, jamás hubiese producido el efecto procesal de nulidad de la demanda, pretendido por los demandados, sino en cualquier caso, el de inadmisión de la demanda por los Tribunales. Pero es conocida la doctrina de los Tribunales en el sentido de que, cuando se trata de una obligación fiscal, como la prevista en el Real Decreto 3050/80, de 30 de Diciembre, por la que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en orden a la presentación y admisión en juicio de los documentos que contengan hechos impositivos, el Tribunal Supremo ha matizado los efectos de su incumplimiento en el sentido «de que la falta de liquidación o presentación en la Oficina Liquidadora del Impuesto, no enerva: su validez en el orden de las relaciones civiles, sin perjuicios de la adopción por quien corresponda de las medidas fiscales y correcciones administrativas que establece la ley y en consecuencia, que el documento, sin perjuicio de esa infraccion fiscal y su correlativa sanción, surta llenos efectos probatorios al no poder una disposición de carácter fiscal invalidar el campo de las relaciones civiles sustantivas, ni la valoración intrínseca o acuerdo de voluntades plasmados en dichos documentos, los cuales, de conformidad con los artículos 1.255, 1.256 y 1.257 y concordantes del Código Civil, surtan plenos efectos en el area que le es propia. Otra de las excepciones propuestas por los demandados, consistía en el defecto de forma de la acumulación, porque, según decían, no existía identidad de títulos ni de causa entre ambos codemandados, y de esta forma, al demandarlos conjuntamente, se trataba de crear confusionismo en el juzgador, elevar la cuantía del proceso o impedirle la posibilidad de elegir libremente a sus defensores, insistiendo en la falta de liquidación del Impuesto de los documentos privados de compraventa y sus consecuencias negativas en orden a lo que ya venían sosteniendo. Pero la acumulación, como se sabe, persigue un fin utilitario y especialmente, de economía procesal, siempre y cuando el supuesto no se halle comprendido en las pro- hibiciones de los artículos 154 y 157 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Por esta razón, en el contencioso se comenta, las acciones están correctamente acumuladas: a).- Por no ser incompatibles en su ejercicio, al referirse a dos fincas procedentes de una misma finca matriz, con caracteres comunes. b).No se produce perjuicio para ninguna de las partes. e).- Se economizaba en tiempo y espacio, no agravándose sino antes al contrario, se disminuían las expensas litigiosas. d).No se alteraba la competencia ni el procedimiento, como lo probaba el hecho de que los demandados actuaban bajo una misma representación y defensa, alegaban unas mismas causas de oposición y forjulaban reconvención, en base a la misma causa de pedir. En cuanto al fondo del asunto, por lo visto, se presentó por la contraparte la nulidad de los contratos de compraventa, aunque paradógicamente, al formular reconvención, no se solicitase ningún pronunciamiento concreto a este respecto, limitándose a postular una indemnización de daños y perjuicios.

Este supuesto de nulidad de los contratos, se amparaba en los artículos 1.261, l. 27 1, l. 272 y l. 27 5 del Código Civil y se basaba, fundamentalmente, en la inexistencia de consentimiento o un vicio de tal consentimiento, extremo que ni siquiera ha sido discutido en el proceso y mucho menos, había sido objeto de la correspondiente prueba; ni que mediara el dolo previsto en el artículo 1.265 en relación con el 1.269 del código Civil, porque no pudiendo este presumirse, quien lo alega ha de probarlo; faltando en los autos una prueba tendente a demostrar que los demandados fueron inducidos a celebrar la compra-venta mediante palabras o maquinaciones insidiosas de la actor a.

Y sin que por otra parte, como tambien se alegaba, pueda estimarse el contrato viciado por inexistencia de objeto, que constituido por unas determinadas fincas, nunca podría estimarse que estaban fuera del comercio de los hombres o constituirían una cosa o servicio imposible, que es a lo que se refieren los artículos 1.271 y 1.272 del Código Civil, nulidad que tampoco podría estimarse en la mejor o peor calidad de las tierras vendidas, que era otro, de los alegatos formulados de adverso, pues en este supuesto podría constituir un defecto oculto de la cosa vendida, de los previstos por los artículos 1.484 y siguientes del Código Civil y los demandados, como compradores, no habían ejercitado la acción que les concede el artículo 1.486 del Código Civil en estos supuestos.

