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Sala de Togas, revista del Ilustre Colegio de la Abogacía de Almería

CARMEN DE BURGOS

‘LA DIVORCIADA’

Cuadernos Literarios n.º 8, , página 3–4

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JULIO 2018

CARMEN DE BURGOS ‘La divorciada’

_Por Mª del Carmen LOPEZ SARACHO. Col. 2.163 inalizaba 1.903 cuando Carmen de Burgos, firmando como Colombine (pseudónimo que rememoraba la figura femenina de la Comedia del Arte Italiana) publica en su columna del Diario Universal, “Lecturas para la mujer”, el siguiente anuncio recibido de un destacado y notable escritor de la época (Vicente Casanova):

“Me aseguran que muy en breve se fundará en Madrid un “Club de matrimonios mal avenidos”, con objeto de exponer sus quejas y estudiar el problema en todos sus aspectos, redactando las bases de una ley de divorcio que se proponen presentar en las Cámaras” El artículo 52 del Código Civil de 1.889, redacción originaria vigente en la fecha de la misiva, regulaba como única causa de disolución del matrimonio la muerte de uno de los cónyuges. Era la misma redacción del Código Civil que trataba jurídicamente a la mujer como una menor de edad o incapaz, sujeta a la potestad o tutela del varón, quien la representaba (artículo 60), debiendo protegerla y sometiéndola a su obediencia (artículo 57), llegando su limitación a tener que obtener licencia o poder del mismo para adquirir bienes a título lucrativo y oneroso, enajenarlos o contraer obligaciones (artículo 61). El esposo era quien administraba los bienes gananciales (artículo 59). Con ese anuncio en su columna, bajo el título de “El pleito del divorcio” nuestra autora almeriense, fue una de las pioneras en introducir el debate de la regulación del divorcio en España. Colombine lanzó una encuesta, un plebiscito, para saber la opinión de los lectores sobre el tema tan controvertido. La primera carta

> Portada de la edición de su conferencia “La Mujer en España” ofrecida en 1906, en plena lucha reivindicativa. (Archivo Roberto Cermeño) recibida lo fue de una lectora anónima agradeciéndole la introducción del “asunto tan importante para la mujer”. Meses después tuvo que interrumpir la encuesta por presiones recibidas provenientes de los sectores más conservadores y moralistas de la sociedad (de ahí que empezaron a denominarla “la divorciadora”). Nace así en 1.904 el ensayo “El divorcio en España” como un compendio de todas las misivas recibidas y que no pudieron ser publicadas.

En dicho ensayo, Carmen de Burgos recoge todas las cartas recibidas de los simpatizantes y detractores del divorcio (e incluso los agnósticos), dividiendo la obra en dos partes: la primera correspondía las misivas recibidas de notables artistas, escritores, y políticos (los menos y se abstenían) y en general ilustres representantes de la época; en la segunda parte, la opinión de los lectores. Contestaron así escritores de la denominada “Generación del 98” como Pío Baroja y Azorín, no partidario el primero y si el segundo, ‘o Unamuno tan ambiguo como Emilia Pardo Bazán. Pérez Galdós no atendió a dicha petición de la autora, pese a ser requerida su opinión en dos ocasiones. No todos querían posicionarse sobre el tema. El resultado de tal encuesta fueron 1.462 votos a favor y 320 en contra de la regulación normativa del divorcio.

Años después, en 1923, Carmen de Burgos publica “La Malcasada”, quizás la obra más autobiográfica de su numerosa proyección literaria. Dicha novela es una crítica descarnada a la desigualdad del papel de la mujer en el matrimonio, situación avalada por la sociedad y por el sistema político y legal que imperaba. Describe así sus personajes como seres caricaturescos, provincianos, mujeres resignadas a la aceptación de su posición respecto al hombre, sumisas, incultas, cuyo único objetivo en sus vidas es la búsqueda de esposo para culminar su fin existencial: el matrimonio y la procreación. Frente a estos personajes de una Almería en Feria, destaca la protagonista, Dolores, de espíritu reivindicativo e inconformista, sometida al escarnio social y familiar. Dolores quiere pero no puede divorciarse, lo que la somete a un estatus especial, de tutela, de encarcelada, dependiente, sin posible salida. En esta situación de

4S T d angustia llega a contratar los servicios de un joven abogado del que se enamora, hijo de unos vecinos, quien infructuosamente puede defenderla al no estar amparados sus derechos por legislación alguna. Le es nombrado, pues, un depositario

(primer trámite cuando una mujer instaba la separación), saliendo así de la patria potestad del marido para pasar a la tutela familiar y posteriormente a la judicial. Dolores es la voz narrativa de la autora.

Carmen de Burgos no fue feliz en su matrimonio y era consciente de la situación de dependencia de la mujer, imposibilitada social y jurídicamente a una emancipación propia. Por ello cursó estudios de magisterio en Granada, llegando a crear una escuela para niñas pobres en Almería, puesto que dejó al obtener una plaza por oposición en la escuela de Maestras de Guadalajara.

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La seña de identidad de nuestra progresista almeriense fue siempre la denuncia de la injusticia y de la desigualdad. Fue propulsora y pionera en la defensa de la igualdad de la mujer, promoviendo campañas a través de sus artículos, columnas, ensayos y novelas. Era fiel garante de la educación de la mujer como mecanismo para dignificarla, para conseguir su emancipación e independencia económica. Pero además, la educación daba a la mujer el poder de hacerse oír, de opinar, de pronunciarse, y de luchar así contra la discriminación social y legal. Si podían votar las mujeres, podían decidir, podían ser partícipes en la construcción de una sociedad junto a los hombres, sin discriminación por sexo. «No es la lucha de sexos, ni la enemistad con el hombre», explicó en “ La mujer moderna y sus derechos” (1927), «sino que la mujer desea colaborar con él y trabajar a su lado».

Esta misma temática existente en su producción literaria y periodística se reflejó en novelas cortas como “El artículo 438”(1921) donde denunciaba la permisibilidad legal del Código Penal para justificar el asesinato de la mujer adúltera por parte de su cónyuge o en “Ellas y ellos o Ellos y ellas” (1916) en el que aborda la homosexualidad buscando la permisividad social. Son múltiples los ensayos donde queda patente su activismo político, llegando a liderar la “Cruzada de mujeres españolas” en defensa del sufragio femenino. Nada más proclamarse la II República, la Constitución de 1931 en su artículo 43 reconoció ya en el matrimonio la igualdad de los derechos entre hombre y mujer, existiendo la posibilidad de su disolución por mutuo acuerdo o a petición de cualquiera de los cónyuges con alegación de justa causa. Carmen fue testigo de tan avance normativo, pero “la divorciadora” no pudo ser divorciada, pues falleció el mismo año en que fue aprobada la Ley de divorcio en 1.932. A pesar de ello, su matrimonio quedó disuelto por la muerte de su esposo, pero ella mucho antes había alcanzado la libertad con su pensamiento progresista y revolucionario.

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Cómo citar

«‘LA DIVORCIADA’», Cuadernos Literarios, n.º 8, julio 2018, pp. 3-4.

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