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Sala de Togas, revista del Ilustre Colegio de la Abogacía de Almería

PRESENTACIÓN

Cartas al director

Sala de Togas n.º 79, , página 7–9

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OPINIÓN

La Abogada Iraní condenada por el régimen de los ayatolás

NASRIN SOTOUDEH: 38 AÑOS DE CÁRCEL Y 148 LATIGAZOS PARA DESTACADA ABOGADA IRANÍ Amnistía Internacional Almería

Una panorámica significativa de viviendas irregulares en el Valle del Almanzora.

Nasrin Sotoudeh ha sido condenada por defender los derechos de las mujeres en Irán

Luchar pacíficamente por los derechos humanos. Eso es lo que ha hecho Nasrin toda su vida. Como abogada defendía a las mujeres que se negaban a acatar las degradantes leyes sobre el uso del velo o hijab.

En Irán, a las mujeres y a las niñas no se les permite salir de sus hogares a menos que se cubran el cabello con un pañuelo y los brazos y las piernas con ropa suelta. Nasrin quería cambiar esto y fue detenida por ello las autoridades iraníes interpretan que eso atenta contra la seguridad nacional o es un insulto al “Líder Supremo”. Y le han impuesto la pena más cruel. La de Nasrin es la sentencia más dura que se recuerde en muchos años contra un defensor o defensora de los derechos humanos .

No podemos permitir que esta gran mujer reciba un solo latigazo ni pase un día más en prisión.

Exige al Líder Supremo de Irán la liberación inmediata e incondicional de Nasrin Sotoudeh y que la sentencia sea anulada ya.

OPINIÓN

Gerardo M.Vázquez Col. 3097

LA LIBERACIÓN DE LOS REHENES URBANÍSTICOS

Hasta hace escasos días, la Junta de Andalucía consideraba que no cabía el régimen de asimilado al de fuera de ordenación (AFO) para las viviendas irregulares en suelo urbano no consolidado y suelo urbanizable. En la práctica, a estas viviendas se las tenía como “rehenes” hasta que fuesen legalizadas en el supuesto nuevo planeamiento (que nunca llegaba). Había una opinión extendida de que no se debería premiar a estas viviendas reconociéndolas. Se consideraba que sí se les permitía a estas viviendas acudir a la figura del AFO no pagarían los costes y cargas de urbanización – es decir, se les aplicaba una especie de “castigo” no previsto en la ley. Al no permitir a estas viviendas acceder al AFO, tampoco se les permitía tener servicios. Así en Chiclana, Carmona y Córdoba miles de viviendas llevan décadas sin agua potable.

Por ello, tratar de resolver el problema de las casas irregulares con más planeamiento, cuando es el mismo planeamiento el que ha fracasado, es una ilusión. La gran cantidad de dinero tirado a la basura con planes rimbombantes pero condenados al fracaso es testigo de ello – por ejemplo, en Chiclana. Tampoco es de recibo empeorar el impacto de estas viviendas envolviéndolas en más suelo a desarrollar, más servicios, más infraestructuras. Asimismo, mientras se persigue esta quimera, no se aplican controles medioambientales a estas casas, y se permite que sus aguas sucias se viertan sin control adecuado, afectando a la los acuíferos y creando un problema de salud pública. Ante este panorama desértico y desolado, con el cambio de Gobierno en la Junta de Andalucía, llegamos al oasis de las palabras de la Consejera de Fomento, Infraestructuras y Ordenación de Territorio, Marifrán Carazo, en Sevilla en su comparecencia ante el pleno del Parlamento andaluz el día 29 de mayo de 2019, cuando declaró “Este nuevo Gobierno … tiene las ideas muy claras, y sobre todo, una firme y decidida voluntad política para arreglar, para resolver esta situación y no vamos a mirar hacia otro lado.” Añadiendo, “esta situación es importante, urgente y que no puede esperar, no puede esperar a buscar soluciones y alcanzar soluciones, a la aprobación de una nueva ley de urbanismo y suelo. De manera inmediata, señorías, esta misma semana se va a dictar una instrucción permitiendo la declaración y el reconocimiento de AFO en suelo urbano no consolidado y en suelo urbanizable …”.

Se olvidaban de la responsabilidad de la Administración en todo esto, dado que las 300.000 viviendas irregulares, que se estima hay en Andalucía, no salen de la nada, de un día para otro, y si no se pueden tirar no queda remedio sino regularizarlas en la medida posible. De hecho, ante tal cantidad de viviendas, el problema se ha convertido en un problema más bien social que urbanístico. Muchas de estas viviendas llevan habitadas décadas, lo que tiene implicaciones en cuanto a los derechos básicos a la vivienda, al domicilio, y a la propiedad.

La evidencia de esta nueva voluntad política, de coger el toro por los cuernos, es que, efectivamente, el 31 de mayo 2019, en el seno de la Consejería se dicta la Instrucción anunciada. Obviamente una instrucción no cambia la Ley y serán necesarios pasos adicionales, incluyendo un Decreto Ley que también ha anunciado la Sra. Consejera, pero la Instrucción da una nueva interpretación de la Ley existente, más acorde con la misma. La Instrucción es la Instrucción 6/2019, de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, sobre aplicación del régimen de asimilado a fuera de ordenación (AFO) en suelo urbano no consolidado y suelo urbanizable. Según el apartado 2.1 de dicha Instrucción “Los actos de uso del suelo, y en particular las obras, instalaciones, construcciones y edificaciones realizadas con infracción de la normativa urbanística, respecto de los cuales ya no se puedan adoptar medidas de protección y restauración de la legalidad por haber transcurrido los plazos establecidos en la LOUA, quedarán en situación de asimilado al régimen de fuera de ordenación. (apartado 1 del artículo 53 del RDUA).”.

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Cómo citar

«Cartas al director», Sala de Togas, n.º 79, julio 2019, pp. 7-9.

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