En cuanto a la Reconvención formulada por los demandados, en base a unos supuestos daños morales y psíquicos, ésta se limitaba, como ya hemos anticipado, a solicitar una indemnización de daños y perjuicios, que tampoco podría prosperar: a.- No se solicitaba un pronunciamiento de nulidad de los contratos de compraventa, que supuestamente, de haberse estimado, constituiría el apoyo legal de la indemnización solicitada. b.- No existía una relación de causa a efecto entre la petición de Resolución de los contratos de compraventa, por incumplimiento de la obligación esencial de pago del resto del precio convenido, promovida por la actora y las causas alegadas por los demandados con fundamento de la indemnización de daños y perjuicios, tales como ulcera de estómago, graves desequilibrios nerviosos, depresiones, ruina económica, etc. cifrándolos en la cantidad de 30.000.000 de pesetas para cada uno de ellos. c.- Como tambien se alegaba que una de las concausas de esta ruina económica, se basaba en que habían sido engañadas por la actora, porque las tierras eran improductivas a causa de su salinización, se probó po~ la actora que las fincas, de haber sido cuidadas y cultivadas, hubiesen sido productivas, como lo eran otras de su entorno. d.- De conformidad con el artículo 1.490 del Código Civil, las acciones que por estas causas los demandados podrían haber ejercitado, estaban extinguidas por el transcurso de los seis meses a partir de la entrega de la cosa vendida. e.- Por último, los demandados, que alegaban esa ruina económica provocada por el engaño de la actora al venderle unas tierras improductivas, no litigaban al amparo de los beneficios de justicia gratuita, como hubiese sido lo más lógico.

Si ya de por si resultan novedosas y extrañas las excepciones y las alegaciones articuladas de adverso, lo que destaca y resulta más novedoso o aún esta litis es la proposición de prueba de los demandados, en la que solicita, entre otras, informes del Tribunal de Cuentas del Reino, sobre las Auditorías practicadas a determinadas Empresas que, a su juicio, pudieran estar relacionadas con la actora, del Banco de España, del Ministerio de Economía y Hacienda de Jos periodicos, A.B.C., Cinco Días, Interviu, Cambio 16, Revista Mercado, pruebas que, lógicamente, no fueron declaradas pertinentes por el Juzgado. Y hasta aqui, creo haber cumplido el encargo que se me ha hecho por la Revista Sala de Togas, habiendo entresacado este pleito, para comentarlo, porque entiendo que por su peculiaridad y por sus connotaciones jurídico-procesales, lo hacen más interesante y distinto de los demás.

LOS PARTIDOS JUDICIALES

VELEZ RUBIO

Por José GONZÁLEZ LLAMAS

Me pide Sala de Togas colaboración para el Boletín-Revista y me encomienda latarea de contar algo de este Partido Judicial. Los Vélez; y he dicho bien, porque no quiero hablar de Vélez-Rubio y olvidarme de esta comarca aislada y tan lejana de Almerla. La comarca de los Vélez suena en esas tierras más bajas como algo frio y distante.

Es una zona donde el invierno nos obsequia con nieve, donde muchos núcleos de población quedan aislados haciendo muy duras las condiciones de vida.

Esta comarca del norte ve al resto de Alroería como algo lejano y un poquito hostil. La creencia de estar abandonados por la administración es algo innato a los velezanos. Es dificil asumir las dificultades de transporte hacia los centros naturales: ¿Cómo, en este mítico año '92 se le puede explicar a alguien que para un desplazamiento a la capital administrativa tengamos que levantarnos a las cuatro de la madrugada para viajar en un autobús que, tras rodar por carreteras secundarias llega a Almería pasadas las diez de la mañana, y puedes estar de vuelta a las seis de la tarde?. Eso, mientras a Murcia se va y vuelve en una mañana (en transporte público). En fin, que no se puede ocultar; que las simpatías a la comunidad de Murcia son grandes en esta zona. Pese a todo, creo que tenemos fama de hospitalarios, y los Vélez calan en los visitantes; somos cuatro pueblos: Chirivel, situado en la carretera nacional 342; VélezBianco: el pueblo señorial por excelencia; pasear por sus calles y remontar a pie esa subida al Castillo es una experiencia bonita, pero solamente apta para gente muy en forma. María: el pueblo emprendedor por excelencia; la mayor concentración de máqui- nas cosechadoras de España (más de doscientas censadas en María); el pueblo más industrial, con importantes jamoneras con peso específico a nivel nacional. Y por último Vélez Rubio; que, por decirlo en alguna forma, es la capital de la comarca, sede de los servicios de la Administración, y, entre ellos el Juzgado.

Obsequio administrativo en la nueva Ley de Planta, como sede en el vetusto edificio de la calle Joaquín Carrasco, donde al entrar uno se encuentra un anuncio en el tablón: «atención luz a 220» ... y es que la han cambiado hace dos semanas. Donde en las sesiones de juicios se tirita de frio; donde los funcionarios hacen honor a su rango, trabajando en unas condiciones pésimas en un edificio en ruinas. Se prometieron unos miHoncejos para un juzgado nuevo pero, lo cierto es que nadie ve comenzar las obras. En una revista profesional, dedicada a compañeros no me resisto a contar un detalle; o mejor, lo dejo a la imaginación, ¿cómo reaccionaríais si al entrar en un servicio viérais que algo tan elemental como es una cadena no existe y ha sido sustituido por un bastón?.

Por lo demás el~mbiente de trabajo es bueno: el Juzgado es ideal, pues con cien asuntos civiles y cuatrocientos penales, las cosas marchan al dia; los plazos pueden cumplirse y a los justiciables no se les dilatan sus asuntos, sino que ven que son muy rápidos. Asuntos los hay de todos los que permite un hábitat rural: derechos reales, verbales de tráfico y jurisdicción voluntaria se llevan la palma. En la sección penal mucho deviene a faltas; y procedimientos abreviados: parece ser que no somos malos del todo.

Un artículo como este por fuerza tiene que personalizar, y hacer referencia a dos jueces emblemáticos: el primero es Hilario Sáez; el antiguo Juez de Distrito, y el que en Vélez-Rubio ha sido el Juez de toda la vida; el que nos llenó las alforjas de buenos consejos que todavía hoy utilizamos: un Juez de Distrito que llegó a Vélez-Rubio para un mes, y a los veinte años se despedía después de haber agotado todas las prórrogas para no ascender cuando se unificó el escalafón. El mismo, que hoy Magistrado en Murcia, nos sigue visitando cuando puede. Y cómo no; El primer Juez de la 1~ Instancia de la nueva época del Juzgado (omití decir que el Juzgado de Vélez-Rubio data del siglo pasado, y que hasta finales de los 60 era de Juzgado de l ~ Instancia) y me refiero a Diego Alarcón: el entrañable amigo Diego que en estos días pasa por el trago de perder a otro Diego Alarcón. Trece meses al frente de un Juzgado dando una auténtica lección de buen Juzgador, imponiéndose como Juez, trabajando sus sentencias como él sabe e imprimiendo un dinamismo en el Juzgado que hizo pasar el trauma de la reconversión de Juzgado de Distrito sin que nadie lo notara. no hay duda, conociendo sus orígenes a nadie le extrañó, y es que con las mimbres de sus años de experiencia, era muy fácil ser luego un buen Juez.

Y eso es todo; no sé si he sido gráfico para hablaros de los Vélez, pero eso tiene fácil solución: quedais invitados a venir.

GRACIAS AFERNANDO PALACIOS POR SU «MOTA DE POLVO»

La mañana del domingo víspera de Reyes ha despuntado bien. Presagiaba quizá una deliciosa tarde de Cabalgata a cargo de Melchor y sus colegas de Oriente. La culpa ha sido de Fernando Palacios y de su sueño.

No es el pedagogo musical, Fernando, excesivamente pródigo o, al menos, divulgado como compositor, pero esta vez ha irrumpido ante mi como un ciclón gratificante. Su sueño, «la mota de polvo»; escrito y musicado por él mismo, no sólo distrae y deleita sino que entusiasma y relaja. Cuando el narrador Rafael Taibo leía esta mañana el cuento de Palacios en T.V.E. y se acompañaba de la orquesta dirigida por Comissiona traduciendo musicalmente tan bella creación imaginativa y literaria, el alma se extasiaba y el estress y las tensiones de la semana encontraban un remanso de paz.

Solo un espíritu tranquilo y un alma sensible pueden soñar así, tan dulcemente. Un elemento tan simple, tan desdeñable una «mota de polvo» en el vacío, se agigan: taba progresivamente por la obra ingente de la fértil imaginación de un soñador. Fernando Palacios, por boca del magistral narrador de televisión nos contaba en la primera doiTÚnica del Año Nuevo, las peripecias de una mota de polvo inmóvil en un país del espacio, sin personas ni seres vivos sin plantas ni suelo, sin agua y sin nubes. Si~ nadie, sólo ella, la mota. Su letargo aburrido despierta con las caricias de una brisa que la balancea hasta transportarla, arreciando el temporal, por regiones y paisajes con plantas carnívoras, con pulpas gigantes cuyas pisadas mortíferas ha de eludir con cabriolas y danzas rítmicas, hasta hermanarse con otros seres más afines que allí la esperaban: el punto, la pelusa ... El punto se extendía ante ella convirtiéndose en línea y cobrando las figuras de sinusoide, espiral, escalinata ascendente. La mota de polvo convivió y disfrutó con ellos y, en el éxtasis de gozo, «añoró volver a su casa». Pero regresó a su mundo de silencio, quietud y calma chicha, a su país de la nada, bien adiestrada y enseñada, y allí comenzó a inventar y desarrollar trepidantemente sus movimientos aprendidos, en el plasticismo más cautivador.

Ese es, en síntesis, el cuento que yo recuento, fusilado y maltrecho por mi deficiente memoria y capacidad literaria. Por contra, unos instrumentos musicales le dieron la vida en la pantalla del televisor. Mientras el prodigioso lector desgranaba el texto onírico, un consagrado solista, Ramón Barona, marcaba con su clariente los saltos y acrobacias de la mota de polvo en su aventura sideral.

Toda la orquestación iluminaba los espacios celestes percibiéndose la proximidad, la lejanía, el silencio y el jolgorio armónico de la mota y sus amigos. Silencios, contrapunto, melodía y melodías acompañadas. Para mi ha sido un descubrimiento y una gozada. Si no hubiera oído el comienzo del cuento tal vez no me hubiera detenido a escuchar tan raro y -para mi ignorancia musical- deshilvanado concierto.

Gracias, otra vez, Fernando Palacios. Esta mañana me has dado el mejor yoga y has aderezado el comienzo de la jornada con bálsamo de sosiego para mi espíritu. Ahora comprendo por qué nos agrada- bas tanto en un antiguo espacio de televisión, «la caja de música», en el que - presentándote cada tarde con «atuendo camisero» distinto, tu frívolo hobby, y despidiéndote con el «adios y adios», ¿recuerdas?- entrevistabas a los compositores e instrumentistas, a veces explicando la fabricación y el sentido de los más sofisticados, o simples o extraños instrumentos; y siempre con faz serena, palabra sencilla y tono coloquial, conocimiento profundo y, sobre todo, reflejando alma hipersensible y paz de espíritu. ·Por eso has soñado, escrito y musicado «la mota de polvo»,

No nos has explicado el mensaje de tu narración, pero creo que no hace falta; al menos todos podemos extraer nuestra propia interpretación o nuestra lectura, como se dice ahora.

Yo quiero ver en la mota de polvo un destino de todos los seres, por insignificantes que parezcan, una singladura a seguir desde la nada y la quietud al esfuerzo, la superación y la innovación. Y un impulso, como experimentó la mota de polvo en el paraíso de los puntos y pelusas, al regreso, aunque fuera transitorio, tu talento fructificado en el reino de los que no tuvieron esa suerte. Ellos lo demandan.

Si se aporta con arte, música, mística y poesía, mejor. Si no, también hay quemover, remover y aún demoler hasta dotar dignamente al reino del silencio, de la nada o de la carencia, al que volvió la mota de polvo, aunque duela y haga heridas. Gracias, de nuevo, Fernando.

Emilio ESTEBAN HANZA

ACERCA DE LOS RESULTADOS DE LAS ELECCIONES ALA JUNTA DE GOBIERNO DEL DIA 20 DE DICIEMBRE DE 1991

Como cuestión previa, hay que hacer constar la imposibilidad de llevar a cabo esta exposición de datos sin la labor realizada el día de las elecciones por ANTONIO CORDOBA, quien, en el ordenador de la biblioteca, fue tomando, uno a uno, el resultado de los escrutinios, debiendo hacer constar, además del agradecimiento a su labor, el reconocimiento de la calidad de la misma, pues, efectuado el recuento mecánico de sus datos, resultó exactamente el mismo que en el recuento manual, lo que supone la total ausencia de fallo en su trabajo.

La labor consistió en gravar ·la lectura de cada una de las papeletas, mediante el uso de unas sencillas claves: 1. - Candidatura completa encabezada por Ramón Muñoz Sánchez. 2.- Candidatura completa encabezada por José Manuel de Torres. R.- Ramón Muñoz Sánchez. T.- José Manuel de Torres Rollón. F.- Fausto Romero-Miura Giménez. E.- Enrique Sánchez Gómez A.- José Arturo Pérez Moreno C.- Santiago Martínez Cabrejas S.- Federico Soria Fortes Ñ.- José Manuel Castañeda Fábrega G.- Gabriel Alcoba Salmerón M.- José Manuel Giménez Miranda K.- M~ del Carmen Moneada García 0.- José Carlos Castells Ortells. B.- Juan Bias Martínez Sánchez. Z.- Concepción Castro Ariza. La grabación de datos se hizo mediante registro del contenido de cada papeleta, usando esas claves, de modo que al final del recuento, obtuvimos una lista del contenido de todos los votos emitidos. De ese modo, los resultados de esa lista fueron los siguientes agrupados por papeletas que tuvieron igual contenido: l.- Candidatura completa R. Muñoz . 2.- Candidatura completa J.M. Torres: A .............................................. . AS ............................................. . E

OZ ................................... . EAÑMOB ..... .............................. . EASGKB .................................... . ECÑGKZ .................................... . ECÑMOZ ................................... . MO

FJERCS.

NO FJERS.

1 1 l

B ................................ .

MO .................................. . R

S ........................................ . R

SMOZ ................................. . RAM .................................... . R AÑ ........... ........................... .. R AÑMKZ ................................ . R ASGKB .................................. . R ASGKZ .................................. . R CSMKB ................................. .

REASGK .................................... . REASGKB .................................. . REASGKZ ......... ..................... ... . . REASGOB ............................ . ..... . REASMKB .................................. . REASMOB ................................. . REASMOZ ................................. . RECSGKZ .................................. . RF

KB ................................. . RF ÑMKB ................................. . RFAÑGKB .................................. . RFAÑGKZ .................................. . RFAÑMOZ ................................. . RFASGKZ .................................. . RFASGOB ..... ... .......................... . RFASMKB .................................. . RFASMO .................................... . RM ............................................ .

T ······· ·· ···························· ··········· T

1 3 l 6

2 1 l 2

1 2 l 4 1 1 2

SM B ........ : ........................ .

SMOB ......... .. .. ....... ............ .. T AS .................. ... ........ .. ... ...... . T ASGOB .................................. . T ASM Z ................................ .. T ASMOZ ................................ .. T e GKB .............. ........ .......... .. T CSMKB ...... . .......................... . TE

O ................................... . TE

M .................................... .. TE ÑMKZ ................................ .. TE ÑMOB ................................. . TE SGKB .................................. . TE SMOZ ................................ .. TEA GOZ ........ .. .... .. ................. . TEAÑ

B ................................ .. TEAÑGKB ................................. .. TEAÑGKZ ........... ................... ... .. T EAÑGOZ .............................. ... . T EAÑGZ .................................. .. . TEAÑMKB .................. ... .... ....... .. TEAÑMKZ ................................ .. TEAÑMOZ ......................... . ...... .. TEASGKB .................................. . TEASGO .............. .... ............ ...... . TEASGOB .................................. . TEASGOZ ............. ....... .. .. .......... . TEASM B ................................ ..

TEASMKB .................................. . TEASMOB .................. ..... . .......... . TEASMOZ ............................ ...... . TECÑ MKZ ... .............................. . TECÑMOB .... ... ......................... .. TECSGOB ...................... ... ......... . TEeSM 8 ................................. .. TECSMOZ .................................. . TF SG 8 ................................. .. TF SGKZ ................................. .. TFA GOB ................................. . TFAÑGKB ................................. .. TFAÑMKB .......... ...................... .. TFAÑMKZ ................................ .. TFAÑMOB ....... ... ...................... .. TFAÑMOZ .. .............. . ............... .. TFASG ... .... . ............................... . TFASGKB ........................... ....... . TFASGOB ........ .......................... . TFASGOZ ......... . ........................ . TFASMKB ......... .... .................... .. TFASMKZ ................ .................. . TFASMKZ .................................. . TFASMKZ ................................. .. TFASMOB ... .............................. .. TFCÑMKZ ............. .................... . TFCS OB ...... ... .. ....................... .

El análisis es preciso hacerlo ahora por cada uno de los grupos existentes.

Se dejan al margen las papeletas que no contienen más que 1, 2 ó 3 votos, por no considerarlas representativas. El primer dato que resalta es la enorme diferencia existente, entre ambas candidaturas, en cuanto a número de votos emitidos para la lista completa, especia.l mente en el apartado de colegiados no ejercientes.

Una segunda cuesúón interesante es la del número de colegiados que votaron una lista completa, pero cambiaron al candidato a Decano, sustituyendo a Ramón Mu ñoz por José Manuel de Torres Rollón; así ocurrió en 11 papeletas de ejercientes y 4 de no ejercientes.- No se produjo el caso contrario. Hubo también muchos casos de voto de los candidatos a Decano con candidatos que en su mayoría eran de la otra lista. Así ocurrió en los siguientes casos:

FJERCS.

REASMOB .............. ...... ............. . REASMOZ ................................. . RECSGKZ .................................. . R

SMOZ ............ ........... ......... .. R AÑMKZ ............ ....... ............ .. RFAÑMOZ ....... ... ...... .. ............... . SM B ................................. . T

T AS ...... ... .......................... ..... . T ASGOB ........................ .......... . T e GKB ................................ .. T eSMKB ................................. . TE SGKB .......... ........ .. .. ............ . TEA ÑGKB .................................. . TEASGKB .................................. . TEASGO .................. ..... ............. .

NO FJERS.

TEASGOB ........... ...................... .. TEASM B ................................ .. TEASMKB .................................. . TF SG B ................................. .. TF SGKZ ........................... ...... .. TFA GOB ...... ........................... . TFAÑGKB .... .............................. . T FAÑMKB ................................. . TFASG ....................................... . T FASGOB ................................. .. TFASGOZ ................................. .. TFASMKB .................................. . TFASMKZ .................................. . TFASMOB .................................. . TFeS OB ................................. .. TOTAL ............. ..

Asimismo, fueron numerosas las papeletas con votos a favor de los candidatos a Decano con candidatos que, aunque no en mayoría, eran de otra lista. Los casos son tan numerosos que no procede su enumeración. Los casos en que se \Otó juntamente a Ramón Muñoz con Enrique Sánchez, fueron los siguientes: REASGK ................................... .. REASGKB .................................. . REASGKZ .................................. . REASGOB .................................. . REASMKB ........... . ...................... . REASMOB ......... .. ..................... .. REASMOZ ................................. . RECSGKZ .................... .............. .

TOTAL ............. ..

Por su parte, el supuesto contrario (José Manuel de Torres y Fausto Romero-Miura) se dió en las siguien tes papeletas: TF SG B .............................. .. .. . TF SGKZ ............. .......... ........... . TFA GOB ................................. . TFAÑGKB .............................. .... . TFAÑMKB ................................. . TFAÑMKZ ................................. . TFAÑMOB ................................ .. TFAÑMOZ ................................. . TFASG ....................................... . TFASGOB .................................. . TFASGOZ .................................. . TFASMKB ................................. .. TFASMKZ ................................. .. TFASMKZ .................................. . TFASMKZ .................................. . TFASMOB .................................. . TFeÑMKZ ................................. . TFeS OB .................................. .

En cuanto a los cargos, fueron varias las papeletas que no se pronunciaron por ningún candidato para alguno de los cargos; tales fueron:

DECANO:

EAÑMOB .................................. .. EASGKB .................................... . EeÑGKZ .................................... . EeÑMOZ ................................... .

M .................................... . T ........................................ ...... .. T o

SM B ................................. . T

SMOB ................................ ..

DIPUTADO 1?: R R R R R T T T T T T

SMOZ ................................ .. AÑMKZ ............................... .. ASGKB ................................. .. ASGKZ ................................. .. eSMKB ................................. . SM B ................................ .. SMOB ................................ .. AS ........................................ . ASGOB ................................. .. ASM Z ................................ .. ASMOZ ................................. . T e GKB ................................. . T eSMKB ................................ ..

TOTAL ....... ....... .

O ................................... .

TE TE TE TE TE TF TF

M .................................... .. ÑMKZ ................................ .. ÑMOB ................................. . SGKB .................................. . SMOZ ................................. . SG B .................................. . SGKZ ................................. ..

DIPUTADO 4?:

GKB ................................ .. O ................................... . M ..................................... . TFA GOB ................................ .. TFA GOB ................................. .

TE TE

TOTAL .... .... ...... .

TESORERO: DIPUTADO 2?: RF KB ................................ .. RF ÑMKB ................................. . o ................................... . 13

T AS

TEAÑ

B ........ ... ...................... . TFCS OB ............ ... ........... .. ...... . TOTAL .............. .

TEASM B ................................. . TOTAL ........ ...... .

SECRETARIO:

REASGK ................................... .. RFASMO .................................... . T AS ...... . ................................ .. TE

O ................................... . TE

M ..................................... . TEAÑGZ .................................... . TEASGO .................................... . TFASG ...................................... .. TOTAL .............. .

CONTADOR:

SM B ... .. .. ...... .................... . T . AS ........................................ . T ASM Z ................................ .. TE

M .................. .................. .. TEAÑ

B ................ ................ .. TECSM B ............. ............... ...... . TF SG B ................................. .. TFASG ............... ....... ................. .

ALMERI.A, Diciembre de 1991

RESULTADOS GENERALES DE LAS ELECCIONES DEL COLEGIO -20 DICIEMBRE 1991-

Ramón Muñoz ..................... José Manuel Torres ............... Fausto Romero-M. .. .............. Enrique Sánchez ................... José Arturo Pérez ................. Santiago M. Cabrejas ............ Federico Soria ...................... JÓsé M. Castañeda ................ Gabriel Alcoba ..................... José M. Miranda .......... ........ M~ Carmen Moneada ............ José Carlos Castells ............... Juan Bias Martínez ............... Concha Castro Ariza ............. Votos en blanco .................... CENSO ............................... PARTICIPACION ................

EJERS. 119 125 127 100 185 50 175 64 148 91 134 101 151 86 5 541 257 fiJo VOTOS

48.8% 51.2% 55.9% 44.1% 78.7% 21.3% 73.2f1Jo 26.8% 61.9% 38.1% 57.0% 43.0% 63.7% 36.3% 1.9% 100.00% 47.50%

NO EJS. 40 19 43 13 51 2 50 6 47 10 41 14 46 10 1 206 60

%VOTOS 67.8% 32.2% 76.8% 23.2% 96.2% 3.8% 89.3% 10.7% 82.5% 17.5% 74.5% 25.5% 82.1% 17.9% 0.4% 100.00% 29.13%

PUNTOS 278 269 297 213 421 102 400 134 343

%PUNTOS 50.8% 49.2% 58.2% 41.8% 80.5% 19.5% 74.9% 25.1% 64.1% 35.9% 58.9% 41.1% 65.7% 34.3% 2.3% 100.00% 44.57%

MEDIA VOTOS POR LISTA

Lista R. Mufioz .. .... ............... ... Lista 1.M. Torres ......................

%MEDIO EJERCIENTES

%MEDIO NO EJERCIENTES

%MEDIO PUNTOS

58.90% 34.98%

75.71% 17.62%

68.74% 35.01%

DIFERENCIAS ENTRE LA MEDIA DE CADA CANDIDATURA Y CADA CANDIDATO

Ramón Muñoz ........................ .. José Manuel Torres ................. ..

-10.13% 16.25%

-7.92% 14.58%

-17.92% 14.17%

Fausto Romero-M. .. ................ .. Enrique Sáncbez ................ ...... ..

-2.95% 9.08%

1.07% 5.60%

-10.51% 6.76%

José Arturo Pérez .................... . Santiago M. Cabrejas ................ .

19.82% -13.70%

20.51% -13.85%

11.75% -15.50%

Federico Soria .......................... José M. Castañeda ..... ...... ..... ... .

14.320Jo -8.20%

13.57% -6.90%

6.16% -9.91%

Gabriel Alcoba ......................... José M. J. Miranda ... .... ............

3.02% 3.10%

6.74% -.08~o

-4.63% ,88%

M~ Carmen Moneada ................ José Carlos Castells ...................

-1.88% 8.00

-1.17% 7.84%

-9.89% 6.14%

Juan Bias Martínez ..... ............... Concha Castro Ariza .................

4.81% 1.31%

6.43% .24%

-3.08% -.67%

NCHA CASTRO ARI2A :o :1:... ~:::h :;;:¡: ll"'lln::!M :H 'I' :H: H'''ll!::

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MUROZ ...J 1[]1 :::::¡; :lE: ll'''lln::~llll'•tii.J :lE: l...

(7~2%)

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1c: ,¡::~u :IIJ :IH: :E: ...J ( ::11.. ~:::~ ·'' ¡¡:::¡,;:..·::)

El día 20 de Diciembre de 1991 se celebraron elecciones en el Colegio de Abogados para los cargos de Decano, Diputado 1?, Diputado 2?, Diputado 4?, Tesorero, Contador y Secretario. Hubo dos candidaturas completas para diChos cargos. Una integrada por Ramón Muf\oz Sánchez, Fausto Romero-Miura Giménez, José Arturo Pérez Moreno, Federico Soria Fortes, Gabriel Alcoba Salmerón, María del Carmen Moneada García y Juan Bias Martínez Sánchez. Y la otra integrada por José Manuel de Torres Rollón, Enrique Sánchez Gómez, Santiago Martínez Cabrejas, Jose Manuel Castaf\eda Fábrega, José Manuel Giménez Miranda, José Carlos Castells Ortells y Concepción Castro Ariza. Resultó elegida la primera candidatura completa, quedando la Junta de Gobierno constituida así: Decano Diputado 1? Diputado 2? Diputado 3? Diputado 4? Tesorero Bibliotecario Contador Secretario

Ilmo. Sr. Don Ramón Muftoz Sánchez Don Fausto Romero-Miura Giménez Don José Arturo Pérez Moreno Don Juan Miguel Milán Criado Don Federico Soria Fortes Don Gabriel Alcoba Salmerón Don Fancisco Caparros Torrecillas D~ María del Carmen Moneada García Don Juan Bias Martínez Sánchez

Toma de posesión de M~ del Carmen Moneada García como Contador de la Junta de Gobierno.

LISTAS ABIERTAS ¿POR QUE? Victoriano GUILLÉN VlYANCOS

Remansado el ligero o leaje producido por las pasadas elecciones de cargos de la Junta de nuestro Colegio y ya sentados en sus respectivos sitiales rectores los compañeros que recibieron la confianza y el apoyo consiguiente de la mayoría de los que asistimos a los comicios que no eramos, en conjunto, sino una minoría de los que debíamos haber acudido aquel día -punto <<negrO>> que exigiría un más extenso comentario, y merecería su hueco en estas mismas páginas-, quiero dedicar un poco de tiempo a verter en ellas, ahora, en el marco de éste, nuestro periódico profesional, mi criterio -no uso las tópicas y manidas calificaciones de «humilde» ni «modesto», porque siempre he huido de la hipocresía, ya que la autoaplicación de estos calificativos y similares es un claro reflejo de esta «no virtud». Nadie que se atreve a publicar su opinión o cualquier idea propia o asimilada sobre un determinado tema, las considera de aquella manera, sino, por el contrario, muy importantes, acertado ... y ¡definitivas! A la conciencia de mis queridos compañeros que han tenido y tienen la tentación de asomarse a las ventanas de los medios de comunicación o «mass-media», como dicen los cada día más numerosos pedantes «americanizados», dejo la confirmación de «MI» aserto.

También, antes de «entrar en el fondo» de este trabajo -hay que llamarlo de a lguna manera- quiero dejar bien sentado que con estas líneas, ratifico la enhorabuena que aquel día, terminado el escrutinio, formulé a los agraciados- no haya la menor referencia al físico, ¡eh!- subsanando, de paso, la falta hacia algunos que no la alcanzaron personalmente. Asimismo, en aras de la justicia y de la equidad, claras virtudes y principios de insoslayable observancia y de las que debemos hacer gala y objetos de constante ejercicio, todos los que «le hemos metido mano» -equivalente moderno de abrazar- a esa hermosa dama llamada «Licenciatura de Derecho», he de extender la misma enhorabuena a los que intentaron el fracasado asalto al puente de mando de nuestro navío, por su evidente «victoria moral» y el «goal average que el apretado «tanteo» de la pugna electoral le supondrá para el próximo «encuent ro». Como veis, aún recuerdo mis ya lejanos tiempos de fervor y apasionamiento balompédicos.

Y siguiendo el evidente p ropósito de este preámbulo o inciso previo, a la exposición objeto y fin de estas líneas, partiendo de que como bien sabe todo el que me conozca un poco, mis preferencias y mi voto estimo que tengo derecho, pese a su carácter secreto a revelarlo fueron para la candidatura «rebelde», sobre todo, por uno de sus componentes con el que todos, y él mejor que nadie, sabeis estoy ligado, no sólo por las naturales razones de amistad y compañerismo, sino, además, obligado por respeto «docente» y agradecimiento personal muy merecido por su parte, quiero dejar muy claro que me alegro con toda sinceridad que nuestro flamante, pero sempiterno, Decano pueda continuar su anterior mandato en la nueva y magnífica sede colegial, a cuya gozosa realidad ha contribuido, incuestionablemente, con ilusionada dedicación y nada leve esfuerzo, sin olvidar a todos lo que le han secundado para tal logro, en especial, al malogrado y magnífico profesional cuyo nombre, estoy seguro, tenemos todos en sitio preferente de nuestra memoria.

¡¡Bueno! por fin hemos llegado ya al momento de hablar del tema con que encabezo este necesario -para mi, desde luegodesahogo. Ignoro quién haya podido ser el autor de la «parida» -perdón porque, en antención a la circunstancia de hablar a compañeros y amigos, me permita esta licencia coloquial- de que la votación se efectuara por el sistema de «listas abiertas». Dicho método, no sólo conveniente sino necesario, por su indiscutible sello y espíritu democráticos, en el campo de la política en general, es contraproducente y perjudicial en nuestro especial y exclusivo ámbito. Y voy a explicarlo.

Cuando acudimos a las urnas para cumplir el inexcusable deber que nos impone nuestra condición de ciudadanos de un Estado de Derecho democrático y que tiene, como uno de los principales valores, proclamado en el primer párrafo del primer artículo de su Norma Suprema, el pluralismo político, nos encontramos con que hemos de elegir para que, dentro de las variadas ideologías, legalmente aceptadas, nos representen en las Instituciones del Poder Legislativo, a los señores, individuos o sujetos que la cúpula dominante de cada partido ha señalado imperativamente con flagrante vulneración e, incluso, vejación y desprecio de la propia y genuina esencia de la DEMOCRACIA, impidiéndonos así a los auténticos depositarios del PODER, como claramente establece el mismo artículo de la C.E. ya citado, en su segundo párrafo -perdón otra vez por estas pedantescas citas, ya que si las hago es sólo para el hipotético caso de que estas líneas puedan ser leidas por algún profano en Leyes- que ejerzamos plenamente y con total libertad esa soberanía que, afortunadamente y por ahora, se nos ha reconocido, que no tendría obstáculo alguno para su ejercicio, en el caso de que las listas fueran abiertas, ya que, entonces, podríamos escoger entre los hombres que compartieran nuestra respectiva ideología y concepto del mejor sistema político para lograr la justa sociedad que todos deseamos, a quienes, en nuestro subjetivo criterio, consideráramos más capacitados y más ¡HONESTOS! para ocupar los importantes y decisivos puestos del gobierno de nuestra nación. Así, de esta forma, cualesquiera que fueran los elegidos, existiría una plena identificación y afinidad entre ellos, es decir, la sólida garantía de que nue.stras aspiraciones se intentarían alcanzar y por el medio más acorde con nuestro respectivo pensamiento e ideología. Sin embargo, en nuestro concreto y particular espacio corporativo, ha de tenerse en cuenta que las candidaturas que se nos ofrecen para que señalemos a quienes han d.e ocupar los cargos rectores del Colegio, están constituidas por compañeros que, previamente y tras alguna que otra reunión, han coincidido, por su forma de pensar, en sus ideas, proyectos y organización de la vida colegial. En consecuencia, cada Candidatura es un conjunto de hombres con una afinidad de principio, que asegura si no una completa y permanente unanimidad, sí, desde luego, que las decisiones que adoptaran no se verían entorpecidas por discusiones inútiles y negativas derivadas de disparidades ajenas a la función y finalidad de su misión de rectores de la Corporación común aTODOS nosotros, con el consiguiente beneficio para la eficaz y buena marcha de ella. Por el contrario si, como se ha hecho ahora, estas candidaturas se nos ofrecen abiertas para que cada uno espiguemos de entre ellas, los compañeros que estimemos, subjetivamente, más idóneos para los respectivos cargos, como han hecho muchos irrenexivamente -¡perdón, una vez más, pero este es «M I» criterio- esta ocasión, se obtendría una Junta «trufada» que ya llevaría consigo, de origen y dada la deleznable con- dición humana, el germen de discusiones y luchas internas debidas, las más de las veces, al lógico antagonismo de quienes, perteneciendo a grupos bien diferenciados-lo que nadie puede negar racionalmente se daría, ya que el simple hecho de integrarse en candidaturas distintas revela diáfanamente que no se está de acuerdo con la mentalidad de los adversarios- no estaría conforme con casi ninguno, por no decir todos, de los proyectos o ideas que presentara quién no sólo no estaría en su línea, sino, a veces e inevitablemente -somos así, desgraciadamente- estaría enfrentado personalmente.

Las consecuencias de este seguro ambiente dentro de la Junta, lógica e indefectiblemente, no redundaría en beneficio para nuestro Colegio, sino, muy al contrario, en evidente perjuicio para lo que debe ser nuestra común aspiración y meta, una abogacía limpia, en su sentir y actuar, fiel a su Código deontológico y una administración de la Justicia segura y nuida, rápida y eficaz; todo ello en garantía de los intereses de quienes depositan en nuestras manos, confiando en la máxima entrega y plena contribución del «leal y buen saber» de un profesional de las Leyes, la defensa de sus derechos.

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«GALERÍA S-6 JURISPRUDENCIA (De las notas y», Sala de Togas, n.º 14, abril 1992, pp. 2-34.

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